Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan viaje de servidora del Instituto Nacional de Investigación y Capacitación de Telecomunicaciones de la Universidad Nacional de Ingeniería a Baréin en comisión de servicios

Autorizan viaje de servidora del Instituto Nacional de Investigación y Capacitación de Telecomunicaciones de la Universidad Nacional de Ingeniería a Baréin, en comisión de servicios

UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA

Resolución Rectoral

N° 3156-2024-UNI

Lima, 9 de setiembre de 2024

VISTO:

El Expediente con Registro N° 123964-2024 del Sistema de Gestión Documentaria sobre la solicitud para la emisión de resolución rectoral que autoriza el viaje de Comisión de Servicios a la Ing. IRIS MAGALLY PRETEL TREJO, servidora de la Dirección de Capacitación y Transferencia Tecnológica del Instituto Nacional de Investigación y Capacitación de Telecomunicaciones de la Universidad Nacional de Ingeniería, que se efectuará en Manama, Baréin, del 13 al 19 de setiembre de 2024.

CONSIDERANDO:

Que el artículo 18° de la Constitución Política del Perú establece que “cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes”;

Que la Ley N° 30220, Ley Universitaria, en su artículo 8º refiere que el Estado reconoce la autonomía universitaria, atribución inherente a las universidades que se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución y demás normativas aplicables; esta autonomía se manifiesta específicamente en su numeral 8.2, que implica la potestad auto determinativa para estructurar, organizar y conducir la institución universitaria, con atención a su naturaleza, características y necesidades;

Que el artículo 3° de la referida ley señala que “la universidad es una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, científica y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Adopta el concepto de educación como derecho fundamental y servicio público esencial (…)”;

Que mediante Ley N° 28918, publicada el 08 de diciembre de 2006, se confirmó el Acuerdo de Fusión por absorción del Instituto Nacional de Investigación y Capacitación de Telecomunicaciones (INICTEL) por la Universidad Nacional de Ingeniería (UNI), aprobado por Decreto Supremo N° 030-2006-MTC del 19 de agosto de 2006 y se autorizó la creación de la Unidad Ejecutora N° 002-INICTEL-UNI del Pliego Universidad Nacional de Ingeniería;

Que el literal g) del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones del INICTEL-UNI, aprobado por Resolución Rectoral N° 1507 del 09 de octubre de 2012, rectificado por Resolución Rectoral N° 1071 del 04 de julio de 2013 y modificado por Resolución Rectoral N° 1139 del 26 agosto de 2015, establece que son funciones del Comité Directivo aprobar los viajes al exterior de carácter oficial de sus miembros, funcionarios y servidores;

Que la Directiva Nº 006-2009-INICTEL-UNI-DE “Procedimientos para la programación, autorización y rendición de cuentas por viajes en Comisión de Servicios del INICTEL-UNI”, señala en su numeral 6.2.2 que las comisiones del servicio al exterior que irroguen gastos al presupuesto del INICTEL-UNI, serán autorizadas por resolución del titular del pliego y se publicarán en el Diario Oficial “El Peruano”, antes del inicio de la comisión de servicios, lo que guarda concordancia con los artículos 2° y 3° de la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos;

Que mediante Informe N° 000036-2024-INICTEL-UNI/CTT del 01 de julio de 2024, la Dirección de Capacitación y Transferencia Tecnológica del INICTEL a través de la coordinadora de Transferencia Tecnológica, solicitó autorización de viaje de la Ing. IRIS MAGALLY PRETEL TREJO, servidora de la Dirección de Capacitación y Transferencia Tecnológica del INICTEL-UNI para que participe en la Reunión Anual Presencial de los Centros de Capacitación de la Academia de la UIT (ATC) y en el Foro de Competencias Digitales que se efectuarán del 13 al 19 de setiembre de 2024 en la cuidad de Manama, Baréin, ello de conformidad con la Carta N° 000016-2024-INICTEL-UNI/DE del 19 de junio de 2024;

Que por Acuerdo N° 003.003.2024 adoptado por el Comité Directivo del INICTEL-UNI en su Sesión Ordinaria N° 003-2024, se estableció lo siguiente:

“Aprobar el viaje en comisión de servicios de la Ing. Iris Magally Pretel Trejo, servidora de la Dirección de Capacitación y Transferencia Tecnológica, a efectos de que participe como representante de la ATC INICTEL-UNI en la reunión anual presencial de los Centros de Capacitación de la Academia de la UIT (ATC), a efectuarse del 13 al 19 de setiembre de 2024 en Manama, Baréin (…)”.

