Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban Manual de Operaciones - MOP del Instituto Regional de Enfermedades Neoplásicas - IREN Centro

Aprueban Manual de Operaciones - MOP del Instituto Regional de Enfermedades Neoplásicas - IREN Centro

DECRETO REGIONAL

N° 0009-2023-GRJ/GR

Huancayo, 12 de diciembre 2023

EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL

JUNÍN

VISTO:

El informe técnico N° 48-2023-GRJ/GGR-ORDITI, de fecha 20 de noviembre del 2023, el Informe Legal N° 357-2023-GRJ-ORAJ, de fecha 24 de noviembre del 2023, y demás documentos adjuntos;

CONSIDERADO:

Que el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley 27680 Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV, del Título IV, respecto a la Descentralización, concordante con el artículo 31º de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, el artículo 2º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y el Articulo Único de la Ley Nº 30305, Los Gobiernos Regionales son personas jurídicas que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, la autonomía política de los Gobiernos Regionales se define Como la facultad de adoptar y concordar las políticas de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a través de sus órganos de gobierno y desarrollar las funciones que le son inherentes, conforme establece el inciso 9.1 del artículo 9 de la Ley 27783, Ley de Bases de Descentralización;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM, se aprueba los “Lineamientos de Organización del Estado”, que regula los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las Entidades del Estado, busca que las entidades, conforme a su tipo, competencia y funciones, se organicen de la mejor manera a fin de responder a las necesidades públicas, en beneficio de la ciudadanía; concordado con los Lineamientos N° 02-2020-SGP, que establece orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Manual de Operaciones (MOP), aprobado con la Resolución de Secretaria de Gestión Pública Nº 005-2020-SGP;

Que, el artículo 53º de los “Lineamientos de Organización del Estado”, establece que el Manual de Operaciones MOP, es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza: a) La estructura funcional de un programa o proyecto especial, a través de la cual se agrupan las funciones entre sus unidades funcionales, estableciendo las líneas de dependencia. b) Formaliza la estructura orgánica al interior de los órganos desconcentrados cuando corresponda, y c) La estructura orgánica al interior de los órganos académicos, cuando así corresponda;

Que, el artículo 54º Estructura del MOP - El MOP contiene títulos, capítulos y artículos teniendo en cuenta los rubros y metodología que se detallan a continuación: a) Título Primero de las Disposiciones Generales. En este título de desarrolla: 1. Finalidad, 2. Naturaleza Jurídica, 3. Entidad a la que pertenece, 4. Funciones Generales, 5. Base Legal; se refiere a su norma de creación y la normativa sustantiva complementaria aplicable. b) Título Segundo: La Estructura. En este título se desarrolla la estructura, indicando los tipos de unidades de organización que la componen, sus funciones y la interrelación interna y externa de estos. c) Título Tercero: Procesos. Descripción de los Procesos Estratégicos, Operativos o Misionales y de Soporte o de Apoyo, debiendo señalar la unidad responsable de cada proceso y las relaciones de coordinación o articulación internas y externas. d) Anexo. Organigrama que refleje la estructura;

Que, el artículo 55º de los “Lineamientos de Organización del Estado”, dispone en el numeral 55.1 La propuesta del MOP se sustenta en un Informe Técnico elaborado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces, el cual justifica su estructura y los mecanismos de control y coordinación; y, en un informe legal elaborado por la Oficina de Asesoría Jurídica o la que haga sus veces que valida la legalidad de las funciones sustantivas asignadas en el MOP, y el numeral 55.2 menciona que el MOP se aprueba por Decreto Regional en el caso de los Gobiernos Regionales;

Que, el inciso d) del artículo 21 º de la Ley 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala que el presidente regional tiene la facultad de dictar Decretos y Resoluciones Regionales, y;

Con las visaciones de la Gerencia General Regional; la Oficina Regional de Asesoría Jurídica; la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial la Oficina Regional de Desarrollo Institucional y Tecnología de la información;

En uso de las facultades y atribuciones conferidas por el literal D del artículo 21 de la Ley 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias.

DECRETA:

Artículo Primero.- APRUÉBESE el Manual de Operaciones - MOP del Instituto Regional de Enfermedades Neoplásicas - IREN Centro, el mismo que consta de Tres (03) Títulos, Tres (03) Capítulos, Ocho (08) Sub Capítulos, Treinta y Ocho (38) Artículos, Tres (03) Disposiciones Complementarias y Un (01) anexo; y, que en calidad de anexo forma parte integrante del presente decreto regional.

Artículo Segundo.- DERÓGUESE Y DÉJESE SIN EFECTO, el Manual de Operaciones del Instituto Regional de Enfermedades Neoplásicas - IREN Centro, aprobado mediante Decreto Regional Nº 003-2022-GRJ/CR, de fecha 11 de julio del 2022, en mérito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente Decreto Regional.

Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE a la Oficina Regional de Desarrollo Institucional y Tecnología de la Información y a la Oficina Regional de Comunicaciones las acciones administrativas para la publicación y difusión de la aprobación del Manual de Operaciones MOP del Instituto Regional de las Enfermedades Neoplásicas IREN Centro.

Artículo Cuarto.- DISPÓNGASE la publicación del presente Decreto Regional conforme a lo establecido en el artículo 42º de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y a los órganos competentes del Gobierno Regional Junín.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

ZÓSIMO CÁRDENAS MUJE

Gobernador Regional

“Nota: El Gobierno Regional de Junín ha solicitado precisar que el Anexo del Decreto Regional se visualizará en la siguiente página web: https//www.gob.pe/regionjunin”

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