Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan viaje de oficial del Ejército del Perú a España en misión de estudios

Autorizan viaje de oficial del Ejército del Perú a España, en misión de estudios

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 00921-2024-DE

Lima, 29 de agosto del 2024

VISTOS:

El Oficio N° 166 SCGE/N-04 de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú; el Oficio N° 02585-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01473-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Oficio N° D-OC-SG-140G4501-S-24-000038 el Agregado de Defensa a la Embajada de España en el Perú informa al Director de Relaciones Internacionales del Ejército del Perú que, con relación al Programa de Cooperación Internacional en Materia de Enseñanza Militar (PCIMEM) 2024-2025, se ha asignado una (1) vacante para que un representante del Ejército del Perú participe en el Curso de Estado Mayor de las Fuerzas Armadas, que se realizará del 1 de abril al 21 de junio de 2024 en su fase a distancia y del 9 de setiembre de 2024 al 27 de junio de 2025 en fase presencial;

Que, a través de la Hoja de Recomendación N° 016/U-4.b.3/05.00 del 22 de mayo de 2024, elaborada por la jefatura de Educación del Ejército del Perú y aprobada por la Comandancia General del Ejército del Perú, se designa al Mayor EP Luis Andrés Edison MORALES GARAY para participar en la fase presencial del citado curso;

Que, conforme a la Exposición de Motivos suscrita por el Jefe de Educación del Ejército del Perú, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Mayor EP Luis Andrés Edison MORALES GARAY para que participe en el en la fase presencial del Curso de Estado Mayor de las Fuerzas Armadas; porque permitirá disponer de personal altamente capacitado, con nuevos conocimientos y experiencias que contribuirán a elevar su formación militar y nivel profesional, a fin de que, posteriormente, dichos conocimientos adquiridos sean vertidos en provecho del Ejercito del Perú; asimismo, permitirá al Oficial Superior incrementar sus conocimiento en temas diseñados para educar y capacitar a Oficiales, Técnicos y Suboficiales, así como para operar en entornos complejos del Ejercito del Perú;

Que, mediante Dictamen Legal N° 2110-2024/OAJE la Oficina de Asuntos Jurídicos del Ejército opina que resulta viable autorizar el viaje al exterior del mencionado Oficial Superior para participar en la fase presencial del Curso de Estado Mayor de las Fuerzas Armadas, a realizarse en la Escuela Superior de las Fuerzas Armadas (ESFAS) del Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional (CESEDEN), ciudad de Madrid, Reino de España, por encontrarse enmarcado dentro de la normativa vigente;

Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos s/n del 23 de agosto de 2024 suscrita por la Jefatura de Educación del Ejército del Perú, los gastos por concepto de pasaje aéreo internacional de ida, compensación extraordinaria por servicio en el extranjero y gasto de traslado de ida, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, conforme a lo establecido en el artículo 13 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y en los incisos a) y c) del artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG;

Que, conforme a las Certificaciones de crédito presupuestario N° 0000004914, N° 0000004915 y N° 0000000204 emitidas por el Jefe de la Oficina de Presupuesto del Ejercito, se garantiza el financiamiento del presente viaje durante el Año Fiscal 2024;

Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de garantizar la participación oportuna del Oficial Superior en el referido curso, resulta necesario autorizar su salida del país con dos (2) días de anticipación, así como su retorno dos (2) días después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público;

Que, con Oficio N° 166 SCGE/N-04 la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú remite a este Ministerio el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza el viaje al exterior, en misión de estudios, del Mayor EP Luis Andrés Edison MORALES GARAY para participar en la fase presencial del Curso de Estado Mayor de las Fuerzas Armadas, que se realizará en la Escuela Superior de las Fuerzas Armadas (ESFAS) del Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional (CESEDEN), ciudad de Madrid, Reino de España, del 9 de setiembre de 2024 al 27 de junio de 2025, así como autorizar su salida del país el 7 de setiembre de 2024 y su retorno el 29 de junio de 2025;

Que, a través del Oficio N° 02585-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN la Dirección General de Relaciones Internacionales remite el Informe Técnico N° 048-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN-LLLU, que contiene la opinión técnica favorable de la mencionada Dirección General respecto a la autorización del viaje al exterior, en misión de estudios, de referido Oficial Superior;

Que, mediante el Informe Legal N° 01473-2024-MINDEF/SG-OGAJ la Oficina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en misión de estudios, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicio y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú;

Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley N° 28359, Ley de situación militar de los oficiales de las fuerzas armadas, el Oficial nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio previsto en dicho artículo;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 31953, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a los montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal Militar y Civil del Sector Defensa e Interior.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Mayor EP Luis Andrés Edison MORALES GARAY, identificado con DNI N° 43596131 y CIP N° 122647900, para participar en la fase presencial del Curso de Estado Mayor de las Fuerzas Armadas, a realizarse en la Escuela Superior de las Fuerzas Armadas (ESFAS) del Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional (CESEDEN), ciudad de Madrid, Reino de España, del 9 de setiembre de 2024 al 27 de junio de 2025; asimismo, autorizar su salida del país el 7 de setiembre de 2024 y su retorno el 29 de junio de 2025.

Artículo 2.- El Ejército del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo a los siguientes conceptos:

Pasajes aéreos (ida): Lima - Madrid (Reino de España)

clase económica

US$ 1,800.00 x 1 persona US$ 1,800.00

Gastos de Traslado (ida): equipaje, bagaje e instalación

€ 5,052.50 x 1 x 1 persona € 5,052.50

Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero:

€ 5,052.50/30 x 22 días x 1 persona (09 - 30 Set 2024) € 3,705.17

€ 5,052.50 x 3 meses x 1 persona (Oct - Dic 2024) € 15,157.50

Total a pagar en dólares americanos US$ 1,800.00

Total a pagar en euros € 23,915.17

Artículo 3.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en misión de estudios se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Ejército del Perú del año fiscal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente.

Artículo 4.- El monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero será reducido por el Ejército del Perú en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF.

Artículo 5.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero se hace por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nª 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nª 262-2014-EF.

Artículo 6.- El Comandante General del Ejército del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados, variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni la designación el personal autorizado.

Artículo 7.- El Oficial Superior designado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 8.- El citado Oficial Superior está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia.

Artículo 9.- El Oficial Superior autorizado revistará en la Oficina Administrativa del Cuartel General del Ejército del Perú, durante el período que dure la misión de estudios en el exterior.

Artículo 10.- La presente autorización de viaje al exterior no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ

Ministro de Defensa

2320778-1