Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan transferencia financiera de recursos públicos del Gobierno Regional de Cusco a favor de la Municipalidad Provincial de La Convención

Autorizan transferencia financiera de recursos públicos del Gobierno Regional de Cusco a favor de la Municipalidad Provincial de La Convención

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL

N° 275-2024-CRC/GR CUSCO

Cusco, 10 de setiembre del 2024

VISTOS:

La novena sesión ordinaria del Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, de fecha nueve de septiembre del año dos mil veinticuatro y el Oficio Nº 559-2024-GR CUSCO/GR, que contiene los informes presupuestales y legales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco ha debatido y aprobado la transferencia financiera a gobiernos locales, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, establecen que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;

Que, el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece: “Artículo 76. Transferencias Financieras: 76.1 Son transferencias financieras los traspasos de ingresos públicos sin contraprestación, a favor de Pliegos o de Entidades que no constituyen pliego presupuestario. 76.2 Las transferencias financieras que se pueden efectuar durante la ejecución, se autorizan y regulan en las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público.”;

Que, la tercera Disposición Complementaria del Decreto de Urgencia Nº 06-2024, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia económica y financiera para la sostenibilidad fiscal, el equilibrio presupuestario y la eficiencia del gasto público, que modifica el literal h) del numeral 13.1 del artículo 13º de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, establece que, “13.1 Se autoriza, en el presente Año Fiscal, la realización, de manera excepcional, de las siguientes transferencias financieras, conforme se detalla a continuación: (…) h) Las que se realicen para el financiamiento y cofinanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional, y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, así como para el desarrollo de capacidades productivas, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias financieras se efectúan hasta el 30 de junio de 2024, debiéndose emitir el acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado.”;

Que, el artículo 11º de la Ley N° 32103, Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de mayores gastos asociados a la reactivación económica y dicta otras medidas, señala nuevo plazo para transferencias financieras autorizadas en el literal h) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley 31953, Ley Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024. “Se dispone que las transferencias financieras autorizadas en el literal h) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, se efectúan hasta el 16 de setiembre de 2024”;

Que, la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria” aprobada por Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/50.01, dispone: “Artículo 17. Transferencias Financieras. 17.1. El pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias financieras en el marco de las disposiciones legales vigentes, deberá efectuar su registro de acuerdo a lo siguiente: (…). 17.2. Los pliegos que reciben las transferencias financieras incorporan dichos recursos a través de un crédito suplementario, en la meta presupuestaria para la cual fueron transferidas, y en la fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias, salvo en el caso que la normatividad vigente disponga que los recursos materia de la transferencia se registran en una fuente de financiamiento distinta. 17.3. Los pliegos que reciben los recursos aprueban mediante Resolución la desagregación de estos a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del dispositivo legal que autoriza la transferencia financiera. 17.4 En el caso de transferencias financieras destinadas a financiar proyectos, la Oficina de Presupuesto del pliego, o la que haga sus veces, que realiza la transferencia financiera registra la información sobre los convenios y adendas correspondientes en el “Módulo de información de convenios”. 17.5 La DGPP aprueba, de ser necesario, los procedimientos y lineamientos adicionales respecto a la información y registro de las transferencias financieras que los pliegos deben remitir para su seguimiento respectivo.”;

Que, el artículo 39° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, artículo modificado por el Artículo 3 de la Ley Nº 31433 establece: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. (…)”

Que, son Atribuciones del Consejo Regional conforme lo estipulado por el artículo 17° numeral 12) del Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional de Cusco del Gobierno Regional del Cusco, aprobado por Ordenanza Regional N° 119-2016-CR/GRC.CUSCO publicado el 18 de octubre del 2017, “Autorizar las transferencias financieras que hiciere el Gobierno Regional a otros Pliegos Presupuestales, Instituciones Privadas e Internacionales”;

Que, mediante Oficio N° 131-2024-A-MPC, Oficio N° 135-2024-A-MPLC, de fecha 19 de junio de 2024 y Oficio N° 141-2024-A-MPLC de fecha 26 de junio de 2024, el Alcalde de la Municipalidad Provincial de La Convención, solicita transferencia de recursos públicos para el cofinanciamiento en la ejecución del proyecto de inversión: “Mejoramiento y ampliación del servicio educativo del nivel secundaria de LAI.E. 50952 del Sector de Pavayoc distrito de Santa Ana - provincia de La Convención - departamento de Cusco”, con CUI N° 2571971, orientada a reducir las brechas de infraestructura y de acceso a servicios públicos, siendo un prioridad dentro del distrito de Santa Ana; para tal fin se adjunta el Acuerdo de Concejo N° 057-2024-MPLC, propuesta de convenio interinstitucional y expediente técnico;

