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Autorizan viaje de representantes de la Universidad Nacional de Moquegua a Brasil en comisión de servicios

Autorizan viaje de representantes de la Universidad Nacional de Moquegua a Brasil, en comisión de servicios

UNIVERSIDAD NACIONAL DE MOQUEGUA

RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA

Nº 1253-2019-UNAM

Moquegua, 30 de diciembre de 2019

VISTOS: El Informe Legal Nº 1624-2019-UNAM-CO/OAL del 30.12.2019, Informe Nº 01273-2019-UP/OPEP/UNAM del 27.12.2019, Informe Nº 1193-2019-DGI/VPI/UNAM del 04.12.2019, Informe Nº 0585-2019-OCYT/DIGA/UNAM del 03.12.2019, Informe Nº 0121-2019-UNAM/FZV del 15.11.2019 y Sesión Extraordinaria de fecha 30 de diciembre de 2019;

CONSIDERANDO:

Que, el párrafo cuarto del artículo 18º de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo 8º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, reconoce la autonomía universitaria, en el marco normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, que guarda concordancia con el Artículo 7º del Estatuto de la Universidad Nacional de Moquegua.

Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben canalizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52º de la Ley Nº 30057, siempre que el tiempo de viaje sea superior a 8 horas o cuando la estancia sea menor a 48 horas. Este mismo numeral señala que la autorización para viajes al exterior de la persona señalada en el párrafo precedente, se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;

Que, asimismo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; asimismo en el caso de los Organismos constitucionalmente autónomos, la excepción es autorizada por Resolución del Titular de la Entidad. En todos los casos la Resolución o acuerdo de excepción es publicada en el diario Oficial El Peruano;

Que, a través del Informe Nº 0121-2019-UNAM/FZV, el Docente Investigador DR. FRANZ ZIRENA VILCA, solicita viáticos para realizar viaje a Brasil, para ejecutar parte del proyecto: “Presencia de Fluoroquinolonas, Sulfonamidas y Tetraciclinas en el Suelo y su Efecto en la Simbiosis de Leguminosa y Rhizobium sp.”, asimismo, pide autorización de viaje al exterior;

Que, con Informe Nº 1193-2019-DGI/VPI/UNAM, el Director de Gestión de la Investigación, emite opinión favorable para tramitar los pasajes y autorización de viaje al exterior del DR. FRANZ ZIRENA VILCA, Docente de la Escuela Profesional de Ingeniería Ambiental, para ejecutar parte del proyecto: “Presencia de Fluoroquinolonas, Sulfonamidas y Tetraciclinas en el Suelo y su Efecto en la Simbiosis de Leguminosa y Rhizobium sp.”;

Que, en ese sentido, el Jefe de la Unidad de Presupuesto emite disponibilidad presupuestal en la Fuente de Financiamiento: Donaciones y Transferencias, por el importe de S/. 14,110.03 (catorce mil ciento diez con 03/100 soles); para cubrir los gastos de viáticos del DR. FRANZ ZIRENA VILCA, para ejecutar parte del referido proyecto; así, como de la estudiante TATIANA EDITH LAURA PONCE, por el importe de S/. 4,139.33 (cuatro mil ciento treinta y nueve con 33/100 soles);

Que, por su parte con Informe Legal Nº 1624-2019-UNAM-CO/OAL, el Jefe de la Oficina de Asesoría Legal, emite opinión favorable para autorizar el viaje al exterior desde el 13 de enero hasta el 14 de abril del 2020, al DR. FRANZ ZIRENA VILCA, y la estudiante TATIANA EDITH LAURA PONCE, para ejecutar parte del referido proyecto, en la ciudad de Sao Paulo, de la República Federativa del Brasil;

Que, la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Moquegua, en Sesión Extraordinaria de fecha 30 de diciembre de 2019, por UNANIMIDAD acordó: Autorizar viaje al exterior, desde el 13 de enero hasta el 14 de abril del 2020 al DR. FRANZ ZIRENA VILCA y la estudiante TATIANA EDITH LAURA PONCE, para ejecutar parte del proyecto: “Presencia de Fluoroquinolonas, Sulfonamidas y Tetraciclinas en el Suelo y su Efecto en la Simbiosis de Leguminosa y Rhizobium sp.”; en la ciudad de Sao Paulo, de la República Federativa del Brasil;

Que, estando a las consideraciones precedentes y en uso de las atribuciones que concede la Ley Universitaria Nº 30220 y el Estatuto de la Universidad Nacional de Moquegua aprobado con Resolución de Comisión Organizadora Nº 278-2019-UNAM de fecha 11 de abril del 2019;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- AUTORIZAR, viaje al exterior, desde el 13 de enero hasta el 14 de abril del 2020 al DR. FRANZ ZIRENA VILCA y la estudiante TATIANA EDITH LAURA PONCE, para ejecutar parte del proyecto: “Presencia de Fluoroquinolonas, Sulfonamidas y Tetraciclinas en el Suelo y su Efecto en la Simbiosis de Leguminosa y Rhizobium sp.”; en la ciudad de Sao Paulo, de la República Federativa del Brasil.

Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán ejecutados de la siguiente manera:

Nombres y Apellidos

Fuente Financiamiento

Importe

DR. FRANZ ZIRENA VILCA

DONACIONES Y TRANSFERENCIAS

S/ 14,110.03

TATIANA EDITH LAURA PONCE

DONACIONES Y TRANSFERENCIAS

S/ 4,139.33

Artículo 3º.- REQUERIR dentro de los ocho (08) días calendarios siguientes de efectuado el viaje, el citado comisionado deberá presentar ante el Titular de la Universidad Nacional de Moquegua, un Informe detallado describiendo las acciones realizadas, y los resultados obtenidos. Asimismo, dentro de los plazos establecidos, presentará la rendición de cuentas por los viáticos entregados.

Artículo 4º.- ENCARGAR a la Dirección General de Administración, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad a las normas vigentes.

Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

WASHINGTON ZEBALLOS GÁMEZ

Presidente

GUILLERMO S. KUONG CORNEJO

Secretario General

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