Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Modifican la Resolución Viceministerial N° 209-2004-MTC/03 que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en UHF para distintas localidades del departamento de Cajamarca

Modifican la Resolución Viceministerial Nº 209-2004-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en UHF, para distintas localidades del departamento de Cajamarca

Resolución Viceministerial

Nº 0116-2024-MTC/03

Lima, 3 de setiembre de 2024

VISTO: el Informe Nº 2355-2024-MTC/28.01, ampliado con Informe Nº 2613-2024-MTC/28.01, de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 11 de la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Televisión, concordado con el artículo 6 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, en adelante el Reglamento, establece que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y en general cuanto concierne a la gestión del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión;

Que, el artículo 7 del Reglamento, dispone que toda asignación de frecuencias para el servicio de radiodifusión se realiza en base al Plan Nacional de Asignación de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusión y determina las frecuencias técnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignación de Frecuencias son aprobados por Resolución Viceministerial;

Que, mediante Resolución Suprema Nº 019-2009-MTC se adoptó el estándar ISDB-T (Integrated Services Digital Broadcasting Terrestrial) con las mejoras tecnológicas que hubiere al momento de su implementación, como sistema de televisión digital terrestre para el Perú por los fundamentos expuestos en el Informe de Recomendación del Estándar de Televisión Digital Terrestre a ser adoptado en el Perú de febrero de 2009, presentado por la Comisión Multisectorial constituida mediante Resolución Suprema Nº 010-2007-MTC;

Que, el Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2010-MTC y sus modificatorias, establece las medidas y acciones necesarias para la transición de los servicios de radiodifusión por televisión con tecnología analógica hacia la prestación de estos servicios utilizando tecnología digital, previendo la implementación de la televisión digital terrestre en el país de manera progresiva en los cinco (05) territorios establecidos para tal efecto, fijando plazos máximos para la aprobación de los planes de canalización y asignación de frecuencias;

Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 209-2004-MTC/03 y modificatorias, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en UHF, para distintas localidades del departamento de Cajamarca;

Que, la Nota P11A del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias - PNAF, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 0597-2023-MTC/01.03, en adelante PNAF, atribuye para televisión digital terrestre las bandas 470-608 MHz y 614-698 MHz de UHF. Asimismo, la banda 692-698 MHz de UHF se declara en reserva y mientras dure esta situación no realizará nuevas asignaciones en esta banda;

Que, con el objeto de garantizar el uso eficiente del espectro radioeléctrico, resulta necesario aprobar los planes de canalización y asignación de frecuencias a nivel nacional del servicio de radiodifusión por televisión en las bandas 470-608 MHz y 614-692 MHz de UHF, las cuales no han sido declaradas en reserva, a efectos que todas las localidades cuenten con sus respectivos planes para su asignación en tecnología digital;

Que, en esa medida, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 2355-2024-MTC/28.01, ampliado con Informe Nº 2613-2024-MTC/28.01, propone la modificación de los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en UHF para diversas localidades del departamento de Cajamarca, a fin de incorporar los planes de las localidades de ASUNCIÓN-SAN JUAN, CHETILLA, COSPAN, MAGDALENA, MATARA, NAMORA y ENCAÑADA y modificar el plan de la localidad de CAJAMARCA-ENCAÑADA-JESUS-LLACANORA-LOS BAÑOS DEL INCA, indicando que en la elaboración de su propuesta, ha observado lo dispuesto en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias, el PNAF, así como lo establecido por el Reglamento;

De conformidad con la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Televisión y sus modificatorias; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias; las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias; el Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2010-MTC y sus modificatorias; el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias-PNAF, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 0597-2023-MTC/01.03; el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01; y,

Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Viceministerial Nº 209-2004-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en UHF, para distintas localidades del departamento de Cajamarca, a fin de incorporar los planes de las localidades de ASUNCIÓN-SAN JUAN, CHETILLA, COSPAN, MAGDALENA, MATARA, NAMORA y ENCAÑADA; conforme se indica a continuación:

Localidad: ASUNCIÓN-SAN JUAN

Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias

Canal

Frec. Inicial (MHz.)

Frec. Final (MHz.)

Frec. Central (MHz.)

16

482

488

485+1/7

18

494

500

497+1/7

20

506

512

509+1/7

22

518

524

521+1/7

24

530

536

533+1/7

26

542

548

545+1/7

29

560

566

563+1/7

- Total de canales: 7

- La máxima e.r.p. a autorizar en esta localidad es: 0,1 kW.

- La máscara del espectro de transmisión para las estaciones en esta localidad es: No Critica.

Localidad: CHETILLA

Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias

Canal

Frec. Inicial (MHz.)

Frec. Final (MHz.)

Frec. Central (MHz.)

16

482

488

485+1/7

19

500

506

503+1/7

23

524

530

527+1/7

29

560

566

563+1/7

34

590

596

593+1/7

- Total de canales: 5

- La máxima e.r.p. a autorizar en esta localidad es: 0,1 kW.

- La máscara del espectro de transmisión para las estaciones en esta localidad es: No Critica.

