Convocan a la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2024-II de la Municipalidad Distrital de La Molina
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 007-2024/MDLM
La Molina, 16 de setiembre de 2024
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MOLINA
VISTOS; el Memorándum N° 1659-2024-MDLM-GM, de fecha 16 de setiembre 2024, de la Gerencia Municipal; el Informe N° 283-2024-MDLM-OGAJ, de fecha 16 de setiembre 2024, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; el Informe N° 0056-2024-MDLM-GPV, de fecha 13 de setiembre 2024, de la Gerencia de Participación Vecinal; el Informe N° 0054-2024-MDLM-OGCII, de fecha 13 de setiembre 2024, de la Oficina General de Comunicaciones e Imagen Institucional; el Informe N° 0201-2024-MDLM-OGPPDI-OTIE, de fecha 12 de setiembre 2024, de la Oficina de Tecnología de la Información y Estadística; el Memorando N° 2634-2024-MDLM-OGPPDI, de fecha 12 de setiembre 2024, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional; y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú reconoce a las municipalidades provinciales y distritales, como órganos de gobierno local, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; la cual, en concordancia con lo dispuesto por el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley de Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización establece que, los gobiernos regionales y locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestión pública. Para este efecto deberán garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la información pública, con las excepciones que señala la ley, así como la conformación y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertación, control, evaluación y rendición de cuentas;
Que, el artículo 2 de la Ley Nº 31433 “Ley que modifica la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, respecto a las atribuciones y responsabilidades de concejos municipales y consejos regionales, para fortalecer el ejercicio de su función de fiscalización”, incorpora el artículo 119-A a la Ley Orgánica de Municipalidades, estableciendo que, las audiencias públicas constituyen mecanismos de rendición de cuentas, cuyo objetivo es dar a conocer la gestión del gobierno local, tanto en los aspectos presupuestales, como también en los referidos a los logros de la gestión y las dificultades que impidieron el cumplimiento de compromisos. Los gobiernos locales realizan como mínimo dos audiencias públicas municipales al año, una en mayo y la otra en setiembre, con la finalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fiscal;
Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 001-2024/MDLM publicado el 17 de mayo de 2024, modificado con Decreto de Alcaldía N° 002-2024/MDLM de fecha 30 de mayo de 2024, se convocó a la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2024-I de la Municipalidad Distrital de La Molina;
Estando a lo expuesto en los informes de vistos; en cumplimiento de la normatividad vigente, con las opiniones técnicas y legales favorables de las unidades de organización competentes; en ejercicio de las facultades conferidas en el numeral 36) del artículo 20, el articulo 42 y el articulo 119-A de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo Primero.- CONVOCAR a los ciudadanos, a los miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital, a los presidentes de las Juntas Vecinales de cada sector del distrito, a la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2024-II de la Municipalidad Distrital de La Molina, la misma que se llevará a cabo el lunes, 30 de setiembre de 2024, a las 10:00 horas, en modalidad virtual, a través de las plataformas digitales institucionales, según Cronograma de Actividades que en Anexo 01, forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina General de Comunicaciones e Imagen Institucional y a la Oficina de Tecnologías de la Información y Estadística, brindar el soporte técnico mediante la implementación de instrumentos tecnológicos que contribuyan al desarrollo de la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2024 – II y su correspondiente difusión.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Participación Vecinal y a las unidades de organización competentes, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina General de Secretaría de Concejo, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano”, y a la Oficina Tecnologías de la Información y Estadística la publicación del integro del presente Decreto de Alcaldía con su Anexo 1, en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de La Molina (www.munimolina.gob.pe).
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
ESTEBAN UCEDA GUERRA GARCIA
Alcalde
2325906-1