Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan viaje de personal policial a España en misión de estudios

Autorizan viaje de personal policial a España, en misión de estudios

Resolución Ministerial

Nº 1121-2024-IN

Lima, 4 de septiembre de 2024

VISTOS, el Oficio Nº 1589-2024-COMOPPOL/DIRASINT-DIVABI de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú; y el Informe Nº 001533-2024-IN-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Oficio Nº Reg. Salida 170/2024, de fecha 16 de abril de 2024, la Agregada de Interior de España acreditada en el Perú se dirige al Director de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú con el propósito de informar acerca del ofrecimiento de una (1) beca integral para que el personal policial participe en el “1º Curso de Formación Superior para la Escala Ejecutiva de la Policía Nacional 2024-2025”, que se desarrollará del 8 de septiembre de 2024 al 21 de junio de 2025, en las instalaciones de la Escuela Nacional de Policía, ubicada en la ciudad de Ávila del Reino de España;

Que, a través del Informe Nº 65-2024-COMOPPOL/DIRAVPOL-SEC-UNIPLEDU, la Dirección de Aviación Policial, sustenta la importancia y viabilidad de la designación del Teniente de la Policía Nacional del Perú ALFREDO FERNANDO MAGÑI LA ROSA, para que participe en el citado evento;

Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 239-2024- COMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú estima conveniente se prosiga con el trámite de expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en misión de estudios, del 6 de septiembre de 2024 al 22 de junio de 2025, del Teniente de la Policía Nacional del Perú ALFREDO FERNANDO MAGÑI LA ROSA, a fin de que participe en el “1º Curso de Formación Superior para la Escala Ejecutiva de la Policía Nacional 2024-2025”, que se desarrollará del 8 de septiembre de 2024 al 21 de junio de 2025, en la ciudad de Ávila del Reino de España; por cuanto, permitirá al personal policial adquirir nuevos conocimientos y experiencias, fortaleciendo así sus capacidades, destrezas y habilidades para el desarrollo de sus labores en la Policía Nacional del Perú;

Que, la participación del mencionado personal policial en el evento antes indicado, se encuentra en el ámbito de las competencias de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de pasajes aéreos (ida y vuelta), hospedaje, manutención, material didáctico y seguro médico, son asumidos por la Secretaría de Estado de Seguridad del Reino de España, de conformidad con lo dispuesto en el Oficio Nº Reg. Salida 170/2024 y la comunicación electrónica de fecha 25 de junio de 2024; asimismo, los gastos que irroguen por compensación extraordinaria por los días que el mencionado Oficial Subalterno se encuentre en el exterior por misión de estudios, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme se indica en la Hoja de Estudio y Opinión Nº 239-2024-COMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI, en el Informe Nº 418-2024-DIRADM-DIVECO-PNP-RYV-SECC.RED y en la Certificación de Crédito Presupuestario Nota Nº 0000002717;

Que, conforme al artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, “El personal policial tiene los siguientes derechos: (…) 3) Formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente. (…)”;

Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter oficial comprenden las modalidades siguientes: Misión de estudios (…)”;

Que, el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN, en su artículo 1, dispone “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG (…)”;

Que, la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, en su artículo 10 establece que “10.1. Durante el Año Fiscal 2024, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)”;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”;

Que, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, en su artículo 1, establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley Nº 27619 y el presente Reglamento”;

Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (…)”;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, se establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior;

Que, a través del informe de Vistos, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable tramitar el proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior, en misión de estudios, del Teniente de la Policía Nacional del Perú ALFREDO FERNANDO MAGÑI LA ROSA, del 6 de septiembre de 2024 al 22 de junio de 2025, en la ciudad de Ávila del Reino de España;

Con el visado de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,

De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, mediante el cual se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Teniente de la Policía Nacional del Perú ALFREDO FERNANDO MAGÑI LA ROSA, del 6 de septiembre de 2024 al 22 de junio de 2025, a la ciudad de Ávila del Reino de España, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2.- Los gastos por concepto de compensación extraordinaria que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:

Moneda

Importe

Días

Personas

Total

Compensación extraordinaria

25.52

115

1

2 934,80

Artículo 3.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por misión de estudios se hará por los días reales y efectivos en el exterior, de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fiscal correspondiente.

Artículo 4.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza, presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por la compensación extraordinaria asignada, de corresponder.

Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Juan José Santiváñez Antúnez

Ministro del Interior

2321925-1