Localidad: COSPAN

Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias

Canal

Frec. Inicial (MHz.)

Frec. Final (MHz.)

Frec. Central (MHz.)

15

476

482

479+1/7

17

488

494

491+1/7

21

512

518

515+1/7

28

554

560

557+1/7

32

578

584

581+1/7

35

596

602

599+1/7

- Total de canales: 6

- La máxima e.r.p. a autorizar en esta localidad es: 0,1 kW.

- La máscara del espectro de transmisión para las estaciones en esta localidad es: No Critica.

Localidad: MAGDALENA

Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias

Canal

Frec. Inicial (MHz.)

Frec. Final (MHz.)

Frec. Central (MHz.)

16

482

488

485+1/7

21

512

518

515+1/7

25

536

542

539+1/7

27

548

554

551+1/7

32

578

584

581+1/7

36

602

608

605+1/7

- Total de canales: 6

- La máxima e.r.p. a autorizar en esta localidad es: 0,1 kW.

- La máscara del espectro de transmisión para las estaciones en esta localidad es: No Critica.

Localidad: MATARA

Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias

Canal

Frec. Inicial (MHz.)

Frec. Final (MHz.)

Frec. Central (MHz.)

16

482

488

485+1/7

18

494

500

497+1/7

23

524

530

527+1/7

25

536

542

539+1/7

27

548

554

551+1/7

- Total de canales: 5

- La máxima e.r.p. a autorizar en esta localidad es: 0,1 kW.

- La máscara del espectro de transmisión para las estaciones en esta localidad es: No Critica.

Localidad: NAMORA

Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias

Canal

Frec. Inicial (MHz.)

Frec. Final (MHz.)

Frec. Central (MHz.)

16

482

488

485+1/7

19

500

506

503+1/7

21

512

518

515+1/7

29

560

566

563+1/7

31

572

578

575+1/7

33

584

590

587+1/7

35

596

602

599+1/7

- Total de canales: 7

- La máxima e.r.p. a autorizar en esta localidad es: 0,1 kW.

- La máscara del espectro de transmisión para las estaciones en esta localidad es: No Critica.

Localidad: ENCAÑADA

Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias

Canal

Frec. Inicial (MHz.)

Frec. Final (MHz.)

Frec. Central (MHz.)

16

482

488

485+1/7

18

494

500

497+1/7

24

530

536

533+1/7

26

542

548

545+1/7

28

554

560

557+1/7

34

590

596

593+1/7

38

614

620

617+1/7

- Total de canales: 7

- La máxima e.r.p. a autorizar en esta localidad es: 0,1 kW.

- La máscara del espectro de transmisión para las estaciones en esta localidad es: No Critica.

Artículo 2.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Viceministerial Nº 209-2004-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en UHF, para distintas localidades del departamento de Cajamarca, a fin de modificar el plan de la localidad de CAJAMARCA-ENCAÑADA-JESUS-LLACANORA-LOS BAÑOS DEL INCA; conforme se indica a continuación:

Localidad: CAJAMARCA-JESUS-LLACANORA-LOS BAÑOS DEL INCA

Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias

Canal

Frec. Inicial (MHz.)

Frec. Final (MHz.)

Frec. Central (MHz.)

15

476

482

479+1/7

17

488

494

491+1/7

19

500

506

503+1/7

20

506

512

509+1/7

21

512

518

515+1/7

22

518

524

521+1/7

23

524

530

527+1/7

25

536

542

539+1/7

27

548

554

551+1/7

29

560

566

563+1/7

30

566

572

569+1/7

31

572

578

575+1/7

32

578

584

581+1/7

33

584

590

587+1/7

35

596

602

599+1/7

36

602

608

605+1/7

39

620

626

623+1/7

41

632

638

635+1/7

43

644

650

647+1/7

45

656

662

659+1/7

47

668

674

671+1/7

49

680

686

683+1/7

- Total de canales: 22

- La máxima e.r.p. para las estaciones de televisión digital terrestre (ISDB-T) es de: 4 kW.

- La máxima e.r.p. para las estaciones de televisión analógica (NTSC-M) es de: 8 kW.

- Las plantas transmisoras de los canales 19, 20, 21, 22, 23, 35 y 36 deben ubicarse en Cerro Quiritimayo, Bellavista, Tupuna, Carretera al Cumbemayo.

- Las plantas transmisoras de los canales 29, 30, 31, 32 y 33 deben ubicarse a menos de 1 Km de distancia de las Coordenadas Geográficas LS 7º 7’ 56” y LO 78º 31’ 41”.

- Los canales que transmitan con tecnología digital deben cumplir con las especificaciones de la Máscara Crítica.

Artículo 3.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones es la dependencia responsable de la observancia de las condiciones técnicas previstas en los Planes de Asignación de Frecuencias aprobados. En la evaluación de las solicitudes de autorización y de modificación de características técnicas se observa su estricto cumplimiento.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLA PAOLA SOSA VELA

Viceministra de Comunicaciones

2322692-1