Autorizan gasto a la APCI para el desplazamiento de beneficiarias extranjeras que recibirán asistencia técnica y capacitación en el Perú
Resolución Ministerial
Nº 0651-2024-RE
Lima, 28 de agosto de 2024
VISTOS:
El Memorándum (APC) Nº 003592024, de 2 de agosto de 2024, de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI; el Memorándum Nº DCI008612024, de 2 de agosto de 2024, de la Dirección de Cooperación Internacional; el Memorándum Nº LEG018982024, de 8 de agosto de 2024, de la Oficina General de Asuntos Legales; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con la Ley Nº 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, la referida Agencia es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, que ejecuta, programa y organiza la cooperación técnica internacional, también llamada cooperación internacional no reembolsable, la cual se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo, y por consiguiente, goza de los beneficios tributarios que la ley establece;
Que, el literal c) del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 719, Ley de Cooperación Técnica Internacional, establece que la Cooperación Técnica Internacional es el medio por el cual el Perú brinda preparación técnica, científica y cultural a peruanos en el país o en el extranjero, y a los extranjeros en el Perú;
Que, la Sexagésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, prorrogada en su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024 por el numeral v. de la Sexagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, autoriza a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, a financiar, con cargo a su presupuesto institucional y en el marco de lo señalado por el Decreto Legislativo Nº 719, la adquisición de pasajes, viáticos y seguros personales que permita el desplazamiento de cooperantes peruanos al exterior, para brindar asistencia técnica y capacitación, así como también para facilitar el desplazamiento de beneficiarios extranjeros hacia el Perú para recibir capacitación, ambos de corta duración. Los gastos que se efectúen en el marco de la citada disposición deberán contar previamente con una autorización aprobada mediante resolución del titular del Ministerio de Relaciones Exteriores;
Que, la cooperación entre la República del Perú y la República de Panamá se enmarca en el Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Panamá, suscrito el 6 de noviembre de 1996, a través del cual se estableció la creación de una Comisión Mixta que se reunirá cada dos (2) años, alternativamente;
Que, en la II Reunión de la Comisión Mixta de Cooperación Técnica y Científica entre el Gobierno de la República de Panamá y el Gobierno de la República del Perú, se aprobó el II Programa de Cooperación Técnica y Científica para el periodo 2022-2024, el cual está conformado, entre otros, por el Proyecto denominado “Estrategias reproductivas y desarrollo embrionario del colossoma macropomum”;
Que, en el marco del mencionado Proyecto se ha programado la actividad denominada “Pasantía en la ciudad de Iquitos por parte de dos (2) funcionarios de la ARAP para conocer la metodología aplicada por el IIAP en el sexaje de colossomas”, a realizarse en la ciudad de Iquitos, República del Perú, del 22 al 27 de setiembre de 2024, y cuyas instituciones ejecutoras son el Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana (IIAP) de la República del Perú y la Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá (ARAP) de la República de Panamá;
Que, mediante el Informe Nº 0087-2024-APCI/DGNI, del 25 de julio de 2024, la Dirección de Gestión y Negociación Internacional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI ha señalado que en la referida actividad del Proyecto participarán las beneficiarias extranjeras Cilini del Carmen Arosemena Gutiérrez y Evelyn Johanna Ríos Montenegro, quienes recibirán asistencia técnica y capacitación en la ciudad de Iquitos, República del Perú; con los objetivos de fortalecer las capacidades de los profesionales de la Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá (ARAP) en manejo y selección de los reproductores de colossoma con fines de reproducción inducida para aplicación en la ARAP y fortalecer los conocimientos en técnicas de sexaje de colossomas; concluyendo que resulta necesario proceder con la autorización de gasto por concepto de pasajes aéreos, seguros personales y viáticos para el desplazamiento de las dos (2) funcionarias de la ARAP de la República de Panamá, en calidad de beneficiarias extranjeras;
Que, de conformidad con lo establecido en la Sexagésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, prorrogada en su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024 por el numeral v. de la Sexagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, los gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y seguros personales que irrogue el desplazamiento de las citadas beneficiarias extranjeras serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI;
Que, la participación de las beneficiarias extranjeras se inscribe en el marco de lo dispuesto en la “Directiva que establece el procedimiento de adquisición de pasajes, asignación de viáticos y rendición de cuentas en el marco de la gestión de la Oferta Peruana de Cooperación Técnica Internacional”, aprobada por la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 080-2019/APCI-DE;
Que, mediante la Memoranda Nº 0086-2024-APCI/OPP, Nº 0144-2024-APCI/OPP, Nº 0301-2024-APCI/OPP y Nº 0316-2024-APCI/OPP, de 16 de febrero de 2024, 25 de marzo de 2024, 08 de julio de 2024 y 19 de julio de 2024, respectivamente, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI ha emitido las Notas Nº 0000000043, Nº 0000000068, Nº 0000000093 y Nº 0000000155, otorgando la certificación de crédito presupuestario y las ampliaciones que permitirán atender el citado gasto;
Que, luego de la revisión de los requisitos, de las disposiciones establecidas en la normativa sobre la materia y sus directivas internas, la Oficina de Asesoría Jurídica de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, mediante el Informe Nº 0157-2024-APCI/OAJ, de 1 de agosto de 2024, ha emitido opinión favorable respecto a la autorización de gasto;
Que, a través del Memorándum Nº DCI008612024, de 2 de agosto de 2024, la Dirección de Cooperación Internacional de la Dirección General para Asuntos Económicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, ha verificado que lo requerido por la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI se encuentra en consonancia con el objetivo estratégico del sector relacionado con el fortalecimiento de la Cooperación Sur-Sur y del rol del Perú como oferente de cooperación;
De conformidad con la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo Nº 135-2010-RE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI; y, el Decreto Supremo Nº 028-2007-RE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorización de gasto
Se autoriza a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, el gasto por concepto de adquisición de pasajes aéreos, seguros personales y viáticos para el desplazamiento de las beneficiarias extranjeras Cilini del Carmen Arosemena Gutiérrez y Evelyn Johanna Ríos Montenegro, quienes recibirán asistencia técnica y capacitación en el marco de la ejecución de la actividad denominada “Pasantía en la ciudad de Iquitos por parte de dos (2) funcionarios de la ARAP para conocer la metodología aplicada por el IIAP en el sexaje de colossomas” del Proyecto denominado “Estrategias reproductivas y desarrollo embrionario del colossoma macropomum”, a realizarse en la ciudad de Iquitos, República del Perú, del 22 al 27 de setiembre de 2024, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y apellidos |
Pasajes aéreos internacionales Panamá-Lima-Panamá (USD) |
Pasajes aéreos nacionales Lima-Iquitos-Lima (USD) |
Seguros personales (USD) |
Viáticos por día (USD) |
Número de días |
Total de viáticos (USD) |
Cilini del Carmen Arosemena Gutiérrez |
1,193.00 |
498.50 |
82.63 |
84.58 |
6 |
507.48 |
Evelyn Johanna Ríos Montenegro |
1,193.00 |
498.50 |
82.63 |
84.58 |
6 |
507.48 |
Artículo 2.- Remisión de informe
La Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI remite al Ministerio de Relaciones Exteriores un informe detallado, con posterioridad al cierre de las actividades, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como el detalle de los gastos efectuados, en base a la presente autorización.
Artículo 3.- Pago de impuestos o derechos aduaneros
La presente resolución ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Javier González-Olaechea Franco
Ministro de Relaciones Exteriores
2319489-1