Autorizan viaje de personal naval a Turquía, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
Nº 00983-2024-DE
Lima, 14 de setiembre del 2024
VISTOS:
El Oficio Nº 6972/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el Oficio Nº 02635-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal Nº 01578-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Carta Nº 46583347-142.99-130 el Agregado de Defensa, Militar, Naval y Aéreo de Turquía acreditado en Perú invita a participar en la reunión de Planificación Inicial y Principal del Ejercicio Naval NUSRET 2024, realizada de manera virtual el 3 de julio de 2024; así como, en la ejecución del citado ejercicio, que se llevará a cabo en la Bahía de Izmir, Mar Egeo Meridional y Mar Negro, República de Turquía, del 20 al 29 de setiembre de 2024;
Que, con Oficio Nº 6227/42 el Secretario de la Comandancia General de la Marina comunicó al Agregado de Defensa, Militar, Naval y Aéreo de Turquía acreditado en el Perú la aceptación de la citada invitación, habiéndose designado al Capitán de Corbeta Marco Patricio MUJICA CABALLERO y al Teniente Primero Rainer Andre Marcel LIZARRAGA MENDOCILLA, para que participen en el citado ejercicio;
Que, a través del Informe Legal Nº 090-2024 la Jefatura de la Oficina de Asesoría Legal de la Comandancia General de Operaciones del Pacífico de la Marina de Guerra del Perú opina que resulta legalmente procedente la autorización del viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal naval que participará en el Ejercicio Naval NUSRET 2024, a realizarse en la Bahía de Izmir, Mar Egeo Meridional y Mar Negro, República de Turquía, del 20 al 29 de setiembre de 2024, debiendo considerar la asignación especial por cinco (5) días de estadía en puerto extranjero y el acondicionamiento para el 19 de setiembre de 2024 del citado personal naval, en la ciudad de Izmir, República de Turquía, para lo cual deberá considerar un (1) de viático para alojamiento y alimentación;
Que, conforme a lo señalado en la Exposición de Motivos anexada al expediente, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal naval que participará en el Ejercicio Naval NUSRET 2024, por cuanto permitirá aumentar las capacidades operacionales en Guerra Naval de Minas (NMW), desactivación de explosivos (EOD) y operaciones con vehículos submarinos autónomos (AUV) y difundir los conocimientos y experiencias adquiridas, durante su permanencia en las diferentes unidades y dependencias de la Marina de Guerra del Perú, así como fortalecer los lazos de amistad y cooperación mutua entre ambas Instituciones;
Que, asimismo, conforme a lo indicado en el acotado documento, se precisa que tomando en consideración la diferencia horaria entre Perú y Turquía, sumado al largo itinerario de viaje y con la finalidad de que los referidos Oficiales se encuentren en óptimas condiciones para la participación en el citado ejercicio, el cual iniciará el 20 de setiembre del presente año, se deberá considerar el pago de viáticos a los Oficiales designados el día 19 de setiembre de 2024, siendo preciso mencionar que la Marina de Turquía no proveerá alojamiento ni alimentación; adicionalmente, cabe precisar que los Oficiales se embarcarán en dos unidades navales de la Marina de Turquía, del 20 al 29 de setiembre de 2024, desarrollándose las conferencias operacionales previas al zarpe y las actividades oficiales en el puerto de Izmir, República de Turquía, del 20 al 22 de setiembre 2024, motivo por el cual se debe considerar asignación especial por estadía en puerto extranjero; asimismo, el periodo en el mar, dentro del área de operaciones en el Mar Negro, está contemplado del 23 al 27 de setiembre de 2024, asumiendo la Marina de Turquía los gastos de hospedaje y alimentación, finalmente la Conferencia de Crítica del ejercicio y las actividades culturales programadas por la Marina de Turquía, se llevarán a cabo el 28 y 29 de setiembre de 2024, en el puerto de Izmir, República de Turquía, motivo por el cual se debe considerar asignación especial por estadía en puerto extranjero;
Que, mediante la Hoja de Gastos Nº 167-2024 la Marina de Guerra del Perú señala que los gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y asignación especial por estadía en puerto extranjero, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 12 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;
Que, a través de la Hoja de Disponibilidad Presupuestaria Nº 193-2024 la Institución Armada detalla los recursos que se ejecutarán en la comisión de servicio; asimismo, con las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000009, Nº 0000000101 y Nº 0000000156, emitidas por la Dirección de Presupuesto de la Dirección General de Economía de la Marina, se garantiza el financiamiento correspondiente;
Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal militar designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con tres (3) días de anticipación, así como su retorno dos (2) días después de la fecha programada, sin que éstos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;
Que, con Oficio Nº 6972/51 la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal naval que participará en el Ejercicio Naval NUSRET 2024, a realizarse en la Bahía de Izmir, Mar Egeo Meridional y Mar Negro, República de Turquía, del 20 al 29 de setiembre de 2024, así como autorizar su salida del país el 17 de setiembre y su retorno el 1 de octubre de 2024;
Que, a través del Oficio Nº 02635-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico Nº 058-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN-LAYC la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes;
Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú;
Que, asimismo, el numeral 2.2 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF establece que, en caso que la comisión de servicios se realice a bordo de Unidades Navales de Superficie o Submarinas, el monto de la compensación extraordinaria por servicios en el extranjero será calculado teniendo en cuenta cada día de estadía en puerto extranjero y según los porcentajes del monto de la compensación extraordinaria determinada conforme al artículo precedente y que se señala en el Anexo 4 del citado decreto supremo;
Que, mediante el Informe Legal Nº 01578-2024-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y sus modificatorias; y el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 414-2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Capitán de Corbeta Marco Patricio MUJICA CABALLERO, identificado con CIP Nº 00011538 y DNI Nº 44874031 y del Teniente Primero Rainier Andre Marcel LIZARRAGA MENDOCILLA, identificado con CIP Nº 00024752 y DNI Nº 70671816, para que participen en el Ejercicio Naval NUSRET 2024, a realizarse en la Bahía de Izmir, Mar Egeo Meridional y Mar Negro, República de Turquía, del 20 al 29 de setiembre de 2024, así como autorizar su salida del país el 17 de setiembre y su retorno el 1 de octubre de 2024.
Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo a los siguientes conceptos:
Pasaje aéreo: Lima - Bahía de Izmir, Mar Egeo Meridional
y Mar Negro (República de Turquía) - Lima
US$ 2,918.71 x 2 personas US$ 5,837.42
Viáticos: (19 de setiembre de 2024)
US$ 500.00 x 2 personas x 1 día US$ 1,000.00
Total a pagar: US$ 6,837.42
Asignación especial por estadía en puerto extranjero
(20 al 22 de setiembre de 2024)
Puerto de Izmir (República de Turquía)
€ 67.63 x 1 Oficial Superior x 3 días € 202.89
Puerto de Izmir (República de Turquía)
€ 56.35 x 1 Oficial Subalterno x 3 días € 169.05
Asignación especial por estadía en puerto extranjero
(28 al 29 de setiembre de 2024)
Puerto de Izmir (República de Turquía)
€ 67.63 x 1 Oficial Superior x 2 días € 135.26
Puerto de Izmir (República de Turquía)
€ 56.35 x 1 Oficial Subalterno x 2 días € 112.70
Total a pagar: € 619.90
Artículo 3.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, y/o variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni la designación del personal.
Artículo 4.- El Oficial Superior en comisión debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo, el personal designado efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria.
Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Walter Enrique Astudillo Chávez
Ministro de Defensa
2325221-1