Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Modifican los Factores de Reajuste que deben aplicarse a las Obras de Edificación correspondientes a las seis (06) áreas geográficas para las Obras del Sector Privado ejecutadas en los meses de junio y julio de 2024

Modifican los Factores de Reajuste que deben aplicarse a las Obras de Edificación, correspondientes a las seis (06) áreas geográficas para las Obras del Sector Privado, ejecutadas en los meses de junio y julio de 2024

Resolución Jefatural

Nº 218-2024-INEI

Lima, 12 de setiembre de 2024

Visto el Oficio N° 000629-2024-INEI/DTIE de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos del Instituto Nacional de Estadística e Informática.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resoluciones Jefaturales Nºs. 180 y 200-2024-INEI, se aprobaron los Factores de Reajuste que deben aplicarse a las Obras de Edificación, correspondientes a las seis (06) áreas geográficas para las Obras del Sector Privado por variación de precios de todos los elementos que intervienen en el costo de dichas obras, ejecutadas en los meses de junio y julio del presente año;

Que, con fecha 6 de setiembre de 2024 se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la Resolución Ministerial Nº 139-2024-TR, de 5 de setiembre de 2024, que resuelve publicar el documento denominado “Convención Colectiva de Trabajo - Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2024- 2025”, suscrito en trato directo el 21 de agosto de 2024, entre la Cámara Peruana de la Construcción (CAPECO) y la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú (FTCCP),

Que, en el primer acuerdo de la Convención Colectiva de Trabajo - Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2024-2025, señalan que, a partir del 1 de junio de 2024 y a partir del 1 de junio de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025 los trabajadores de construcción civil del ámbito nacional recibirán un aumento general sobre su Jornal Básico diario, según categorías;

Que, con Oficio Nº 000629-2024-INEI/DTIE de fecha 10 de setiembre de 2024 la Dirección Técnica de Indicadores Económicos del Instituto Nacional de Estadística e Informática, solicita modificar los Factores de Reajustes, de los meses de junio y julio 2024, en base a los acuerdos contenidos en la Negociación Colectiva por Rama de Actividad del año 2024-2025, según expediente Nº 00131-2024-MTPE/2-14, suscrito entre la Federación de Trabajadores en Construcción Civil y la Cámara Peruana de la Construcción - CAPECO;

Que, en ese sentido, resulta pertinente modificar los Factores de Reajuste que se deben aplicar a las Obras de Edificación para las seis (06) áreas geográficas correspondientes al mes de junio y julio de 2024, aprobadas mediante las Resoluciones Jefaturales Nºs. 180 y 200-2024-INEI;

Con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística; de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; y,

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo N° 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática.

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Modificar los Factores de Reajuste que deben aplicarse a las Obras de Edificación, correspondientes a las seis (06) áreas geográficas para las Obras del Sector Privado derivados de la variación de precios de todos los elementos que intervienen en el costo de dichas obras, ejecutadas en los meses de junio y julio de 2024, aprobadas mediante Resolución Jefatural N° 180 y 200-2024-INEI, quedando como sigue:

FACTORES DE REAJUSTE MODIFICADOS CORRESPONDIENTE AL PERÍODO DEL 01 AL 30 DE JUNIO DE 2024 (*)

OBRAS DE EDIFICACIÓN

ÁREAS

Edificación de 1 y 2 Pisos

Edificación de 1 y 2 Pisos

Edificación de 3 y 4 Pisos

Edificación de 3 y 4 Pisos

GEOGRÁFICAS

(Terminada)

(Casco Vestido)

(Terminada)

(Casco Vestido)

No.

M.O.

Resto

Total

M.O.

Resto

Total

M.O.

Resto

Total

M.O.

Resto

Total

Elem.

Elem.

Elem.

Elem.

1

1,0076

1,0002

1,0078

1,0089

0,9989

1,0078

1,0070

0,9999

1,0069

1,0095

0,9989

1,0084

2

1,0071

0,9977

1,0048

1,0083

0,9955

1,0038

1,0067

0,9981

1,0048

1,0090

0,9962

1,0052

3

1,0068

1,0007

1,0075

1,0079

0,9973

1,0052

1,0065

0,9992

1,0057

1,0087

0,9976

1,0063

4

1,0075

0,9990

1,0065

1,0088

0,9975

1,0063

1,0071

0,9992

1,0063

1,0087

0,9981

1,0068

5

1,0073

1,0022

1,0095

1,0084

1,0024

1,0108

1,0067

1,0019

1,0086

1,0091

1,0015

1,0106

6

1,0073

1,0000

1,0073

1,0087

0,9990

1,0077

1,0067

1,0000

1,0067

1,0092

0,9989

1,0081

(*) En base al Convenio Colectivo de fecha 21 de agosto de 2024, Exp. Nº 00131-2024-MTPE/2-14.

FACTORES DE REAJUSTE MODIFICADOS CORRESPONDIENTE

AL PERÍODO DEL 01 AL 31 DE JULIO DE 2024 (*)

OBRAS DE EDIFICACIÓN

ÁREAS

Edificación de 1 y 2 Pisos

Edificación de 1 y 2 Pisos

Edificación de 3 y 4 Pisos

Edificación de 3 y 4 Pisos

GEOGRÁFICAS

(Terminada)

(Casco Vestido)

(Terminada)

(Casco Vestido)

No.

M.O.

Resto

Total

M.O.

Resto

Total

M.O.

Resto

Total

M.O.

Resto

Total

Elem.

Elem.

Elem.

Elem.

1

1,0000

1,0005

1,0005

1,0000

1,0018

1,0018

1,0000

1,0011

1,0011

1,0000

1,0023

1,0023

2

1,0000

1,0017

1,0017

1,0000

1,0023

1,0023

1,0000

1,0018

1,0018

1,0000

1,0029

1,0029

3

1,0000

1,0004

1,0004

1,0000

1,0000

1,0000

1,0000

1,0002

1,0002

1,0000

1,0008

1,0008

4

1,0000

1,0012

1,0012

1,0000

1,0025

1,0025

1,0000

1,0017

1,0017

1,0000

1,0027

1,0027

5

1,0000

1,0135

1,0135

1,0000

1,0203

1,0203

1,0000

1,0124

1,0124

1,0000

1,0168

1,0168

6

1,0000

1,0010

1,0010

1,0000

1,0019

1,0019

1,0000

1,0013

1,0013

1,0000

1,0023

1,0023

(*) En base al Convenio Colectivo de fecha 21 de agosto de 2024, Exp. Nº 00131-2024-MTPE/2-14.

Regístrese y comuníquese.

PETER ABAD ALTAMIRANO

Jefe (e)

2324689-1