Declaran Patrimonio Cultural de la Nación el “Primer Libro de Actas de Sesiones del Concejo Distrital de San Isidro” (1931-1933)
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
N° 000256-2024-VMPCIC/MC
San Borja, 29 de agosto del 2024
VISTOS: el Oficio N° 000192-2024-AGN/JEF de la Jefatura Institucional del Archivo General de la Nación; la Hoja de Elevación N° 000536-2024-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú prescribe que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública; los mismos que se encuentran protegidos por el Estado;
Que, de acuerdo con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación son bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación todo lugar, sitio, paisaje, edificación, espacio o manifestación material o inmaterial relacionada o con incidencia en el quehacer humano, que por su importancia, significado y valor arqueológico, arquitectónico, histórico, urbanístico, artístico, militar, social, simbólico, antropológico, vernacular o tradicional, religioso, etnológico, científico, tecnológico, industrial, intelectual, literario, documental o bibliográfico sea expresamente declarado como tal o sobre el que exista la presunción legal de serlo;
Que, el numeral 1.2 del artículo 1 de la norma establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nación los bienes materiales muebles, entre los que se encuentran los documentos bibliográficos o de archivo y testimonios de valor histórico, manuscritos raros, incunables, libros, documentos, fotos, negativos, daguerrotipos y publicaciones antiguas de interés especial por su valor histórico, artístico, científico o literario y otros que sirvan de fuente de información para la investigación en los aspectos científico, histórico, social, político, artístico, etnológico y económico;
Que, de conformidad con lo establecido en el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura es competencia exclusiva de este ministerio, realizar acciones de declaración del Patrimonio Cultural de la Nación. Asimismo, el literal a) del artículo 14 de la norma señala que corresponde al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, el artículo 19 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación dispone que el Ministerio de Cultura, la Biblioteca Nacional y el Archivo General de la Nación, están encargados de la identificación, inventario, inscripción, registro, investigación, protección, conservación, difusión y promoción de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación de su competencia;
Que, además, el literal b) del artículo 25 del Reglamento de Organización y Funciones del Archivo General de la Nación, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2018-MC, señala que la Dirección de Archivo Histórico es el órgano de línea responsable de identificar, inscribir y registrar los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación en el ámbito de su competencia;
Que, mediante Oficio N° 000128-2024-0100-ALC/MSI de fecha 28 de junio de 2024, la alcaldesa de la Municipalidad Distrital de San Isidro, solicita a la Jefatura del Archivo General de la Nación, realizar la gestión de declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación del “Primer Libro de Actas de Sesiones del Concejo Distrital de San Isidro” (1931-1933), el mismo que se encuentra en custodia del Archivo Central de la Municipalidad Distrital de San Isidro;
Que, con el Oficio N° 000192-2024-AGN/JEF la Jefatura Institucional del Archivo General de la Nación propone la declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación del “Primer Libro de Actas de Sesiones del Concejo Distrital de San Isidro” (1931-1933);
Que, la Dirección de Archivo Histórico a través del Informe N° 000168-2024-AGN/DAH-URDPD e Informe N° 000079-2024-AGN/DAH-URDPD-BRC señala que el documento presenta una serie de valores históricos y memoria colectiva nacional, como un testimonio de la actuación de los ciudadanos del distrito de San Isidro, en el establecimiento y organización de su comunidad, siendo actualmente uno de los distritos más notables de Lima. Asimismo, precisa que, el libro consta de una serie de actas que abarcan parte de la trayectoria histórica inicial del distrito, nacido de las tres urbanizaciones e independizado de la jurisdicción de Miraflores, el libro recoge los inicios de la organización de la comunidad san isidrina y su alcaldía;
Que, el valor histórico del libro y sus actas, se encuentra en los aspectos de la organización de San Isidro y sobre el contexto local peruano de fines del Oncenio de Leguía y gobierno militar de Sánchez Cerro;
Que, asimismo, las actas dan cuenta de diversos aspectos económicos y sociales sobre la expansión urbana de Lima y el desarrollo de uno de los distritos más organizados y conocidos de la actual capital;
Que, por las razones expuestas, resulta procedente la declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación y, en ese sentido, los informes citados constituyen partes integrantes de la presente resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS;
Con los vistos del Archivo General de la Nación y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación el “Primer Libro de Actas de Sesiones del Concejo Distrital de San Isidro” (1931-1933), conforme se aprecia en los anexos que forman parte integrante de esta resolución.
Artículo 2.- Notificar la presente resolución al Archivo General de la Nación y a la Municipalidad Distrital de San Isidro.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la resolución en el Diario oficial “El Peruano”. La resolución y sus anexos se publican en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) el mismo día de la publicación en el diario oficial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARMEN INES VEGAS GUERRERO
Viceministra de Patrimonio Cultural
e Industrias Culturales
2320589-1