Designan Comisionado del Perú ante la Comisión Ballenera Internacional (CBI)
Resolución Ministerial
N° 0661-2024-RE
Lima, 29 de agosto de 2024
VISTOS:
El Memorándum N° DSL007202024 de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, de 1 de agosto de 2024; la Hoja de Trámite (GAC) N° 3179 del Despacho Viceministerial, de 5 de agosto de 2024; y, el Memorándum N° OAP026192024 de la Oficina de Administración de Personal, de 22 de agosto de 2024;
CONSIDERANDO:
Que, la Comisión Ballenera Internacional (CBI) es una organización internacional de carácter multilateral responsable de la gestión de la caza y la conservación de las ballenas, establecida mediante la “Convención Internacional para la Reglamentación de la Caza de la Ballena”, adoptada en Washington D.C, Estados Unidos de América, el 2 de diciembre de 1946;
Que, el Perú es un Estado parte de la referida Convención, y Miembro de la Comisión Ballenera Internacional, desde el 18 de junio de 1979;
Que, el artículo III de la referida Convención establece que la Comisión Ballenera Internacional estará compuesta por un miembro de cada uno de sus Estados parte;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 0674-2016-RE, de 20 de julio de 2016, se designó al Director de Asuntos Marítimos de la Dirección General de Soberanía, Límites, y Asuntos Antárticos como Comisionado del Perú ante la Comisión Ballenera Internacional (CBI);
Que, mediante la Resolución Viceministerial N° 0432-2024-RE, de 17 de junio de 2024, se designó al Ministro en el Servicio Diplomático de la República Julio Armando Reinoso Calderón como Director de Asuntos Marítimos, de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, a partir del 15 de julio de 2024;
Que, en consecuencia, resulta necesario designar al citado funcionario diplomático como Comisionado del Perú ante la Comisión Ballenera Internacional (CBI);
Que, en virtud a lo dispuesto en el segundo párrafo del numeral 7.1 del artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, el régimen de eficacia anticipada de los actos administrativos previsto en el artículo 17 es susceptible de ser aplicado a los actos de administración interna, siempre que no se violen normas de orden público ni se afecte a terceros; y,
De conformidad con la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; y, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2021-RE, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 130-2003-RE; y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar al Ministro en el Servicio Diplomático de la República Julio Armando Reinoso Calderón, Director de Asuntos Marítimos, de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, como Comisionado del Perú ante la Comisión Ballenera Internacional (CBI), con eficacia anticipada, a partir del 15 de julio de 2024.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAVIER GONZÁLEZ-OLAECHEA FRANCO
Ministro de Relaciones Exteriores
2320168-1