Que, mediante Memorándum N° 1953-2024-GR CUSCO/GRPPM, de fecha 21 de junio de 2024, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, hace suyo el Informe N° 620-2024-GR CUSCO/GRPPM-SGPL de fecha 19 de junio de 2024 emitido por la Subgerencia de Planeamiento, solicita opinión sobre contenidos mínimos del expediente técnico del proyecto: “Mejoramiento y ampliación del servicio educativo del nivel secundaria de LAI.E. 50952 del Sector de Pavayoc distrito de Santa Ana - provincia de La Convención - departamento de Cusco”, con CUI N° 2571971, a fin de tramitar la transferencia financiera en el marco de la normatividad vigente y de acuerdo a los plazos establecidos en el Decreto de Urgencia N° 006-2024;

Que, según Memorándum N° 2945-2024-GR CUSCO/GRSLI, de fecha 25 de junio de 2024, la Gerencia Regional de Supervisión y Liquidación de Inversiones, hace suyo el Informe N° 621-2024-GR CUSCO/GRSLI-CELT emitido por el Coordinador de Evaluación y Liquidación Técnica, e Informe N° 09-2024-GR CUSCO/GRSLI/CELT/BHVE emitido por el evaluador de la Coordinación de Evaluación y Liquidación Técnica, que otorga opinión favorable a los contenidos mínimos del expediente técnico del proyecto de inversión: “Mejoramiento y ampliación del servicio educativo del nivel secundaria de LAI.E. 50952 del Sector de Pavayoc distrito de Santa Ana - provincia de La Convención - departamento de Cusco”, con CUI N° 2571971, tomando en consideración la Directiva N° 001-2024-GR-CUSCO/GGR “Normas y procedimientos para la elaboración, evaluación y aprobación de expedientes técnicos y documentos equivalentes en el Gobierno Regional de Cusco”.

Que, mediante Informe Técnico N° 237-2024-GR CUSCO/GRPPM-SGPL, de fecha 26 de junio de 2024, la Subgerencia de Planeamiento, luego de haber realizado el análisis correspondiente, emite opinión de pertinencia favorable al financiamiento del PI: “Mejoramiento y ampliación del servicio educativo del nivel secundaria de LAI.E. 50952 del Sector de Pavayoc distrito de Santa Ana - provincia de La Convención - departamento de Cusco”, con CUI N° 2571971, porque los objetivos del proyecto se alinean a las políticas regionales del Gobierno Regional de Cusco, asimismo, se articulan a los objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo Regional Concertado al 2033, y acciones estratégicas del Plan Estratégico Institucional 2024 - 2027 del Gobierno Regional de Cusco;

Que, con Informe Técnico N° 137-2024-GR CUSCO/GRPPM-SGPMI, de fecha 27 de junio de 2024, la Subgerencia de Programación Multianual de Inversiones, ha verificado que la inversión a ejecutarse se encuentra alineada con los objetivos priorizados, metas e indicadores establecidos en el PMI de la Municipalidad Provincial de La Convención y contribuye efectivamente al cierre de brechas de infraestructura o de acceso a servicios, de acuerdo a los criterios de priorización establecidos por el sector Educación; por lo que, emite opinión favorable de cierre de brechas de la inversión: “Mejoramiento y ampliación del servicio educativo del nivel secundaria de LAI.E. 50952 del Sector de Pavayoc distrito de Santa Ana - provincia de La Convención - departamento de Cusco”, con CUI N° 2571971;

Que, a través del Informe N° 677-2024-GR CUSCO/GRPPM-SGPR, de fecha 27 de junio de 2024, la Subgerencia de Presupuesto, emite opinión favorable de disponibilidad presupuestal con cargo a los recursos provenientes de Saldos de Balance del ejercicio 2023 de la Fuente de Financiamiento de Recursos Determinados de la Unidad Ejecutora: 001 Sede Central - Pliego 446 Gobierno Regional del Departamento de Cusco, para la transferencia financiera a favor de la Municipalidad Provincial de La Convención, por el importe de S/ 6 300,286.00 (seis millones trescientos mil doscientos ochenta y seis con 00/100 soles), monto que será transferido multianual de acuerdo al cronograma de ejecución de la inversión: “Mejoramiento y ampliación del servicio educativo del nivel secundaria de LAI.E. 50952 del Sector de Pavayoc distrito de Santa Ana - provincia de La Convención - departamento de Cusco”, con CUI N° 2571971;

