Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban el Plan Maestro del Terminal Portuario Almirante Miguel Grau de Tacna

Aprueban el “Plan Maestro del Terminal Portuario Almirante Miguel Grau de Tacna”

Resolución de Acuerdo de Directorio

N° 0071-2024-APN-DIR

Callao, 12 de septiembre de 2024

VISTO:

El Oficio Nº 1135-2024-GGR/GOB.REG.TACNA del 16 de agosto de 2024, a través del cual el Gobierno Regional Tacna remitió la propuesta del “Plan Maestro del Terminal Portuario Almirante Miguel Grau de Tacna”;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley Nº 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional (en adelante, LSPN), fue creada la Autoridad Portuaria Nacional (en adelante, APN), como Organismo Público Descentralizado (ahora Organismo Técnico Especializado, de acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, así como el Decreto Supremo Nº 058-2011-PCM), encargada del Sistema Portuario Nacional, adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dependiente del Ministro, con personería jurídica de derecho público interno, patrimonio propio y con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica, financiera y facultad normativa por delegación del Ministro de Transportes y Comunicaciones;

Que, de conformidad con el numeral 4.1 del artículo 4 de la LSPN, el Plan Nacional de Desarrollo Portuario (PNDP) tiene la calidad de “documento técnico normativo que tiene como objetivo orientar, impulsar, ordenar, planificar y coordinar el desarrollo, modernización, competitividad y sostenibilidad del Sistema Portuario Nacional”; es decir, no solo supone un documento de gestión de planificación portuaria, sino además, su cumplimiento por todos los actores del Sistema Portuario Nacional es obligatorio por lo que, conforme a lo mencionado en el PNDP, constituye una función de la APN, la aprobación de todos los planes maestros portuarios;

Que, el numeral 4.4 del artículo 4 de la LSPN prevé que el PNDP articula los planes maestros elaborados por la APN de los terminales portuarios de titularidad y uso público de ámbito nacional y los planes maestros regionales de desarrollo portuario elaborados por las Autoridades Portuarias Regionales;

Que, el artículo 11 del RLSPN prevé que la elaboración y propuesta de los Planes Regionales de Desarrollo Portuario (PRDP) de los puertos de titularidad y uso públicos por las Autoridades Portuarias Regionales (APR) se efectuará siguiendo la estrategia portuaria nacional establecida en el PNDP y requerirá la utilización de los criterios y componentes, limitados al ámbito de su jurisdicción, señalados en el artículo 8, para el PNDP. La APN establecerá mediante Acuerdo de Directorio la oportunidad en que las APR deben presentar los PRDP y las modificaciones al mismo, así como respecto a los Planes Maestros de los puertos bajo su jurisdicción;

Que, de esta manera, cada terminal portuario de titularidad y uso público cuenta con un Plan Maestro, elaborado por la APN cuando son de alcance nacional o por la APR, cuando son de alcance regional. En ambos casos, su aprobación pasa por el Directorio de la APN conforme prevé el actual PNDP (pp. 125 “PLANES MAESTROS PORTUARIOS”) que indica: “El proyecto de Plan Maestro Portuario será elaborado por el administrador portuario o APR o APN (respetando el orden de prelación) siendo aprobado en todos los casos por la APN”;

Que, de acuerdo con el artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones de la APN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2003-MTC, el Directorio es el órgano colegiado y máximo de la APN y tiene a su cargo la administración de la APN siendo una de sus atribuciones expresada en su numeral 11, la de “aprobar los planes, programas y presupuesto de desarrollo portuario, a nivel del Sistema Portuario Nacional dentro de su competencia”;

Que, a través del documento del Visto, el Gobierno Regional Tacna remitió la propuesta del “Plan Maestro del Terminal Portuario Almirante Miguel Grau de Tacna”;

Que, con Informe Nº 0230-2024-APN-DIPLA del 19 de agosto de 2024, la Dirección de Planeamiento y Estudios Económicos señaló que la propuesta del citado Plan Maestro es consecuente con los lineamientos del Sistema Portuario Nacional; en ese sentido, recomendó su aprobación por el Directorio de la APN;

Que, mediante el Informe Legal Nº 0284-2024-APN-UAJ del 20 de agosto de 2024, la Unidad de Asesoría Jurídica emitió opinión favorable en el marco de sus competencias;

Que, el numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS establece, entre otros, que puede motivarse mediante la declaración de conformidad con los fundamentos y conclusiones de anteriores dictámenes, decisiones o informes obrantes en el expediente, a condición de que se les identifique de modo certero, y que por esta situación constituyan parte integrante del respectivo acto;

Que, en la sesión del Directorio Nº 677 del 11 de setiembre de 2024, el Directorio de la APN aprobó “Plan Maestro del Terminal Portuario Almirante Miguel Grau de Tacna”, y encargó al Presidente del Directorio la emisión de la correspondiente resolución;

De conformidad con la Ley Nº 27943 – Ley del Sistema Portuario Nacional, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC y el Reglamento de Organización y Funciones de la APN, aprobado con Decreto Supremo Nº 034-2004-MTC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el “Plan Maestro del Terminal Portuario Almirante Miguel Grau de Tacna”.

Artículo 2.- Los Informes N°s. 0230-2024-APN-DIPLA de la Dirección de Planeamiento y Estudios Económicos y 0284-2024-APN-UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica, como anexos, forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en la sede digital de la Autoridad Portuaria Nacional, en esta última junto al íntegro del texto del “Plan Maestro del Terminal Portuario Almirante Miguel Grau de Tacna”.

Regístrese, publíquese y comuníquese.

JUAN CARLOS PAZ CÁRDENAS

Presidente del Directorio

2324615-1