Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Conceden licencia a docente de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco para participar en evento a realizarse en Brasil

Conceden licencia a docente de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco para participar en evento a realizarse en Brasil

UNIVERSIDAD NACIONAL

DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO

SECRETARÍA GENERAL

RESOLUCIÓN N° CU-283-2024-UNSAAC

Cusco, 31 de mayo de 2024

EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO

VISTO, el Oficio Nro. 199-2024-VRAC-UNSAAC, signado con expediente Nro. 636526, presentado por la DRA. PAULINA TACO LLAVE, Vicerrectora Académica de la Institución elevando opinión favorable para otorgar Licencia con Goce de Haber a favor de la Dra. Carla del Carpio Jiménez, para participar en el “34 Congreso de la International Federación Of Societies of Cosmetic Chemist (IFSCC)” que se desarrollará en Iguazu Falls – Brasil del 14 al 17 de octubre de 2024, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante documento de Visto, la Vicerrectora Académica de la Institución, en atención a la petición de la Dra. Carla del Carpio Jiménez, emite opinión favorable y eleva los actuados para que se emita Resolución otorgando Licencia con Goce de Haber a favor de la Dra. Carla del Carpio Jiménez, para participar en el “34 Congreso de la International Federación Of Societies of Cosmetic Chemist (IFSCC)” que se desarrollará en Iguazu Falls – Brasil del 14 al 17 de octubre de 2024;

Que, al respecto, mediante Oficio Nro. 141-2024-D-FCSS-UNSAAC, el Decano de la Facultad de Ciencias de la Salud de la Institución, señala que la Junta de Docentes del Departamento Académico de Farmacia de la Facultad de Ciencias de la Salud, en Junta Extraordinaria de Docentes de fecha 30 de abril de 2024, ha aprobado por unanimidad la petición de Licencia con Goce de Haber de la Dra. Carla del Carpio Jiménez; motivo por el cual solicita se apruebe dicha petición;

Que, obra en el expediente el Informe Escalafonario Nº 905-2024-SUEP-URH-DIGA-UNSAAC (VIRTUAL) emitido por la Jefe de la Sub Unidad de Escalafón y Pensiones de la Unidad de Recursos Humanos de la Institución, correspondiente a la Dra. Carla del Carpio Jiménez, donde se precisa que la referida docentes es ratificada en la categoría y régimen de Profesora Principal a Dedicación Exclusiva, mediante Resolución Nro. CU-519-2023-UNSAAC de fecha 24 de noviembre de 2023, con eficacia anticipada al 28 de octubre de 2023;

Que, conforme a lo señalado la Jefa de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha expedido el Informe de Disponibilidad de Crédito Presupuestario Nº 1027-2024, indicado que existe crédito presupuestal para atender lo solicitado;

Que, la petición ha sido puesta a Consideración del Consejo Universitario, en Sesión Ordinaria efectuada el 28 de mayo de 2024, siendo aprobado por unanimidad;

Estando a lo referido, al acuerdo de Consejo Universitario, Ley Nro. 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2024, Ley 27619, Decreto Supremo 047-2002-PCM y en uso de las atribuciones conferidas al Rectorado por la Ley Nro. 30220, Ley Universitaria y Estatuto Universitario;

RESUELVE:

Primero.- CONCEDER Licencia con Goce de Haber a favor de la DRA. CARLA DEL CARPIO JIMÉNEZ, Profesora Principal a Dedicación Exclusiva en el Departamento Académico de Farmacia de la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, para participar en el “34 CONGRESO DE LA INTERNATIONAL FEDERACIÓN OF SOCIETIES OF COSMETIC CHEMIST (IFSCC)” que se desarrollará en Iguazu Falls - Brasil del 14 al 17 de octubre de 2024.

Segundo.- AUTORIZAR a la Dirección General de Administración, otorgue a favor de la DRA. CARLA DEL CARPIO JIMÉNEZ lo siguiente:

– Viáticos y asignaciones en el importe total de

S/ 5,505.06 (US$ 370.00 = T.C. 3.720 a la fecha SBS)

– Difusión en diario oficial

– Pasajes y gastos de transporte

Tercero.- EL EGRESO que se origine por aplicación de la presente Resolución se atenderá con cargo al Informe de Disponibilidad de Crédito Presupuestario Nº 1027-2024, de acuerdo al anexo que forma parte de la presente resolución.

Cuarto.- DISPONER, que la Unidad de Abastecimiento de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad con lo establecido en el Art. 3º de la Ley 27619.

Quinto.- DEJAR ESTABLECIDA la obligación de la citada docente, de presentar ante la Dirección General de Administración, el Formato Nro. 1 Declaración de Compromiso; asimismo está en la obligación de presentar la rendición de cuenta documentada con los comprobantes de pago que constituyen la sustentación del gasto (Facturas, Boletas de Venta y/o Electrónica, Tickets, Boletos de Viaje y Declaración de Gastos realizados solamente por movilidad local y otros gastos diversos en el lugar de Comisión de Servicio e hasta por el 30 % del monto total y el 70% deberá de sustentarse con alimentación y alojamiento (caso de no adjuntar gastos de alojamiento se tomara hasta un 40% en alimentación), debidamente girados a nombre de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco-UNSAAC, por concepto de ALIMENTACIÓN, ALOJAMIENTO Y/O MOVILIDAD LOCAL; rendición de cuentas que debe ser presentada en el plazo máximo de diez (10) días hábiles, computados desde su retorno a la ciudad del Cusco, perdiendo el derecho luego del citado periodo, el Formato 3 deberá ser remitido de manera virtual al Correo Electrónico Institucional área.integracioncontable@unsaac.edu.pe el mismo día de la presentación de la documentación física, con tenor “Rendición de Cuentas, Resolución Nro., Nombre del Beneficiario, Formatos Nros. 02, 03 y 04 aprobados con Resolución Nro. CU-0348-2016-UNSAAC de fecha 24 de noviembre de 2016 proporcionados por el Área de Tesorería de la Dirección General de Administración; igualmente presentará copia del certificado ante el Área de Escalafón e informe ante el Decanato de Facultad, Vicerrectorado de Investigación y Despacho Rectoral, respectivamente.

Sexto.- DISPONER que al vencimiento del plazo establecido, la Dirección General de Administración, deberá comunicar el incumplimiento a la Unidad de Recursos Humanos, para la correspondiente retención en Planilla Única de Pagos y demás acciones contempladas en el Numeral 7.1.6.3 de la DIRECTIVA PARA AUTORIZACIÓN DE VIAJES Y OTORGAMIENTO DE VIÁTICOS POR COMISIÓN DE SERVICIO DENTRO Y FUERA DEL PAÍS de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, aprobada por Resolución Nº CU-0348-2016-UNSAAC.

El Vicerrectorado Académico y la Unidad de Recursos Humanos adoptarán las medidas complementarias del caso, para el cumplimiento de la presente resolución.

Regístrese, comuníquese y archívese.

ELEAZAR CRUCINTA UGARTE

Rector

2295451-1