Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Decreto Supremo que actualiza las circunscripciones de las Oficinas Consulares del Perú en la República Italiana

Decreto Supremo que actualiza las circunscripciones de las Oficinas Consulares del Perú en la República Italiana

decreto supremo

nº 039-2024-re

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el Gobierno del Perú otorga especial prioridad a la defensa de los derechos de los peruanos, a través de un constante apoyo y asistencia consular a las comunidades peruanas en el exterior, así como el fomento de los intereses del país, especialmente en el ámbito económico, comercial y cultural;

Que, el artículo 1 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares establece que la circunscripción consular es el territorio atribuido a una oficina consular para el ejercicio de las funciones consulares;

Que, el artículo 30 del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 032-2023-RE, establece que la sede y circunscripción de las Oficinas Consulares se determinan por Decreto Supremo, en tanto que su categoría se fija mediante Resolución Suprema; en ambos casos el órgano de línea consular propone los mencionados dispositivos;

Que, asimismo, el artículo 32 del mismo Reglamento dispone que el establecimiento, sede, categoría y circunscripción de una Misión Consular, así como su modificación, requieren el consentimiento o la aprobación del Estado receptor;

Que, el artículo 33 del citado Reglamento otorga al órgano de línea consular la facultad de revisar anualmente y proponer, si fuere necesario, la actualización de las circunscripciones consulares y la subordinación jerárquica de las Oficinas Consulares, para optimizar sus funciones;

Que, mediante Resolución Suprema N° 0172-1988-RE, de 28 de abril de 1988, se estableció la circunscripción de las Oficinas Consulares del Perú, entre ellas las establecidas en la República Italiana;

Que, el artículo 1 de la Resolución Suprema N° 521-2000-RE, de 31 de octubre de 2000, eleva a la categoría Consulado General al Consulado del Perú en Nápoles, República Italiana;

Que, mediante Resolución Suprema N° 363-2002-RE, de 19 de noviembre de 2002, se modifica la Resolución Suprema N° 0172-1988-RE en lo que se refiere a las circunscripciones de las oficinas consulares peruanas en la República Italiana;

Que, el artículo 1 de la Resolución Suprema N° 134-2006-RE, de 19 de abril de 2006, eleva a la categoría Consulado General al Consulado del Perú en la ciudad de Trieste; asimismo, por el artículo 1 de la Resolución Suprema N° 135-2006-RE, de la misma fecha, también se eleva a la categoría a Consulado General al Consulado del Perú en la ciudad de Florencia, ambos en la República Italiana;

Que, por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 014-2008-RE, de 24 de abril de 2008, se crea el Consulado del Perú en Perugia, República Italiana, a cargo de un funcionario consular honorario y con circunscripción territorial en la Región de Umbría;

Que, mediante el artículo 2 del citado Decreto Supremo N° 014-2008-RE, se modifica la Resolución Suprema N° 363-2002-RE, de 19 de noviembre de 2002, en lo referente a la circunscripción del Consulado General del Perú en Roma, República Italiana, estableciéndola, a solicitud de la Embajada del Perú ante la Santa Sede , sobre las Regiones de Lacio, Abruzos, Marcas, Molise, Cerdeña y ante la Santa Sede;

Que, por Nota Verbal CERI II - Prot. n. 1412/28808, de 3 de marzo de 2021, el Ministerio de Asuntos Exteriores y de la Cooperación Internacional de la República Italiana comunica su consentimiento a la reformulación de las circunscripciones de la red consular del Perú en la República Italiana;

Que, mediante memorándum N° DGC010462024, de 24 de junio de 2024, la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, de conformidad con el artículo 33 del Reglamento Consular del Perú, propone la actualización de la circunscripción de las Oficinas Consulares del Perú en la República Italiana;

Que, a través de la Hoja de Trámite (GAC) N° 2656, de 25 de junio de 2024, el Despacho Viceministerial emite su conformidad a la propuesta de actualización de la circunscripción de las Oficinas Consulares del Perú en la República Italiana;

Que, en virtud de lo señalado en el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1565, Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Mejora de la Calidad Regulatoria, el presente Decreto Supremo se considera excluido del ámbito de aplicación del citado Decreto Legislativo, por la materia que corresponde, consistente en el funcionamiento y operatividad de las Oficinas Consulares del Perú en el exterior;

Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el artículo 30 del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 032-2023-RE;

DECRETA:

Artículo 1.- Actualizar la circunscripción de las Oficinas Consulares del Perú en la República Italiana

Se actualiza la circunscripción de las Oficinas Consulares de la República del Perú en la República Italiana, de la siguiente manera:

OFICINA CONSULAR

CIRCUNSCRIPCIÓN

Consulado General en Milán

En las Regiones de Lombardía, Emilia Romaña, Véneto y Trentino Alto Adigio.

Consulado General en Génova

En la Región de Liguria.

Consulado General en Roma

En las Regiones de Lacio, Abruzos, Apulia, Marcas, Molise, Cerdeña, Basilicata, Calabria y Sicilia.

Consulado General en Turín

En las Regiones de Piamonte y Valle de Aosta.

Consulado General en Florencia

En la Región de Toscana.

Consulado General en Nápoles

En la Región de Campania.

Consulado General en Trieste

En la Región de Friuli Venecia Julia.

Consulado en Perugia

En la Región de Umbría.

Artículo 2.- Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA MODIFICATORIA

Primera.- Modificación de normas asociadas, respecto a la jurisdicción consular de los Cónsules Generales del Perú en la República Italiana

Se modifica el artículo 2 de la Resolución Suprema N° 070-2021-RE, de 27 de mayo de 2021, que nombra al Ministro SDR Julio Alberto Álvarez Sabogal como Cónsul General del Perú en Roma; el artículo 2 de la Resolución Suprema N° 182-2022-RE, de 19 de diciembre de 2022, que nombra a la Ministra SDR Ana Teresa Lecaros Terry como Cónsul General del Perú en Milán; en el extremo que corresponde a la jurisdicción consular, conforme el artículo 1 del presente Decreto Supremo.

Segunda.- Modificación de la Resolución Suprema N° 046-2020-RE

Se modifica el artículo 1 de la Resolución Suprema N° 046-2020-RE, de 10 de marzo de 2020, que nombra a la señora Fabiana Capuano como Cónsul General Honoraria del Perú en la ciudad de Nápoles, en los siguientes términos:

“Artículo 1.- Nombrar a la señora Fabiana Capuano como Cónsul General Honoraria del Perú en la ciudad de Nápoles, República Italiana, con circunscripción en la Región de Campania.”

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA

DEROGATORIA

ÚNICA .- Derogación

Se deroga la Resolución Suprema N° 0172-1988-RE, modificada por Resolución Suprema N° 363-2002-RE, en cuanto al establecimiento de la circunscripción de las Oficinas Consulares del Perú en la República Italiana; así como el Decreto Supremo N° 014-2008-RE.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de setiembre del año dos mil veinticuatro.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

ELMER SCHIALER SALCEDO

Ministro de Relaciones Exteriores

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