Otorgan la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 000333-2024-MC
San Borja, 5 de septiembre de 2024
VISTOS: el Memorando N° 000191-2024-VMI/MC del Viceministerio de Interculturalidad; la Hoja de Elevación N° 000120-2024-DGCI-VMI/MC de la Dirección General de Ciudadanía Intercultural; el Informe N° 001282-2024-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el literal d) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura prevé como función exclusiva de este ministerio, convocar y conceder reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;
Que, el artículo 84 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura establece que la Dirección General de Ciudadanía Intercultural está encargado del diseño y la ejecución de políticas integrales de interculturalidad, de defensa, protección y promoción de los derechos de los pueblos indígenas y población afroperuana promoviendo la pluralidad étnica y cultural, construyendo una ciudadanía intercultural y combatiendo la discriminación étnico racial;
Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva N° 002-2016-MC, Directiva para el otorgamiento de reconocimientos del Ministerio de Cultura, aprobada por Resolución Ministerial N° 107-2016-MC, establece que Personalidad Meritoria de la Cultura es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte significativo al desarrollo cultural del país;
Que, mediante el Informe N° 000036-2024-DIN-DGCI-VMI-SCP/MC, la Dirección de Políticas Indígenas, en el marco del día internacional de la mujer indígena, propone otorgar la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura a la señora Eva Angélica Ortiz Rigle, opinión que es compartida por el Viceministerio de Interculturalidad conforme con lo que se describe en el Memorando N° 000191-2024-VMI/MC;
Que, la señora Eva Angélica Ortiz Rigle pertenece a la Nación Yanesha, se traslada a la ciudad de Lima para continuar sus estudios secundarios, sin embargo, a los 15 años retorna a su distrito Palcazú toda vez que iba a ser madre. A partir de ese momento, comienza su lucha por el empoderamiento de las mujeres de su comunidad indígena, pues durante años vio como las mujeres y niños de su comunidad sufrían de violencia y se les negaba el derecho de participar en las decisiones que los involucraban a ellas y a su comunidad, a la edad de 17 años fue presidente del club de vaso de leche de su comunidad, a partir de entonces comienza a asumir diferentes cargos en su comunidad;
Que, en el año 2014 fue parte del equipo técnico de la Federación de Comunidades Nativas Yanesha (FECONAYA) y en 2016 continúa su lucha para hacer valer la voz de las mujeres indígenas, solicitando reiteradas veces que se cambie el estatuto de la FECONAYA, para que las mujeres puedan tener también participación con voz y voto, logrando dicho cambio, hecho histórico que reconoce como su primer logro;
Que, en su lucha por visibilizar la violencia contra las mujeres, niños y adolescentes indígenas de su comunidad, en el año 2017 el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables la capacita y orienta sobre la Ley de violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar. Se prepara dos años para poder ser portavoz de las mujeres indígenas de su comunidad;
Que, condujo, además, un programa radial denominado Un grito de silencio esta experiencia duro dos años; en este programa, brindaba información sobre la violencia contra la mujer e integrantes de grupo familiar y la forma de buscar apoyo, para lo cual invitaba a servidores públicos del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, del Seguro Integral de Salud y de la Policía Nacional del Perú con la finalidad de que puedan informar sobre sus competencias y su labor en la protección de las mujeres, niñas y adolescentes indígenas víctimas de violencia;
Que, con el fin de que las mujeres de su comunidad, víctimas de violencia familiar, no retomen su relación con sus agresores por el factor de dependencia económica, organiza el primer festival de telas teñidas en el que participaron diez comunidades de Iscozacin. Con esta actividad, busca, además, incentivar a las mujeres a empoderarse económicamente; ella se encarga de la gestión, busca eventos donde ellas puedan vender sus productos y donde puedan hacer decoraciones con identidad Yanesha;
Que, por otro lado, viene impulsando el proyecto corazones solidarios para apoyar a ancianos, mujeres y niños, y sobre todo para visibilizar a las mujeres de su comunidad, contribuyendo así con la lucha contra la discriminación contra las mujeres indígenas por razones de género, situación socioeconómica, entre otras razones, buscando garantizar los derechos económicos sociales y culturales de las mujeres de su comunidad;
Que, estando a lo desarrollado, resulta necesario emitir el acto resolutivo que otorgue el reconocimiento como Personalidad Meritoria de la Cultura, en tal sentido, el análisis y las conclusiones del informe citado constituye parte integrante de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS;
Con los vistos del Viceministerio de Interculturalidad, de la Dirección General de Ciudadanía Intercultural, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y la Directiva N° 002-2016/MC, Directiva para el otorgamiento de reconocimientos del Ministerio de Cultura, aprobada por la Resolución Ministerial N° 107-2016-MC;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Otorgar la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura a la señora EVA ÁNGELICA ORTIZ RIGLE por su valiosa labor y amplia trayectoria en los derechos de la mujer y la niñez indígena y su contribución en la autonomía económica de las mujeres indígenas de su comunidad, constituyendo ello un valioso aporte a la pluralidad étnica y cultural de la Nación.
Artículo 2.- Remitir copia de la resolución a la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional para los fines pertinentes.
Artículo 3.- Disponer la publicación de esta resolución en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FABRICIO ALFREDO VALENCIA GIBAJA
Ministro de Cultura
2322068-1