Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Acceden a solicitud complementaria a extradición de ciudadano peruano para ser extraditado del Reino de España y precisar que se le requiere para ser procesado en la República del Perú

Acceden a solicitud complementaria a extradición de ciudadano peruano, para ser extraditado del Reino de España y precisar que se le requiere para ser procesado en la República del Perú

resolución suprema

nº 277-2024-jus

Lima, 19 de setiembre de 2024

VISTO; el Informe Nº 241-2024/COE-TPC, del 26 de agosto de 2024, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud complementaria a la extradición del ciudadano de nacionalidad peruana FERNANDO MARTÍN GONZALO CAMET PICCONE, respecto de quien el gobierno peruano accedió a su extradición activa mediante Resolución Suprema Nº 276-2023-JUS, para ser extraditado del Reino de España y ser procesado en la República del Perú por la presunta comisión de los delitos de: (i) colusión y (ii) lavado de activos agravado, en agravio del Estado peruano, formulada por el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema Nº 276-2023-JUS publicada el 13 de diciembre de 2023 en el diario oficial El Peruano; el Gobierno peruano decidió acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano Fernando Martín Gonzalo Camet Piccone para ser extraditado del Reino de España y ser procesado en la República del Perú por la presunta comisión de los delitos de: (i) colusión y (ii) lavado de activos agravado, en agravio del Estado peruano;

Que, mediante solicitud complementaria del 7 de mayo de 2024, el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada precisó la imputación en contra de la persona requerida, en virtud de la cual se accedió a su extradición, señalando que requiere al reclamado para ser procesado como presunto cómplice primario del delito de colusión, al haber defraudado al Estado; y, a su vez, como presunto autor del delito de lavado de activos en la modalidad de actos de conversión, en agravio del Estado, dejando sin efecto el extremo de la agravante atribuida inicialmente;

Que, mediante Resolución del 29 de mayo de 2024, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República aclara su Resolución Consultiva del 10 de octubre de 2023, en el sentido que es procedente la solicitud complementaria formulada por el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada respecto del reclamado para ser extraditado del Reino de España y ser procesado en la República del Perú como presunto cómplice primario del delito de colusión al haber defraudado al Estado; y, a su vez, como presunto autor del delito de lavado de activos en la modalidad de actos de conversión, en agravio del Estado;

Que, mediante Informe Nº 241-2024/COE-TPC, del 26 de agosto de 2024, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone acceder a la solicitud complementaria a la extradición del reclamado, para ser procesado como presunto cómplice primario del delito de colusión, al haber defraudado al Estado; y, a su vez, como presunto autor del delito de lavado de activos en la modalidad de actos de conversión, en agravio del Estado;

Que, corresponde precisar el título de imputación de la extradición previamente accedida mediante Resolución Suprema N.° 276-2023-JUS, conforme al pedido formulado por el órgano jurisdiccional requirente y declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, en el sentido que, se requiere al reclamado para ser procesado como presunto cómplice primario del delito de colusión, al haber defraudado al Estado; y, a su vez, como presunto autor del delito de lavado de activos en la modalidad de actos de conversión, en agravio del Estado;

Que, de conformidad con lo establecido en el Tratado de Extradición entre la República del Perú y el Reino de España suscrito el 28 de junio de 1989 y vigente desde el 31 de enero de 1994 y su Enmienda vigente desde el 9 de julio de 2011; así como en el Código Procesal Penal peruano y en el Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS respecto del trámite interno y en todo lo que no disponga el Tratado;

En uso de la facultad conferida en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y,

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Acceder a la solicitud complementaria a la extradición del ciudadano peruano FERNANDO MARTÍN GONZALO CAMET PICCONE formulada por el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, respecto de quien el Gobierno peruano accedió a su extradición activa mediante Resolución Suprema N.° 276-2023-JUS, para ser extraditado del Reino de España y precisar que se le requiere para ser procesado en la República del Perú como presunto cómplice primario del delito de colusión, al haber defraudado al Estado; y, a su vez, como presunto autor del delito de lavado de activos en la modalidad de actos de conversión, en agravio del Estado.

Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

EDUARDO MELCHOR ARANA YSA

Ministro de Justicia y Derechos Humanos

ELMER SCHIALER SALCEDO

Ministro de Relaciones Exteriores

2327151-2