Designan responsables titular y alterno de entregar la información de acceso público de la Superintendencia Nacional de Salud
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
N° 183-2024-SUSALUD/S
Lima, 4 de setiembre de 2024
VISTOS:
El Memorándum N° 000248-2024-SUSALUD-GG, de la Gerencia General, y, los Informes N° 000940-2024-SUSALUD-OGAJ y N° 000941-2024- SUSALUD-OGAJ, ambos de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 021-2019-JUS, se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, con la finalidad de promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú. Asimismo, se dispone que las entidades públicas designen al funcionario responsable de entregar la información solicitada;
Que, conforme al numeral 8.1 del artículo 8 del Reglamento de la Ley N° 27806, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2024-JUS, dispone que es obligación de la máxima autoridad de la entidad, designar al funcionario responsable de atender las solicitudes de acceso a la información mediante Resolución que deberá ser publicada en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad;
Que, el numeral 8.2 del artículo 8 del citado Reglamento señala que la entidad coloca copia de la resolución de designación en lugar visible de su Sede Central y en cada uno de sus Órganos Desconcentrados y/u Oficinas Desconcentradas. Opcionalmente, puede publicar la Resolución en el Diario Oficial El Peruano;
Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 136-2024-SUSALUD/S, se designó a los abogados Georgina María Alcántara Medrano y Carlos Enrique Pinillos Salas como responsables titular y alterno, respectivamente, de entregar la información de acceso público de la Superintendencia Nacional de Salud, en adición a sus funciones de Asesor de Gerencia General y especialista legal de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
Que, de acuerdo a los documentos de vistos, se informa que resulta necesario designar a un nuevo responsable titular de entregar la información de acceso público de la Superintendencia Nacional de Salud, conforme a la propuesta efectuada por la Gerencia General; asimismo, a efectos de garantizar la continuidad y la oportuna atención de las solicitudes de información presentadas por los ciudadanos, corresponde designar a un servidor que ejerza las funciones de responsable alterno que reemplazará al titular en su ausencia;
Con los vistos del Gerente General y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Superintendencia Nacional de Salud, y;
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1158, Decreto Legislativo que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud y su modificatoria; el Decreto Supremo N° 021-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Salud, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 008-2014-SA;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Superintendencia N° 136-2024-SUSALUD/S.
Artículo 2.- DESIGNAR al M.C. ZOEL ANÍBAL HUATUCO COLLANTES, como responsable titular de entregar la información de acceso público de la Superintendencia Nacional de Salud, en adición a sus funciones de Asesor de la Gerencia General de la Superintendencia Nacional de Salud, sin irrogar gasto adicional a la entidad.
Artículo 3.- DESIGNAR al abogado CARLOS ENRIQUE PINILLOS SALAS, como responsable alterno de entregar la información de acceso público de la Superintendencia Nacional de Salud, quien reemplazará al titular en su ausencia, en adición a sus funciones de especialista legal de la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Superintendencia Nacional de Salud, sin irrogar gasto adicional a la entidad.
Artículo 4.- NOTIFICAR la presente resolución a los interesados y a todos los órganos de la Superintendencia Nacional de Salud para conocimiento y fines correspondientes.
Artículo 5.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en portal institucional de la Superintendencia Nacional de Salud (www.gob.pe/susalud).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ ELÍAS CABREJO PAREDES
Superintendente
2321869-1