Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan viaje de alcalde a Colombia en comisión de servicios

Autorizan viaje de alcalde a Colombia, en comisión de servicios

ACUERDO DE CONCEJO

N° 050-2024/MDV-CDV

Ventanilla, 16 de setiembre de 2024

EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE VENTANILLA

VISTO:

En Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal virtual y presencial de 16 de setiembre de 2024, el Memorando Nº 107-2024/MDV-ALC del despacho de Alcaldía, el Memorando Nº 1230-2024/MDV-SG de la Secretaría General, el Informe Legal Nº 306-2024/MDV-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Dictamen N° 005-2024-MDV-CAL-CSCyGRD, de la Comisión de Asuntos Legales y la Comisión de Seguridad Ciudadana y Gestión del Riesgo de Desastre (comisión conjunta), respecto a la invitación a la entidad para participar en la “XIV Misión Internacional de Ciudades Seguras”, a realizarse en la ciudad de Medellín – Colombia, los días del 17 al 20 de setiembre de 2024, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que los acuerdos son decisiones que toma el concejo referido a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional que expresan la voluntad del Órgano de Gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una norma institucional;

Que, el numeral 11 del artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, respecto a las atribuciones del Concejo Municipal, señala que corresponde al Concejo Municipal: (…) “Autorizar los viajes al exterior del país, que en Comisión de servicios o en representación de la Municipalidad realicen el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario;

Que, la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo
Nº 047-2002-PCM, modificado con el Decreto Supremo
N° 056-2013-PCM, tiene por objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público; que el artículo 1 de la citada norma modificada por Ley Nº 28967, establece que los funcionarios y servidores que en misión oficial viajen al exterior y que irroguen gastos al Estado, deberán utilizar pasajes en la categoría económica o similar, asimismo, precisa que los viajes se autorizarán mediante resolución de la más alta autoridad de la respectiva entidad;

Que, los artículos 2º y 4º de la Ley Nº 27619, disponen que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad, asimismo, estas resoluciones deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;

Que, a través de la Resolución de Gerencia Municipal N° 017-2020-MDV/GM, se aprueba la “Directiva para el otorgamiento de viáticos y asignaciones a los funcionarios y servidores en comisión de servicios de la Municipalidad Distrital de Ventanilla”, señala en el numeral 8.1 que los viajes al exterior que realice el Alcalde en comisión de servicios o representación, requieren de autorización del Concejo Municipal; así mismo que la Gerencia de Administración y Finanzas es la encargada de disponer la adquisición de pasajes, asignación de viáticos y los recursos económicos necesarios para la comisión de servicio, observando las normas vigentes; igualmente el numeral 8.7 establece las disposiciones relacionadas a los viáticos y asignaciones en comisión de servicios a nivel del extranjero, debiendo considerarse, entre otras, la escala de viáticos y la publicación en el Diario Oficial El Peruano de la autorización de viaje con anterioridad a su realización, así como la presentación del informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, durante el viaje realizado; en concordancia con lo establecido en el artículo 2, 3, 4 y 5 de Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; referidos al contenido del acto de autorización, publicidad, escala de viáticos y obligación de presentar informe, respectivamente;

Que, con la Carta Nº 168 CIT PERU/XIII-MIC-2024/P de 08 de agosto de 2024 (DS Nº 35759) el Presidente de la Coordinadora para la Inversión y el Trabajo del Perú – CIT PERU, ONG especializada en promover la inversión privada con 18 años de experiencia en el desarrollo y ejecución de proyectos de Cooperación Internacional, organiza e invita a la entidad, otorgándole dos becas y una media beca, para participar en la “XIV MIC Gobernanza y Seguridad Ciudadana” a realizarse los días del 17 al 20 de setiembre de 2024, en la ciudad de Medellín, Colombia;

Que, mediante Acuerdo de Concejo N° 049-2024/MDV-CDV de 11 de setiembre de 2024, se autorizó, entre otros, al señor Jhovinson Hugo Vasquez Osorio, con DNI N° 43164523, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, a viajar en Comisión de servicios, para participar como expositor en la “XIV Misión Internacional de Ciudades Seguras” desde el 17 al 20 de setiembre de 2024, en la ciudad de Medellín, Colombia;

Que, a través del Memorando Nº 107-2024/MDV-ALC de 13 de setiembre de 2024, el señor Alcalde hace de conocimiento a la Secretaría General, que en base a las diversas gestiones que se viene realizando a la fecha con las instancia del gobierno central, entre otras, es pertinente requerir la modificación del Acuerdo de Concejo citado en el párrafo anterior, únicamente en la precisión del periodo, el cual deberá ser por el periodo comprendido del 17 al 18 del presente mes;

Que, por medio del Memorando N° 1230-2024/MDV-SG de 13 de setiembre de 2024, la Secretaría General remite los actuados a la Gerencia de Asesoría Jurídica a efectos de que proceda a emitir opinión legal respecto a la modificación y/o dejar sin efecto el referido Acuerdo de Concejo, de acuerdo a sus competencias establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la entidad;

Que, con Informe Legal N° 306-2024/MDV-GAJ de 13 de setiembre de 2024, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite a la Gerencia Municipal la opinión respecto a la modificación del itinerario del viaje del señor Alcalde para “XIV MIC Gobernanza y Seguridad Ciudadana”, en la ciudad de Medellín, Colombia, el cual concluye, entre otros, lo siguiente:

- Que siendo así, esta Gerencia de Asesoría Jurídica, emite OPINIÓN FAVORABLE para que se deje sin efecto el Artículo 1° y 2° del Acuerdo de Concejo N° 049-2024/MDV-CDV del 11 de setiembre de 2024, en el extremo de los días en que se ausentará el señor Alcalde, por comisión de servicios, para asistir “MIC Gobernanza y Seguridad Ciudadana” a la ciudad de Medellín en Colombia, quedando subsistente los demás acuerdos tomados por el Concejo Municipal.

