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Convocan al proceso de elección de representantes de las Juntas Vecinales Comunales y dictan otras disposiciones

Convocan al proceso de elección de representantes de las Juntas Vecinales Comunales y dictan otras disposiciones

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 003-2020-MSB-A

San Borja, 9 de enero de 2020

VISTOS, el Informe Nº 04-2020-MSB-GPV de la Gerencia de Participación Vecinal de fecha 07 de enero de 2020, el Informe Nº 18-2020-MSB-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica de fecha 09 de enero de 2019, el Proveído Nº 45-2020-MSB-GM de la Gerencia Municipal de fecha 09 de enero de 2020; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, concordante con el Artículo II de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el Artículo IX del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 señala que el proceso de planeación local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos. En dicho proceso se establecen las políticas públicas de nivel local, teniendo en cuenta las competencias y funciones específicas exclusivas y compartidas establecidas para las municipalidades provinciales y distritales, el sistema de planificación tiene como principios la participación ciudadana a través de sus vecinos y organizaciones vecinales, transparencia, gestión moderna y rendición de cuentas, inclusión, eficiencia, eficacia, equidad, imparcialidad y neutralidad, subsidiariedad, consistencia con las políticas nacionales, especialización de las funciones, competitividad e integración;

Que, el Artículo 116º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades establece que los Concejos Municipales, a propuesta del Alcalde, constituyen Juntas Vecinales Comunales, mediante convocatoria a elecciones; las juntas estarán encargadas de supervisar la prestación de servicios públicos locales, el cumplimento de las normas municipales, la ejecución de obras municipales y otros servicios que se indiquen de manera precisa en la ordenanza de su creación. Las juntas vecinales comunales, a través de sus representantes acreditados, tendrán derecho a voz en las sesiones del consejo municipal;

Que, mediante Ordenanza Nº 617-MSB de fecha 21 de diciembre de 2018, se aprueba el Reglamento de Juntas Vecinales Comunales y Junta de Delegados Vecinales Comunales en el Distrito de San Borja; el cual dispone mediante Artículo 22º que el Alcalde, mediante Decreto de Alcaldía, convoca a elecciones de Representantes de las Juntas Vecinales Comunales y establece el Cronograma del proceso eleccionario y designa el Comité Electoral;

Que, mediante Informe Nº 04-2020-MSB-GPV de fecha 07 de enero de 2020, la Gerencia de Participación Vecinal eleva la propuesta de Decreto de Alcaldía con la finalidad de dar inicio al proceso de elecciones de las Juntas Vecinales Comunales 2020;

Que, con Informe Nº 18-2020-MSB-OAJ de fecha 09 de enero de 2020, la Oficina de Asesoría Jurídica establece el sustento legal correspondiente y opina que resulta legalmente procedente aprobar el Decreto de Alcaldía a través del cual se: i) Convoque a los vecinos del distrito de San Borja, al Proceso de Elección de los Representantes de Juntas Vecinales Comunales 2020; ii) Designe al Comité Electoral encargado de conducir el Proceso Electoral convocado; y, iii) Aprobar el Cronograma del Proceso Electoral 2020; de conformidad con el artículo 22º de la Ordenanza Nº 617-MSB, que aprueba el Reglamento de Juntas Vecinales Comunales y Junta de Delegados Vecinales Comunales en el Distrito de San Borja, concordado con el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, mediante Proveído Nº 45-2020-MSB-GM de fecha 09 de enero de 2020, la Gerencia Municipal solicita se emita el acto administrativo requerido a fin de continuar con el trámite correspondiente;

Estando a la normativa citada, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 20º numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; y con el visto bueno de la Oficina de Asesoría Jurídica, Oficina de Participación Vecinal y Gerencia Municipal;

DECRETA:

Artículo Primero.- CONVOCAR a los vecinos del Distrito de San Borja, al proceso de elección de los representantes de las Juntas Vecinales Comunales; en acto de votación a realizarse el día domingo 29 de marzo del 2020, de las 8:30 horas hasta las 15:30 horas.

