Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban los Lineamientos para el desarrollo del Turismo Social en el Perú

Aprueban los “Lineamientos para el desarrollo del Turismo Social en el Perú”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 005-2020-MINCETUR

Lima, 10 de enero de 2020

Visto, los Memorándum Nºs. 1383, 1518, 1621 y 1724-2019-MINCETUR/VMT del Viceministerio de Turismo; el Informe Nº 040-2019-MINCETUR/VMT/DGET/DIOT-SCDY y el Informe Legal Nº 01-2019-MINCETUR/VMT/DGET/DIOT-YVA de la Dirección de Innovación de la Oferta Turística de la Dirección General de Estrategia Turística del Viceministerio de Turismo; así como el Informe Nº 0602-2019-MINCETUR/SG/OGPPD y el Memorándum Nº 1280-2019-MINCETUR/SG/OGPPD de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR es el ente rector en materia de comercio exterior y turismo, competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de turismo, siendo responsable de promover, orientar y regular la actividad turística con el fin de impulsar su desarrollo sostenible;

Que, conforme al artículo 45 de la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo, el turismo social comprende todos aquellos instrumentos y medios a través de los cuales se facilita la participación en el turismo de trabajadores, niños, jóvenes, estudiantes, personas con discapacidad, adultos mayores, comunidades campesinas y nativas y otros grupos humanos que por razones físicas, económicas, sociales o culturales tienen acceso limitado a disfrutar de los atractivos y servicios turísticos;

Que, en este sentido, el Plan Estratégico Nacional de Turismo - PENTUR al 2025, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 231-2016-MINCETUR, señala que corresponde al MINCETUR promover estrategias para la consolidación de la política de inclusión, mediante el desarrollo de iniciativas y programas que buscan el involucramiento y participación directa de las comunidades locales;

Que, la Dirección de Innovación de la Oferta Turística de la Dirección General de Estrategia Turística, conforme a sus atribuciones, ha elaborado el proyecto de documento normativo denominado “Lineamientos para el desarrollo del Turismo Social en el Perú”;

Que, los Lineamientos propuestos tienen como finalidad presentar el marco normativo y metodológico para el desarrollo ordenado del turismo social en nuestro país orientado a los tres niveles de gobierno, así como a todas las instituciones privadas y públicas vinculadas con el desarrollo del turismo social;

Que, en ese sentido, la aprobación de los Lineamientos antes señalados contribuirá a la creación o adaptación de productos y servicios turísticos adecuados para el público objetivo (personas con discapacidad, adultos mayores, jóvenes, niños, entre otros); así como de mecanismos o instrumentos que permitan que la mayoría de los peruanos disfruten de los beneficios de la actividad turística de una manera idónea;

Que, conforme a lo sustentado en los documentos del visto, corresponde aprobar el proyecto de documento normativo denominado “Lineamientos para el desarrollo del Turismo Social en el Perú”; y,

De conformidad con la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo; la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el documento normativo denominado “Lineamientos para el desarrollo del Turismo Social en el Perú”, el cual forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Estrategia Turística el seguimiento y supervisión del cumplimiento de los Lineamientos aprobados mediante la presente Resolución.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, y los Lineamientos aprobados por el artículo 1 en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDGAR M. VASQUEZ VELA

Ministro de Comercio Exterior y Turismo

1844471-1