Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 27933 Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana aprobado por Decreto Supremo N° 011-2014-IN en la sede digital del Ministerio

Disponen la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2014-IN”, en la sede digital del Ministerio

Resolución Ministerial

N° 1172-2024-IN

Lima, 18 de setiembre de 2024

VISTOS, el Memorando N° 001587-2024-IN-VSP-DGSC de la Dirección General de Seguridad Ciudadana; el Informe N° 000119-2024-IN-DGSC-DEP-EDFPSC de la Dirección de Diseño y Evaluación de Políticas de Seguridad Ciudadana de la Dirección General de Seguridad Ciudadana; el Memorando N° 001777-2024-IN-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; los Informes N° 000243-2024-IN-OGPP-OMD y N° 000326-2024-IN-OGPP-OMD de la Oficina de Modernización y Desarrollo Institucional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 001623-2024-IN-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, tiene por objeto proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades, garantizar la seguridad, paz, tranquilidad, el cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional. Comprende a las personas naturales y jurídicas, sin excepción, que conforman la Nación Peruana;

Que, mediante Decreto Supremo N° 011-2014-IN, se aprueba el Reglamento de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC), norma que tiene por objeto regular los alcances de la Ley N° 27933, y sus modificatorias; establece los principios, procesos y normas que regulan el funcionamiento del SINASEC y el de las entidades que lo conforman;

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1618, se actualiza la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad ciudadana, siendo que en la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1618 se dispone que el Poder Ejecutivo, dentro de los ciento veinte (120) días hábiles siguientes a la vigencia del Decreto Legislativo N° 1618, publica su Reglamento;

Que, el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, establece que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, permitiendo que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas;

Que, por su parte, el numeral 14.7 del artículo 14 del Reglamento de la Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2022-JUS, establece que todo proyecto de reglamento ejecutivo debe ser publicado para recibir opiniones de la ciudadanía en el portal del Sector respectivo. La publicación se aprueba mediante resolución ministerial del sector que corresponda, la que se publica en el Diario Oficial El Peruano y el proyecto de reglamento en el portal electrónico respectivo;

Que, en consecuencia, corresponde disponer la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2014-IN”, y de la Exposición de Motivos que lo sustenta, a fin de permitir que los interesados formulen las sugerencias, comentarios y/o recomendaciones sobre dicha propuesta normativa;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Seguridad Pública, de la Dirección General de Seguridad Ciudadana, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de carácter general; el Decreto Supremo N° 007-2022-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2014-IN” y de la Exposición de Motivos que lo sustenta, en la sede digital del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter).

Artículo 2.- Establecer un plazo de siete (7) días hábiles contados desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, a fin de recibir las sugerencias, comentarios y/o recomendaciones de las entidades públicas, instituciones privadas, organizaciones de la sociedad civil, así como de la ciudadanía en general.

Artículo 3.- Las sugerencias, comentarios y/o recomendaciones podrán ser presentadas a través de la dirección de correo electrónico: pasc_sinasec@mininter.gob.pe, siendo el servidor José Alfredo Alza Díaz, el responsable de la recepción de las sugerencias, comentarios y/o recomendaciones.

Artículo 4.- Encargar a la Dirección General de Seguridad Ciudadana el procesamiento y sistematización de las sugerencias, comentarios y/o recomendaciones que se presenten al citado proyecto normativo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN JOSÉ SANTIVÁÑEZ ANTÚNEZ

Ministro del Interior

2326395-1