Que, con Razón Nº 41, de 13 de setiembre de 2024, la Secretaría General remite a la Comisión de Asuntos Legales y la Comisión de Seguridad Ciudadana y Gestión del Riesgo de Desastre (comisión conjunta) el expediente relacionado a dejar sin efecto los artículos 1° y 2° del Acuerdo de Concejo N° 049-2024/MDV-CDV de 11 de setiembre de 2024, mediante el cual se autorizó a funcionarios de la entidad, a participar en la “Misión Internacional de Ciudades Seguras”, para su evaluación y expedición del dictamen respectivo;

Que, por medio del Dictamen N° 005-2024-MDV-CAL-CSCyGRD de 13 de setiembre de 2024, la Comisión de Asuntos Legales y la Comisión de Seguridad Ciudadana y Gestión del Riesgo de Desastre (comisión conjunta), recomienda al pleno del Concejo Municipal, lo siguiente:

- Artículo 1.- DEJAR SIN EFECTO los artículos 1° y 2° del Acuerdo de Concejo N° 049-2024/MDV-CDV de 11 de setiembre de 2024.

- Artículo 2.- AUTORIZAR al señor Jhovinson Hugo Vasquez Osorio, con DNI Nº 43164523, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, a viajar en comisión de servicios, para participar como expositor en la “XIV Misión Internacional de Ciudades Seguras” desde el 17 al 18 de setiembre de 2024, en la ciudad de Medellín, Colombia, de acuerdo al siguiente detalle:

ASISTENTE

COSTO DE PARTICIPACIÓN

PASAJES

VIÁTICOS

Alcalde

S/ 00.00 (Beca)

S/ 2,734.62

S/ 00.00

- Artículo 3.- ENCARGAR el Despacho de Alcaldía de la Municipalidad Distrital de Ventanilla a la Primera Regidora hábil, Sra. Rocío del Pilar Cáceres Saboya, del 17 al 18 de setiembre de 2024, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

Que, de conformidad con el numeral 4) del artículo 30° del Reglamento Interno de Concejo, aprobado mediante Ordenanza Municipal N° 016-2022/MDV, modificada con Ordenanza Municipal Nº 017-2023/MDV, en concordancia con las Ordenanzas Municipales N° 010-2021/MDV y N° 022-2021/MDV, corresponde a la Secretaría General redactar y suscribir las Ordenanzas, Acuerdos y Resoluciones de Concejo, conjuntamente con el Alcalde;

Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley 27972, el Concejo Municipal, con el VOTO POR MAYORÍA con el Dictamen favorable de la Comisión de Asuntos Legales y la Comisión de Seguridad Ciudadana y Gestión del Riesgo de Desastre (comisión conjunta), así como la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta;

ACUERDA:

Artículo 1.- DEJAR SIN EFECTO los artículos 1° y 2° del Acuerdo de Concejo N° 049-2024/MDV-CDV de 11 de setiembre de 2024.

Artículo 2.- AUTORIZAR al señor Jhovinson Hugo Vasquez Osorio, con DNI Nº 43164523, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, a viajar en comisión de servicios, para participar como expositor en la “XIV Misión Internacional de Ciudades Seguras” desde el 17 al 18 de setiembre de 2024, en la ciudad de Medellín, Colombia, de acuerdo al siguiente detalle:

ASISTENTE

COSTO DE PARTICIPACIÓN

PASAJES

VIÁTICOS

Alcalde

S/ 00.00 (Beca)

S/ 2,734.62

S/ 00.00

Artículo 3.- ENCARGAR el Despacho de Alcaldía de la Municipalidad Distrital de Ventanilla a la Primera Regidora hábil, Sra. Rocío del Pilar Cáceres Saboya, del 17 al 18 de setiembre de 2024, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

Artículo 4.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas y demás instancias administrativas la implementación del presente Acuerdo de Concejo para gestionar los pasajes aéreos que correspondan, de conformidad a los parámetros establecidos en la Resolución de Gerencia Municipal N° 017-2020-MDV/GM, que aprueba la “Directiva para el otorgamiento de viáticos y asignaciones a los funcionarios y servidores en comisión de servicios de la Municipalidad Distrital de Ventanilla”.

Artículo 5.- ENCARGAR a Secretaría General, la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 6.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Planificación Local y Presupuesto, Gerencia de Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión del Riesgo de Desastre y a las demás unidades orgánicas competentes, el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo, así como también a la Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicación, la publicación del presente en la página web de la Municipalidad Distrital de Ventanilla y en la página del portal oficial del Estado Peruano.

Artículo 7.- ENCARGAR a la Secretaría General la notificación del presente Acuerdo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Planificación Local y Presupuesto, Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión del Riesgo de Desastre, Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicación y a las demás unidades orgánicas competentes para los fines correspondientes.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

JHOVINSON HUGO VASQUEZ OSORIO

Alcalde

2325473-1