Artículo Segundo.- DESIGNAR al Comité Electoral encargado de conducir el proceso electoral convocado, el cual estará conformado por los siguientes vecinos:

Presidente : Bernardo Alfonso Velarde Rivero

Vice-Presidente : Felipe Benigno Reinoso Cervante

Secretario : María Olenka Avila Chamochumbi

Accesitario : Jorge Nelson Cárdenas Sandoval

Accesitaria : María Amparo Ramírez Olivera

Artículo Tercero.- Aprobar el Cronograma del Proceso Electoral convocado, el cual será publicado y difundido en lugares visibles de la Municipalidad de San Borja y en el Portal Municipal, medio por el cual también se publicarán los actos que resulten del proceso electoral, los cuales forman parte del presente decreto.

CRONOGRAMA DEL PROCESO ELECTORAL

JVC 2020

ETAPAS

FECHAS

INSTALACIÓN DEL COMITÉ ELECTORAL

15 DE ENERO

DIFUSIÓN DE LA CONVOCATORIA PARA LA INSCRIPCIÓN DE LISTAS

15 DE ENERO AL 10 DE FEBRERO

PUBLICACIÓN DEL PADRÓN ELECTORAL PROVISIONAL EN LA PAGINA WEB DE LA MSB

17 FEBRERO AL 16 MARZO

CAPACITACIÓN A POSTULANTES INTERESADOS

16 ENERO AL 28 ENERO

TACHAS A ELECTORES INSCRITOS EN EL PADRÓN ELECTORAL

17-18 MARZO

EVALUACIÓN Y RESOLUCIÓN DE TACHAS A ELECTORES INSCRITOS EN EL PADRÓN ELECTORAL

19-20 MARZO

PUBLICACIÓN DEFINITIVA DEL PADRÓN ELECTORAL EN LA MUNICIPALIDAD

23 AL 27 MARZO

INSCRIPCIÓN DE LISTAS DE CANDIDATOS

15 DE ENERO AL 10 DE FEBRERO

PRE – PUBLICACIÓN DE LISTA DE CANDIDATOS

11-17 FEBRERO

PRESENTACIÓN DE TACHAS A CANDIDATOS INSCRITOS

18 DE FEBRERO AL 24 DE FEBRERO

EVALUACIÓN DE TACHAS

25 DE FEBRERO AL 2 DE MARZO

PUBLICACIÓN DE RESOLUCIÓN DE TACHAS

3 MARZO

SORTEO DE NÚMERO DE LISTA DE CANDIDATOS APTOS

4 MARZO

PUBLICACIÓN DEFINITIVA DE LISTA DE CANDIDATOS

6 MARZO

ACREDITACIÓN DE PERSONEROS ANTE EL COMITÉ ELECTORAL

HASTA EL 27 DE MARZO

CAPACITACIÓN A MIEMBROS DE MESA, CANDIDATOS Y PERSONEROS

20 MARZO

ELECCIONES VECINALES

DOMINGO 29 DE MARZO

RESOLUCIÓN DEL COMITÉ SOBRE IMPUGNACIÓN EN MESA

30 DE MARZO

PROCLAMACIÓN Y PUBLICACIÓN

DE RESULTADOS FINALES

31 DE MARZO

IMPUGNACIÓN DE RESULTADOS FINALES

01 ABRIL

EVALUACIÓN Y RESOLUCIÓN DE IMPUGNACIÓN DE RESULTADOS FINALES

02-13 ABRIL

PROCLAMACIÓN DEFINITIVA DE LISTAS GANADORAS

14 ABRIL

INSTALACIÓN Y JURAMENTACIÓN DE LOS CONSEJOS DIRECTIVOS

LUNES 27 DE ABRIL

Artículo Cuarto.- ENCÁRGUESE a la Oficina de Participación Vecinal y al Comité Electoral el cumplimiento del proceso de elección de los representantes de las Junta Vecinales Comunales que se convoca.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cumplase.

CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA

Alcalde

1844887-1