Autorizan viaje de analista legal principal de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV para participar en evento a realizarse en Colombia
resolución ministerial
Nº 278-2024-EF/10
Lima, 6 de setiembre del 2024
CONSIDERANDO:
Que, mediante Carta de fecha 16 de mayo de 2024, el Instituto Iberoamericano de Mercados de Valores – IIMV invita a la Superintendencia del Mercado de Valores a participar en el Seminario sobre Retos de supervisión y regulación: actividades Fintech, descentralización y criptoactivos, que se llevará a cabo del 24 al 27 de setiembre de 2024, en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia;
Que, el IIMV es un organismo creado para impulsar el desarrollo de mercados de valores transparentes e íntegros, mejorar el conocimiento de su estructura y regulación, potenciar la armonización y fomentar la cooperación entre supervisores y reguladores;
Que, en el evento, a través de exposiciones, mesas redondas y coloquios, se podrá intercambiar experiencias y debatir sobre implicancias jurídicas y retos regulatorios sobre los siguientes temas: i) Criptoactivos y los mercados financieros en Iberoamérica; ii) Resiliencia operativa del sector financiero, normativas para mantener operaciones resilientes en caso de una grave interrupción operativa; iii) Ciberseguridad y retos de Ciberseguridad en la transformación digital del sector financiero; y, iv) Marco regulatorio de las actividades Fintech;
Que, en ese sentido, se estima conveniente la participación del señor Manuel de Jesús Acosta Delgado, Analista Legal Principal de la Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas de Mercados de la SMV, en el mencionado evento, lo que se alinea con el objetivo estratégico institucional de la SMV de “Fortalecer la integridad del mercado de valores y del sistema de fondos colectivos” y con el objetivo estratégico sectorial de “Lograr el funcionamiento eficiente de los mercados y el incremento de la competitividad”;
Que, en consecuencia, y siendo de interés institucional, resulta necesario autorizar el viaje solicitado cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos son cubiertos con cargo al presupuesto de la SMV y los gastos por concepto de viáticos son asumidos por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID);
Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; y,
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos , en el Decreto de Urgencia N° 006-2024, que establece medidas extraordinarias en materia económica y financiera para la sostenibilidad fiscal, el equilibrio presupuestario y la eficiencia del gasto público; y, en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Manuel de Jesús Acosta Delgado, Analista Legal Principal de la Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas de Mercados, de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV, a la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, del 23 al 28 de setiembre de 2024, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial se efectúan con cargo al presupuesto de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasajes aéreos: US$ 1 291.00
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado comisionado debe presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del comisionado cuyo viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ ARISTA ARBILDO
Ministro de Economía y Finanzas
2322810-1