Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban Lineamientos para desarrollar Proyectos de Inversión en materia de Acuicultura y de Desembarcaderos Pesqueros Artesanales

Aprueban “Lineamientos para desarrollar Proyectos de Inversión en materia de Acuicultura y de Desembarcaderos Pesqueros Artesanales”

RESOLUCIóN JEFATURAL

N° 000062-2024-FONDEPES/J

Lima, 6 de septiembre del 2024

VISTOS: El Informe N° 000366-2024-FONDEPES/DIGENIPAA de la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola; el Informe N° 000236-2024-FONDEPES/DIGECADETA e Informe N° 000250-2024-FONDEPES/DIGECADETA de la Dirección General de Capacitación y Desarrollo Técnico en Acuicultura, el Informe N° 000279-2024-FONDEPES/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° 000199-2024-FONDEPES/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de la Producción con personería jurídica de derecho público, creado mediante Decreto Supremo N° 010-92-PE y elevado a rango de Ley a través del artículo 57 del Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca;

Que, mediante Ley N° 32096, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 20 de julio de 2024, se modifica la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con la finalidad de que los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales puedan formular, aprobar, declarar la viabilidad y ejecutar proyectos de inversión en materia de acuicultura que estén alineados con la Política Nacional de Acuicultura y en materia de desembarcaderos pesqueros artesanales, en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones;

Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32096 establece que, para la ejecución de los proyectos de inversión en el marco de las modificaciones dispuestas en dicha ley, se requiere el cumplimiento de las normas vigentes sobre la materia, así como de los lineamientos que apruebe el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (FONDEPES), el cual mantiene sus competencias en materia de inversiones conforme a su política sectorial, en adelante, Lineamientos;

Que, mediante Informe N° 000366-2024-FONDEPES/DIGENIPAA de fecha 03 de septiembre de 2024, la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola, en el marco de sus competencias establecidas en los artículos 21 y 22 del Reglamento de Organización y Funciones del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 346-2012-PRODUCE, emite su conformidad respecto a la propuesta de Lineamientos elaborados por el Equipo de Trabajo designado por Resolución N° 000056-2024-FONDEPES/J

Que, mediante Informe N° 000236-2024-FONDEPES/DIGECADETA, de fecha 23 de agosto de 2024, e Informe N° 000250-2024-FONDEPES/DIGECADETA, de fecha 03 de septiembre de 2024, la Dirección General de Capacitación y Desarrollo Técnico en Acuicultura, en el marco de sus competencias establecidas en los artículos 25 y 26 del Reglamento de Organización y Funciones del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 346-2012-PRODUCE, emite opinión técnica favorable sobre los Lineamientos planteados;

Que, mediante Informe N° 000279-2024-FONDEPES/OGPP, de fecha 05 de setiembre de 2024, el Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable a la continuación del trámite de aprobación de los “Lineamientos para desarrollar Proyectos de Inversión en materia de Acuicultura y de Desembarcaderos Pesqueros Artesanales”;

Que, mediante el Informe N° 000199-2024-FONDEPES/OGAJ de fecha 05 de setiembre de 2024, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que es viable la propuesta de aprobación de los “Lineamientos para desarrollar Proyectos de Inversión en materia de Acuicultura y de Desembarcaderos Pesqueros Artesanales”;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 32096, Ley que modifica la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con la finalidad de ampliar funciones en materia pesquera; en el ejercicio de las funciones establecidas en los artículos 7 y 8 del Reglamento de Organización y Funciones del FONDEPES, aprobado por Resolución Ministerial N° 346-2012-PRODUCE; y,

Con los vistos de la Gerencia General; de la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola; de la Dirección General de Capacitación y Desarrollo Técnico en Acuicultura; de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, en lo que corresponde a sus respectivas competencias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar los “Lineamientos para desarrollar Proyectos de Inversión en materia de Acuicultura y de Desembarcaderos Pesqueros Artesanales”, que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el Portal Institucional del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (www.gob.pe/fondepes), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

KATIA NATALI NOVOA SÁNCHEZ

Jefa

Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero

FONDEPES

2322822-1