Aprueban el Plan de Implementación Multianual 2024-2026 del Establecimiento de Salud Castilla Piura
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL
Nº 0306-2024/GOBIERNO REGIONAL PIURA-GR
Piura, 31 de mayo de 2024
VISTOS: El Oficio Nº 3091-2024/GRP-DRSP-4300203 de fecha 30 de mayo de 2024, el Informe Técnico Nº 34-2024/GRP-DRSP-4300203 de fecha 30 de mayo de 2024, Oficio Nº 3091- 2024/GRP-DRSP-4300203 de fecha 30 de mayo de 2024; y el Informe Nº 1131-2024/GRP-460000 de fecha 31 de mayo de 2024.
CONSIDERANDO:
Que, en concordancia con los artículos 189 y 191 de la Constitución Política del Perú, los artículos 8 y 9 de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, precisan que la autonomía es el derecho y capacidad efectiva de los Gobiernos en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia, autonomía sujeta a los parámetros de la Constitución Política;
Que, el artículo 2 de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa; y, en su artículo 9, inciso f, señala que los Gobiernos Regionales son competentes para dictar las normas inherentes a la gestión regional;
Que, el literal d, del artículo 21 de la antes citada Ley precisa entre las atribuciones del Gobernador Regional, dictar resoluciones regionales;
Que, el numeral VI del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, establece que es de interés público la provisión de servicios de salud, cualquiera sea la persona o institución que los provea. Es responsabilidad del Estado promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud a la población, en términos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad;
Que, la Ley Nº 31953, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público año fiscal 2024, señala lo siguiente: “Artículo 45. Operación y mantenimiento de establecimientos de salud a Nivel nacional. 45.1. Se autoriza al Ministerio de Salud para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, hasta por la suma de S/84 300 000,00 (OCHENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS MIL Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al tesoro público, a favor de los gobiernos regionales, para financiar, durante el Año Fiscal 2024, la operación y mantenimiento de nuevos establecimientos de salud que entraron en funcionamiento a partir del segundo semestre del año 2023. Las modificaciones presupuestarias autorizadas en el presente numeral se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas y por el ministro de Salud, a propuesta de este último. Para la aprobación de las modificaciones presupuestarias a que se hace referencia, el Ministerio de Salud debe validar previamente el Plan de Implementación Multianual del nuevo establecimiento de salud, aprobado por el gobierno regional, según corresponda. Asimismo, dichos establecimientos de salud deben implementar la programación de tumos y citas en un aplicativo informático dispuesto para ello. Los gobiernos regionales a los que se les hayan transferido recursos en el marco del presente numeral emiten un informe técnico sobre el cumplimiento y avance físico y financiero de la ejecución de dichos recursos, en el marco de su Plan de Implementación Multianual, el mismo que debe estar alineado a la gradualidad de entrada en funcionamiento de los servicios. Este informe se remite al Ministerio de Salud y se publica en las sedes digitales de dichas entidades hasta el 17 de febrero de 2025, (...)”
Que, mediante Memorando Nº 809-2024/GRP-400000 de fecha 29 de mayo de 2024, el Gerente General Regional solicita a la Dirección Regional de Salud Piura que remita el Plan de Implementación Multianual 2024-2026 del Establecimiento de Salud Castilla Piura, para proceder en el más breve plazo a realizar la aprobación..
Que, mediante Informe Técnico Nº 34-2024/GRP-DRSP-4300203 de fecha 30 de mayo de 2024, la Dirección Regional de Salud valida el Plan de Implementación Multianual 2024- 2026 del Establecimiento de Salud Castilla Piura. Indicando que los costos anuales se han proyectado para el periodo 2024-2026, tal como se señala en el cuadro adjunto:
AÑO |
TRANSPERENCIA SOLICITADA |
2024 |
6’038,839.52 |
2025 |
13’794,130.44 |
2026 |
18’786,451.03 |
Que, mediante Oficio Nº 3091-2024/GRP-DRSP-4300203 de fecha 30 de mayo de 2024, la Dirección Regional de Salud Piura remite a la Gerente General Regional el Plan de Implementación Multianual 2024-2026 del Establecimiento de Salud Castilla - Piura, para que sea aprobado mediante Resolución Ejecutiva Regional.
Que, mediante proveído inserto de fecha 31 de mayo de 2024 en el Oficio Nº 3091- 2024/GRP-DRSP-4300203 de fecha 30 de mayo de 2024, el Gerente General Regional solicita a la Oficina Regional de Asesoría Jurídica la evaluación correspondiente.
Que, en este contexto normativo, y conforme a lo solicitado por la Dirección Regional de Salud Piura, corresponde a este despacho emitir la Resolución Ejecutiva Regional que apruebe el Plan de Implementación Multianual 2024-2026 del Establecimiento de Salud Castilla Piura, y su posterior elevación a la Dirección General de Operaciones en Salud - DGOS del Ministerio de Salud en el marco del artículo 45 de la Ley Nº 31953, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público año fiscal 2024;
Que, la presente Resolución Ejecutiva Regional se suscribe en virtud al Principio de Legalidad, por el cual las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la Ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas; así como al Principio de Buena Fe Procedimental, por lo cual la autoridad administrativa, los administrados, sus representantes o abogados y, en general, todos los partícipes. Del procedimiento, realizan sus respectivos actos procedimentales guiados por el respeto mutuo, la colaboración y la buena fe (...). Previstos en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS;
Con la visación de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica; Gerencia Regional del Desarrollo Social; Oficina Regional de Administración, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; Gerencia General Regional y la Secretaria General del Gobierno Regional Piura;
En uso de las atribuciones conferidas al Despacho de la Gobernación Regional, por la Constitución Política del Estado, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus normas modificatorias, Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019- JUS; Ley Nº 26842 Ley Nº 31953, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público año fiscal 2024.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR, el Plan de Implementación Multianual 2024-2026 del Establecimiento de Salud Castilla Piura, en el marco del artículo 45 de la Ley Nº 31953, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público año fiscal 2024, el mismo que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- DISPONER que la Oficina Regional de Administración y la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, realicen las acciones administrativas que resulten necesarias, a fin de dar cumplimiento al Plan de Implementación Multianual 2024-2026 del Establecimiento de Salud Castilla - Piura.
Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y ENCARGAR al responsable del Portal de Transparencia de la Entidad, a fin de que proceda a publicarla en el portal institucional del Gobierno Regional Piura.
Artículo Cuarto.- NOTIFICAR, la presente Resolución al Establecimiento de Salud Castilla - Piura. Asimismo, comunicar a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Oficina Regional de Administración, Gerencia Regional de Desarrollo Social, Dirección Regional de Salud Piura, Gerencia General Regional, Secretaría General y demás unidades de organización pertinentes del Gobierno Regional de Piura, para su conocimiento y aplicación estricta.
LUIS ERNESTO NEYRA LEON
Gobernador Regional
2316437-1