Aprueban transferencia financiera de recursos a gobiernos locales con la finalidad de financiar ejecución de proyectos de inversión
RESOLUCIóN EJECUTIVA REGIONAL
N° 61-2024-GRA/GR
Huaraz, 6 de setiembre de 2024
VISTO:
El Acuerdo de Consejo Regional Nº 122-2024-GRA/CR, el Oficio N° 1009-2024-GRA-CR/CD, del Consejero Delegado del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash; Oficio N° 428-2024-GRA/GR del Gobernador Regional de Ancash, el Informe Presupuestal Nº 436-2024-GRA-GRPPAT/SGP, de la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; el Informe Legal N° 574-2024-GRA/GRAJ de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, y demás antecedentes;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad al artículo 191° de la Constitución Política del Perú de 1993 y sus modificatorias, Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y Ley Nº 28607, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el artículo 76° del Decreto Legislativo N° 1440, Ley del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que son transferencias financieras los traspasos de ingresos públicos sin contraprestación a favor de los pliegos o entidades que no constituyen pliego presupuestario; asimismo las transferencias financieras que se pueden efectuar durante la ejecución se autorizan o regulan en las leyes anuales del presupuesto de Sector Publico;
Que, la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, en su artículo 13, numera 13.1, literal h) en relación a las transferencias financieras para el presente año fiscal, dispone su autorización en forma excepcional para: “Las que se realicen para el financiamiento y cofinanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional, y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, así como para el desarrollo de capacidades productivas, entre los niveles de gobierno sub nacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias financieras se efectúan hasta el 30 de junio de 2024, debiéndose emitir el acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado”. Seguidamente, en el numeral 13.2) del mismo artículo se ha dejado establecido que las transferencias financieras autorizadas en el numeral 13.1 se realizan, en el caso de los gobiernos regionales mediante Acuerdo de Consejo Regional, requiriéndose, para tal fin, el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; y que la resolución del titular del pliego y el acuerdo del Consejo Regional se publican en el diario oficial “El Peruano”;
Que, en dicho marco normativo, mediante Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de mayores gastos asociados a la reactivación económica y dicta otras medidas, Ley N° 32103, en su artículo 11°, se ha dispuesto que las transferencias financieras autorizadas en el literal h) del numeral 13.1 del artículo 13° de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, se efectúan hasta el 16 de setiembre de 2024;
Que, la Dirección General de Presupuesto, mediante Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/50.01, ha procedido con la aprobación de la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria” la misma que tiene por objeto establecer las pautas para la ejecución de los presupuestos institucionales de los pliegos del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales para el año fiscal respectivo, estableciendo los mecanismos de la implementación de las transferencias financieras en su artículo 17°;
Que, por otro lado, el Gobierno Regional de Ancash, para fines de implementación de las transferencias financieras a favor de las municipalidades provinciales y distritales del departamento de Ancash, ha procedido con aprobar la DIRECTIVA N° 008-2024-GRA/GGR-DI-001-NP, denominada: “Normas y Procedimientos para la Transferencia de Recursos Financieros a los Gobiernos Locales para el Año Fiscal 2024” V.01, aprobada mediante Resolución Gerencial General Regional N° 314-2024-GRA/GGR;
Que, la DIRECTIVA N° 008-2024-GRA/GGR-DI-001-NP, que tiene por finalidad “Definir lineamientos para las transferencias financieras que otorga el Gobierno Regional de Ancash, fortaleciendo una administración eficiente de los recursos transferidos en el marco de las normas legales vigentes y que contribuye al cierre de brechas de infraestructura vial en el departamento de Ancash” (numeral I - Finalidad), ha establecido en su numeral 5.1) que “Los partícipes en la transferencia de recursos financieros serán los Gobiernos Locales del departamento de Ancash, estén o no incorporados en el Invierte.pe”;
Que, mediante INFORME PRESUPUESTAL N° 413-2024-GRA-GRPPAT/SGP del 23 de agosto de 2024, complementado con INFORME PRESUPUESTAL N° 436-2024-GRA-GRPPAT/SGP del 04 de setiembre de 2024, la Subgerencia de Presupuesto de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, remite la propuesta de modificación presupuestal en el nivel funcional programático, para que, mediante Resolución Ejecutiva Regional se autorice efectuar las transferencias financieras a favor de las Municipalidades Provinciales y Distritales del Departamento de Ancash, el cual según el Acuerdo de Consejo Regional N° 122-2024-GRA/CR, se autoriza previa suscripción de convenios se aprueba la transferencia financiera hasta por la suma total de S/ 68`715,646.00 (Sesenta y ocho millones setecientos quince mil seiscientos cuarenta y seis 00/100 soles), en la Fuente de Financiamiento 5 Recursos Determinados, para realizar la Transferencia Financiera a favor de Municipalidades Provinciales / Distritales del Departamento de Ancash, con la finalidad de financiar la ejecución de 07 (Siete) proyectos de inversión a ser transferido en el año fiscal 2024;
Que, mediante el Informe Legal N° 554-2024-GRA/GGR, del 23 de agosto de 2024, complementado con el Informe Legal N° 574-2024-GRA/GGR, del 04 de setiembre de 2024, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica de este ente regional, opina y recomienda la aprobación que es viable legalmente la aprobación por parte del Consejo Regional, a fin de efectivizar las transferencias indicadas por la Sub Gerencia de Presupuesto hasta por el monto total de S/ 68`715,646.00 (Sesenta y ocho millones setecientos quince mil seiscientos cuarenta y seis 00/100 soles), en la Fuente de Financiamiento 5 Recursos Determinados, para realizar la Transferencia Financiera a favor de Municipalidades Provinciales / Distritales del Departamento de Ancash, con la finalidad de financiar la ejecución de 07 (Siete) proyectos de inversión a ser transferidos en el año fiscal 2024.
