Autorizan viaje de servidora del Instituto Nacional de Calidad - INACAL a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 000356-2024-PRODUCE
Lima, 3 de setiembre de 2024
VISTOS: El Oficio N° 216-2024-INACAL/PE del Instituto Nacional de Calidad -INACAL; el Memorando N° 00000894-2024-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; y el Informe N° 00000933-2024-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante comunicación de fecha 6 de marzo de 2024, la Organización Internacional de Normalización (ISO, por sus siglas en inglés) remite la invitación a la Dirección de Normalización del Instituto Nacional de Calidad (en adelante INACAL) para que participe en la Asamblea General de la Organización Internacional de Normalización (ISO) y reuniones conexas a realizarse en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, del 9 al 13 de setiembre de 2024;
Que, a través del Oficio N° 216-2024-INACAL/PE, el INACAL solicita la autorización de viaje de la señora LILY GISELLA ELLIOT BLAS, servidora de la Dirección de Normalización del INACAL, para que participe en el citado evento;
Que, de acuerdo a lo señalado en el considerando precedente, el citado viaje se encuentra técnica, presupuestal y legalmente sustentado en el Memorando N° 646-2024-INACAL/OA, la Nota N° 433-2024-INACAL/OA-RRHH, los Informes Nos 010-2024-INACAL/DN, 00048-2024-INACAL/OCOOP, 0032-2024-INACAL/OA-CNT, 117-2024-INACAL/OA-ABAS, 115-2024-INACAL/OPP y 178-2024-INACAL/OAJ, así como en las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nos 0000002193 y 000002238, emitidas por la Oficina de Administración, el Equipo Funcional de Recursos Humanos, la Dirección de Normalización, la Oficina de Cooperación Internacional, el Equipo Funcional de Contabilidad, el Equipo Funcional de Abastecimiento, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina de Asesoría Jurídica, todos del INACAL;
Que, el Informe Técnico Sustentatorio de la Oficina de Cooperación Internacional del INACAL señala que la participación de la señora LILY GISELLA ELLIOT BLAS, servidora de la Dirección de Normalización del INACAL en la Asamblea General de la ISO y reuniones conexas, es de interés institucional debido a que durante su realización se llevarán a cabo eventos a los cuales sólo se podrá acceder de manera presencial, obteniéndose información relevante para potenciar y posicionar la participación de la entidad a nivel internacional y definir sus prioridades de trabajo; asimismo, la participación de la mencionada servidora representa una oportunidad importante para conocer el estado de la normalización internacional y su visión a futuro, manifestar las demandas en materia de normalización y establecer alianzas con organismos pares y de cooperación internacional; adicionalmente se informa que la participación al citado evento irroga gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos;
Que, mediante el Memorando N° 00000894- 2024-PRODUCE/DVMYPE-I el Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción remite la solicitud de autorización de viaje para la tramitación correspondiente, en el marco de la Directiva General N° 001-2020-PRODUCE-DM “Lineamientos para la autorización de viajes al exterior en el Ministerio de la Producción”;
Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, señala que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se autoriza conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores públicos y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;
Que, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Público;
Que, los artículos 2 y 3 de la precitada Ley, disponen que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deben sustentar en el interés nacional o institucional, y que deben publicarse en el diario oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;
Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, señala que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado y que irrogue algún gasto al Tesoro Público, se otorgará de acuerdo a lo dispuesto por la Ley N° 27619 y conforme a las disposiciones contenidas en su Reglamento; asimismo establece que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley antes mencionada y su Reglamento;
Que, el artículo 2 del referido Decreto Supremo dispone que la Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac (tarifa única de uso de aeropuerto - TUUA); sin perjuicio de ello, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 031- 2020-PRODUCE se aprueba la Directiva General N° 001-2020-PRODUCE-DM denominada “Lineamientos para la autorización de viajes al exterior en el Ministerio de la Producción”, la cual regula el procedimiento a seguir en el Ministerio de la Producción, para la autorización de viajes al exterior del territorio nacional de los funcionarios y servidores de los órganos, unidades orgánicas, programas, y organismos adscritos, en comisión de servicios, por capacitación o representación del Sector Producción;
Que, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos precedentes, resulta de interés institucional autorizar el viaje en comisión de servicios de LILY GISELLA ELLIOT BLAS, servidora de la Dirección de Normalización del INACAL, para que participe en la Asamblea General de la ISO y reuniones conexas; además, la referida autorización de viaje al exterior cumple con las disposiciones establecidas en la Directiva General N° 001-2020-PRODUCE-DM;
Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos son cubiertos con cargo a los recursos del Presupuesto Institucional 2024 del Pliego 244: Instituto Nacional de Calidad;
Con las visaciones del Instituto Nacional de Calidad, del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y, la Resolución Ministerial N° 031-2020-PRODUCE, que aprueba la Directiva General N° 001-2020-PRODUCE-DM denominada “Lineamientos para la autorización de viajes al exterior en el Ministerio de la Producción”;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de la señora LILY GISELLA ELLIOT BLAS, servidora del Instituto Nacional de Calidad - INACAL, del 8 de setiembre de 2024 al 13 de setiembre de 2024, para que participe en la Asamblea General de la Organización Internacional de Normalización (ISO) y reuniones conexas que se realizarán en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia.
Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los pasajes aéreos y viáticos que demande el viaje que se autoriza en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, son cubiertos con cargo a los recursos del Presupuesto Institucional 2024 del Pliego 244: Instituto Nacional de Calidad, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y Apellidos |
Pasajes aéreos (incluido TUUA) + service fee US$ |
Viáticos por 05 días + 1 instalación y traslado (US$ 370.00 por día) US$ |
Total US$ |
LILY GISELLA ELLIOT BLAS |
702,10 |
2 220,00 |
2 922,10 |
Artículo 3.- Dentro de los 15 días calendario siguientes de efectuado el viaje, la servidora autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial debe presentar un informe detallado de las acciones realizadas conforme a la Directiva General N° 001-2020-PRODUCE-DM denominada “Lineamientos para la autorización de viajes al exterior en el Ministerio de la Producción”, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 031-2020-PRODUCE.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SERGIO GONZALEZ GUERRERO
Ministro de la Producción
2321334-1