Que la Oficina de Planificación y Presupuesto a través de la Disponibilidad Presupuestal N° 002-2024-DCTT- Gestión de Proyectos y Transferencia de Conocimientos y la Disponibilidad Presupuestal N° 003-2024-DCTT-Gestión de Proyectos y Transferencia de Conocimientos, ambas de fecha 09 de julio de 2024, con la finalidad de financiar la participación de la servidora IRIS MAGALLY PRETEL TREJO en la Reunión Anual Presencial de los Centros de Capacitación de la Academia de la UIT (ATC) y en el Foro de Competencias Digitales, autorizó en los siguientes montos:

CONCEPTO

MONTO S/

VIÁTICOS Y ASIGNACIONES POR COMISIÓN DE SERVICIO

S/ 7360.00

OTROS SEGUROS PERSONALES

S/ 240.00

TOTAL

S/ 7600.00

Que mediante Oficio N° 00425-2024-INICTEL-UNI/DE del 29 de agosto de 2024, la Dirección Ejecutiva del INICTEL solicitó al rector de la UNI emita la resolución rectoral que autorice el viaje en Comisión de Servicios de la Ing. IRIS MAGALLY PRETEL TREJO, servidora de la Dirección de Capacitación y Transferencia Tecnológica del INICTEL-UNI, de conformidad con el Informe N° 000204-2024-INICTEL-UNI/OAL del 28 de agosto de 2024;

Que mediante Informe Nº 193-2024-OAJ-UNI del 04 de setiembre de 2024, la Oficina de Asesoría Jurídica informó al Rectorado sobre la viabilidad de autorización de viaje en Comisión de Servicios de la Ing. IRIS MAGALLY PRETEL TREJO, servidora de la Dirección de Capacitación y Transferencia Tecnológica del INICTEL-UNI, a efectos de que participe en la Reunión Anual Presencial de los Centros de Capacitación de la Academia de la UIT (ATC) y en el Foro de Competencias Digitales, a realizarse del 13 al 19 de setiembre de 2024; y,

Estando al Proveído N° 5271/ALCHN Rect.24 del 06 de setiembre de 2024 del despacho del Rectorado y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 25° del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el viaje en Comisión de Servicios a la cuidad de Manama, Baréin, de la Ing. IRIS MAGALLY PRETEL TREJO, servidora de la Dirección de Capacitación y Transferencia Tecnológica del INICTEL-UNI, del 13 al 19 de setiembre de 2024, periodo que comprende los días de desplazamiento en su participación como calidad de representante de la ATC INICTEL-UNI en la Reunión Anual Presencial de los Centros de Capacitación de la Academia de la UIT (ATC) y en el Foro de Competencias Digitales.

Artículo 2°.- Otorgar a la Ing. IRIS MAGALLY PRETEL TREJO el equivalente en soles del total de los montos que correspondan, para sufragar los gastos que irroguen la Comisión de Servicios referida en los considerandos de la presente resolución rectoral, debiendo rendir cuenta documentada de lo gastado en un plazo no mayor de quince (15) días, al término de la referida comisión. Los gastos que irrogue la Comisión de Servicios autorizada serán financiados de acuerdo con el siguiente detalle:

META

CADENA DE GASTO

FF

CONCEPTO

MONTO S/

0018

2.3.2.1.1.2

R.O

VIÁTICOS Y ASIGNACIONES POR COMISIÓN DE SERVICIO

S/ 7360.00

0018

2.3.2.6.3.4

R.O

OTROS SEGUROS PERSONALES

S/ 240.00

TOTAL

S/ 7600.00

Artículo 3°.- Disponer que la Oficina de Administración del INICTEL-UNI publique la presente resolución rectoral en el Diario Oficial “El Peruano”, con cargo a los recursos de dicha unidad ejecutora.

Artículo 4°.- Dar cuenta al Comité Directivo del INICTEL-UNI.

Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese.

PABLO ALFONSO LÓPEZ CHAU NAVA

Rector

SONIA ANAPAN ULLOA

Secretaria General

2324141-1