Que, el Gobernador Regional de Ancash mediante Oficio N° 391-2024-GRA/GR de fecha 23 de agosto de 2024, complementado con el Oficio N° 428-2024-GRA/GR de fecha 04 de setiembre de 2024, solicita autorización al Consejo Regional de Ancash, para efectuar Transferencias Financieras a favor de las Municipalidades Provinciales y Distritales del Departamento de Ancash, para la ejecución de 07 (Siete) proyectos de inversión a ser transferido en el año fiscal 2024, previa suscripción de los correspondientes Convenios con dicho propósito en el marco de lo dispuesto por el artículo 16° de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, conforme se detallan en el cuadro contenido por la suma total de S/ 68`715,646.00 (Sesenta y ocho millones setecientos quince mil seiscientos cuarenta y seis 00/100 soles);
Que, el Consejo Regional de Ancash en sesión del 05 de setiembre del presente año, mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 122-2024-GRA/CR, aprueba y autoriza lo solicitado, ciñéndose a las normas establecidas para dicho fin;
Que, por los fundamentos antes descritos corresponde aprobar la transferencia financiera a favor de las Municipalidades Provinciales y Distritales del Departamento de Ancash descritas en el artículo Primero, según lo dispuesto en el Acuerdo de Consejo Regional N° 122-2024-GRA/CR precitado;
De conformidad con lo dispuesto por el Acuerdo de Consejo Regional
N° 122-2024-GRA/CR; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y modificatorias; la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Resolución Directoral N° 0023-2022-EF/50.01, que aprueba la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria” y en el ejercicio de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR la transferencia financiera de recursos, hasta por la suma total de S/ 68`715,646.00 (Sesenta y ocho millones setecientos quince mil seiscientos cuarenta y seis 00/100 soles), en la Fuente de Financiamiento 5 Recursos Determinados, para realizar la Transferencia Financiera a favor de Municipalidades Provinciales / Distritales del Departamento de Ancash, con la finalidad de financiar la ejecución de 07 (Siete) proyectos de inversión a ser transferido en el año fiscal 2024, a favor de las Municipalidades Provinciales y Distritales del Departamento de Ancash, descritas en el Artículo Primero del Acuerdo de Consejo Regional N° 122-2024-GRA/CR, según detalle:
N° |
CUI |
PROYECTO |
MONTO TOTAL DE TRANSFERENCIA AÑO 2024 |
1 |
2339091 |
Creación de pistas y veredas en el Centro Poblado de Pomallucay, Distrito de San Luis, Provincia de Carlos Fermín Fitzcarrald – Ancash. |
11,804,020.00 |
2 |
2186108 |
Creación de pistas y veredas en las calles principales del sector de Cochahuain del Distrito de Yungay, Provincia de Yungay – Ancash. |
9,600,718.00 |
3 |
2598103 |
Creación del servicio de movilidad urbana en los trabajos de pistas y veredas de la Av. Virgen de Las Puertas en el Centro Poblado Quita Sombrero, del Distrito de Culebras de la Provincia de Huarmey del Departamento de Ancash. |
8,112,007.00 |
4 |
2472326 |
Creación de los servicios de transitabilidad vehicular y peatonal en el Caserío de Colcacatac del Distrito de Marcará - Provincia de Carhuaz - Departamento de Ancash. |
9,229,265.00 |
5 |
2507339 |
Mejoramiento y ampliación de los servicios de agua potable y saneamiento básico rural de la localidad de Yupan, Distrito de Yupan - Provincia de Corongo - Departamento de Ancash |
9,899,236.00 |
6 |
2342233 |
Mejoramiento del servicio de agua potable y alcantarillado Pasacancha, Distrito de Cashapampa - Sihuas – Ancash. |
11,651,121.00 |
7 |
2629210 |
Mejoramiento del servicio de movilidad urbana en las principales calles de San Miguel de Aco, Fundo Aco Distrito de San Miguel de Aco de la Provincia de Carhuaz del Departamento de Ancash. |
8,419,279.00 |
MONTO TOTAL DE TRANSFERENCIA Y HABILITACIÓN |
68,715,646.00 |
Artículo Segundo.- DISPONER, la suscripción de los Convenios de Transferencia Financiera y proceder a la confirmación previa de la capacidad de gestión y cumplimiento de los requisitos señalados en la DIRECTIVA N° 008-2024-GRA-GGR/GRI-DI.001.NP, por parte de las Municipalidades Provinciales y Distritales beneficiarias.
Artículo Tercero.- PRECISAR que los términos y obligaciones de la transferencia financiera se establezcan en los Convenios de Cooperación Interinstitucional, celebrados entre el Gobierno Regional de Ancash y las Municipalidades Provinciales y Distritales, correspondiente al año 2024.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Ancash, a través de la Gerencia Regional de Infraestructura, la responsabilidad de realizar el monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas físicas y financieras correspondiente a los recursos transferidos para los proyectos de inversión de ejecución de obra señalados en el artículo primero de la presente resolución.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Administración, o la que haga sus veces, en el Pliego 441 Gobierno Regional del Departamento de Ancash, efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.
Artículo Sexto.- PRECISAR que los recursos de la transferencia financiera aprobada por el artículo primero de la presente Resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo Séptimo.- DISPONER a la Secretaría General del Gobierno Regional de Ancash, la notificación a las áreas correspondientes para la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Institucional (www.regionancash.gob.pe), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42° de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FABIAN KOKI NORIEGA BRITO
Gobernador Regional
2322818-1