Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan a Inversiones Neurona S.A.C. Sociedad Administradora de Plataforma de Financiamiento Participativo Financiero a ofrecer el servicio adicional de herramienta digital de matrícula de obligaciones

Autorizan a Inversiones Neurona S.A.C. Sociedad Administradora de Plataforma de Financiamiento Participativo Financiero a ofrecer el servicio adicional de herramienta digital de matrícula de obligaciones

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE

Nº 110-2024-SMV/02

Lima, 22 de agosto de 2024

El Superintendente del Mercado de Valores

VISTOS:

El Expediente N° 2024024841, así como el Informe N° 1065-2024-SMV/12.1 del 19 de agosto de 2024, emitido por la Intendencia General de Investigación e Innovación, con la opinión favorable de la Superintendencia Adjunta de Investigación, Desarrollo e Innovación;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Título IV “Normas que regulan y supervisan la actividad de financiamiento participativo financiero” del Decreto de Urgencia N° 013-2020, Decreto de Urgencia que promueve el financiamiento de la MIPYME, Emprendimientos y Startups (en adelante, el Decreto de Urgencia), publicado el 23 de enero de 2020 en el Diario Oficial El Peruano, se reconoció legalmente en el Perú la actividad de Financiamiento Participativo Financiero (en adelante, la actividad de FPF), encargándose a la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV establecer el marco jurídico para el correcto y adecuado funcionamiento de la referida actividad;

Que, por Resolución de Superintendente N° 045-2021-SMV/02, publicada el 20 de mayo de 2021 en el Diario Oficial El Peruano, se aprobó el Reglamento de la Actividad de Financiamiento Participativo Financiero y sus Sociedades Administradoras (en adelante, Reglamento), con el objetivo de regular la actividad de FPF que se realice en el territorio nacional, así como de fijar los procedimientos y requisitos exigibles para constituirse y operar como Sociedad Administradora de Plataformas de FPF;

Que, mediante Resolución de Superintendente N° 075-2023-SMV/02 del 26 de septiembre de 2023, se otorgó a Inversiones Neurona S.A.C. Sociedad Administradora de Plataforma de Financiamiento Participativo Financiero autorización de funcionamiento (antes Bloom Crowdfunding S.A.C. Sociedad Administradora de Plataforma de Financiamiento Participativo Financiero);

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 25.4 del Reglamento, Inversiones Neurona S.A.C. Sociedad Administradora de Plataforma de Financiamiento Participativo Financiero (en adelante, Inversiones Neurona S.A.C.), mediante comunicación del 4 de junio de 2024, solicitó autorización para realizar el servicio adicional de herramienta digital de matrícula de obligaciones;

Que, mediante oficios cursados entre el 13 de junio de 2024 y el 30 de julio de 2024, la Intendencia General de Investigación e Innovación (IGII) formuló diversas observaciones a la documentación presentada, las mismas que fueron absueltas mediante escritos presentados entre el 21 de junio de 2024 y el 2 de agosto de 2024. Asimismo, a efectos de verificar la información brindada respecto a la infraestructura para la implementación del servicio digital y que se cuenta con la capacidad tecnológica necesaria para su funcionamiento, la SMV, a través de la IGII, sostuvo una reunión virtual con representantes de la sociedad, realizada el 4 de julio de 2024 a través de la plataforma de Microsoft Teams;

Que, teniendo en consideración la evaluación realizada a la documentación presentada, la absolución de las observaciones y la reunión efectuada con representantes de Inversiones Neurona S.A.C., se ha determinado que la solicitud de autorización ha sido formulada según lo dispuesto en el artículo 25.4 del Reglamento, que el servicio adicional cuya autorización solicita Inversiones Neurona S.A.C. es complementario a la modalidad de Financiamiento Participativo Financiero a través de valores, y que no contraviene las disposiciones contenidas en el Decreto de Urgencia, el Reglamento ni el marco normativo vigente, y;

Estando a lo dispuesto por el artículo 25 del Reglamento y el numeral 1 del artículo 12° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo N° 216-2011-EF y sus modificatorias;

RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar a Inversiones Neurona S.A.C. Sociedad Administradora de Plataforma de Financiamiento Participativo Financiero a ofrecer el servicio adicional de herramienta digital de matrícula de obligaciones, en los términos previstos en su solicitud.

Artículo 2°.- Disponer la difusión de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y la Página Institucional de la Superintendencia del Mercado de Valores en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe/smv).

Artículo 3°.- Notificar la presente resolución a Inversiones Neurona S.A.C. Sociedad Administradora de Plataforma de Financiamiento Participativo Financiero.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ZÓSIMO JUAN PICHIHUA SERNA

Superintendente del Mercado de Valores

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