Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 596-2024/MINSA
Lima, 5 de setiembre del 2024
Visto, el Expediente N° OGPPM-OP20240000942, que contiene la Nota Informativa N° D00346-2024-DGAIN-MINSA emitida por la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional, el Memorándum N° D0003163-2024-OGPPM-MINSA emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Nota Informativa N° D000962-2024-OGAJ-MINSA emitida por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, en el marco del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, se expidió la Resolución Ministerial N° 1157-2023/MINSA de fecha 27 de diciembre de 2023, que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 011: Ministerio de Salud;
Que, el numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, autoriza al Ministerio de Salud, durante el Año Fiscal 2024, aprobar una transferencia financiera a favor de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y celebrar un convenio de cooperación de naturaleza interinstitucional para la realización de un Estudio Actuarial que permita estimar el porcentaje del crédito de la seguridad social para financiar el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS) por parte de las Entidades Prestadoras de Salud (EPS) para el periodo 2024 al 20230 en el marco de lo establecido en la Ley N° 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud;
Que, asimismo, el numeral 51.2 del mencionado artículo 51, establece que la transferencia financiera autorizada se aprueba mediante resolución del titular del pliego Ministerio de Salud, previo informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en dicho pliego, la misma que se publica en el diario oficial El Peruano;
Que, con fecha 24 de julio de 2024, la Organización Internacional del Trabajo y el Ministerio de Salud suscribieron el Convenio de Cooperación Interinstitucional N° 068-2024/MINSA, cuyo objeto es realizar un Estudio Actuarial que permita estimar el porcentaje del crédito de la seguridad social para financiar el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS) por parte de las Entidades Prestadoras de Salud (EPS) para el periodo 2024 al 2030 en el marco de lo establecido en la Ley N° 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, y la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024;
Que, mediante Nota Informativa N° D00346-2024-DGAIN-MINSA la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional remite el Informe N° D000109-2024-DGAIN-DAS-MINSA, a través del cual la Dirección de Aseguramiento en Salud señala que se cuenta con la disponibilidad presupuestal para asumir la contribución prevista en el mencionado Convenio de Cooperación Interinstitucional, hasta por la suma de S/ 1 751 264,00 (UN MILLÓN SETECIENTOS CINCUENTA Y UN MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES); por lo que, solicita gestionar la transferencia financiera establecida en el artículo 51 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024;
Que, mediante el Memorándum N° D003163-2024-OGPPM-MINSA la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remite y suscribe el Informe N° D000836-2024-OGPPM-OP-MINSA de la Oficina de Presupuesto, a través del cual emite opinión favorable respecto a la emisión de la Resolución Ministerial que autorice una transferencia financiera del Presupuesto Institucional del Pliego 011. Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 1 751 264,00 (UN MILLÓN SETECIENTOS CINCUENTA Y UN MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), a favor de la de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), para la realización de un Estudio Actuarial que permita estimar el porcentaje del crédito de la seguridad social para financiar el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS) por parte de las Entidades Prestadoras de Salud (EPS) para el periodo 2024 al 2030, en el marco de lo establecido en la Ley Nº 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, de conformidad con lo previsto en el Convenio de Cooperación Interinstitucional N° 068-2024/MINSA y el artículo 51 de Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2024;
Con el visado de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General, del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y,
De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/50.01; y, el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Objeto
Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 011. Ministerio de Salud, por la suma de hasta S/ 1 751 264,00 (UN MILLÓN SETECIENTOS CINCUENTA Y UN MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), a favor de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), para la realización de un Estudio Actuarial que permita estimar el porcentaje del crédito de la seguridad social para financiar el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS) por parte de las Entidades Prestadoras de Salud (EPS) para el periodo 2024 al 2030, en el marco de lo establecido en la Ley Nº 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, de conformidad con lo previsto en el Convenio de Cooperación Interinstitucional N° 068-2024/MINSA y el artículo 51 de Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2024.
Artículo 2.- Financiamiento
La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 001. Administración Central del Pliego 011. Ministerio de Salud, correspondiente a la categoría presupuestaria 9001. Acciones Centrales, el producto: 3999999. Sin Producto, la actividad: 5000002. Conducción y Orientación Superior, fuente de financiamiento: 1. Recursos Ordinarios, categoría de gasto: 5. Gasto Corriente, y genérica de gasto: 2.4 Donaciones y Transferencias.
Artículo 3.- Limitaciones al uso de los recursos
Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano y encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la misma en la sede digital del Ministerio de Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ
Ministro de Salud
2322369-1