Que, mediante Informe Legal N° 658-2024-GR CUSCO/ORAJ, de fecha 27 de junio de 2024, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, opina en forma favorable para la emisión del Acuerdo de Consejo Regional que autoriza la Transferencia Financiera de Recursos Públicos del Gobierno Regional de Cusco a favor de la Municipalidad Provincial de La Convención, por el importe de S/ 6 300,286.00 (seis millones trescientos mil doscientos ochenta y seis con 00/100 soles), destinados a cofinanciar la ejecución del proyecto de inversión: “Mejoramiento y ampliación del servicio educativo del nivel secundaria de la I.E. 50952 del Sector de Pavayoc distrito de Santa Ana - provincia de La Convención - departamento de Cusco”;

Que, mediante Oficio N° 170-2024-A-MPLC de fecha 30 de julio de 2024 y Oficio N° 172-2024-A-MPLC de fecha 31 de julio de 2024, el Alcalde de la Municipalidad Provincial de La Convención, reitera solicitud de transferencia financiera para la ejecución física del proyecto de inversión: “Mejoramiento y ampliación del servicio educativo del nivel secundaria de la I.E. 50952 del Sector de Pavayoc distrito de Santa Ana - provincia de La Convención - departamento de Cusco”, con CUI N° 2571971. Asimismo, señala que dicha solicitud ya cuenta con opinión favorable de las distintas áreas involucradas; la misma que ampara en el marco legal de la Ley N° 32103, que en su artículo 11 establece nuevo plazo para transferencia financieras autorizadas en el literal h) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 31953 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2024, disponiendo que las transferencias financieras se efectúan hasta el 16 de setiembre de 2024;

Que, mediante Informe N° 904-2024-GR CUSCO/GRPPM-SGPR de fecha 15 de agosto de 2024, la Subgerencia de Presupuesto, ratifica el contenido del Informe N° 677-2024-GR CUSCO/GRPPM-SGPR de fecha 27 de junio de 2024;

Que, mediante Informe N° 457-2024-GR CUSCO/ORAJ, de fecha 21 de agosto de 2024, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, ratifica el Informe Legal N° 658-2024-GR CUSCO/ORAJ, de fecha 27 de junio de 2024, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica.

Que, el mencionado expediente técnico, cuenta con el respectivo informe legal, suscrito por el director de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Cusco, quien concluye y se pronuncia por la procedencia de la transferencia financiera de recursos públicos a favor de la Municipalidad Provincial de La Convención, por el importe de S/ 6 300,286.00 (seis millones trescientos mil doscientos ochenta y seis con 00/100 soles), destinados a cofinanciar la ejecución del proyecto de inversión: “Mejoramiento y ampliación del servicio educativo del nivel secundaria de la I.E. 50952 del Sector de Pavayoc distrito de Santa Ana - provincia de La Convención - departamento de Cusco”, con CUI N° 2571971.

Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867 y sus modificatorias y por el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Cusco aprobado por Ordenanza Regional Nº 119-2016.CR/GRC.CUSCO, con la dispensa del trámite de lectura de acta y por mayoría de votos de los Consejeros Regionales, se:

ACUERDA:

Artículo Primero.- AUTORIZAR LA TRANSFERENCIA FINANCIERA DE RECURSOS PÚBLICOS DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL LA CONVENCIÓN, de conformidad con el siguiente cuadro:

ENTIDAD

CUI

DENOMINACIÓN

MONTO S/

1

Municipalidad Provincial de La Convención

2571971

Mejoramiento y ampliación del servicio educativo del nivel secundaria de la I.E. 50952 del Sector de Pavayoc distrito de Santa Ana - provincia de La Convención - departamento de Cusco.

6,300,286.00

Artículo Segundo.- AUTORIZAR al órgano ejecutivo del Gobierno Regional, la suscripción del Convenio de Cooperación Interinstitucional para la Transferencia Financiera de Recursos Públicos del Gobierno Regional de Cusco con la Municipalidad Provincial de La Convención, para el cofinanciamiento de la ejecución del proyecto “Mejoramiento y ampliación del servicio educativo del nivel secundaria de la I.E. 50952 del Sector de Pavayoc distrito de Santa Ana - provincia de La Convención - departamento de Cusco”, con CUI N° 2571971.

Artículo Tercero.- DISPONER al Ejecutivo del Gobierno Regional de Cusco, canalice los procedimientos orientados a la suscripción del convenio de manera previa a la trasferencia de presupuesto dentro del marco normativo qué los regulen, bajo responsabilidad.

Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano” y en el portal institucional de la entidad, conforme a lo dispuesto en el numeral 16.2 de la Ley N° 31953 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024.

Regístrese, comuníquese, cúmplase y publiquese.

Herbe Olave Ugarte

Presidente del Consejo Regional

Período Legislativo 2024

Consejo Regional Cusco

Jorge Aranya Mayta

Secretario del Consejo Regional

2323482-1