Aprueban modificación de veintiséis (26) Fichas Técnicas correspondientes al rubro Suministros, componentes y accesorios eléctricos y de iluminación del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 000148-2024-PERÚ COMPRAS-JEFATURA
San Isidro, 29 de agosto del 2024
VISTOS:
El Informe N° 000127-2024-PERÚ COMPRAS-DES, de fecha 30 de junio de 2024, emitido por la Dirección de Estandarización y Sistematización; el Informe N° 000248-2024-PERÚ COMPRAS-OAJ, de fecha 14 de agosto de 2024, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS es un Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que goza de personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera;
Que, mediante Decreto Supremo N° 052-2019-EF, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS;
Que, el numeral 26.1 del artículo 26 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, establece que, el procedimiento de selección de Subasta Inversa Electrónica se utiliza para la contratación de bienes y servicios comunes que cuenten con Ficha Técnica y se encuentren incluidos en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC;
Que, el numeral 110.3 del artículo 110 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modificatorias (en adelante, el “Reglamento”), referido al procedimiento de Subasta Inversa Electrónica, establece que la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS genera y aprueba las fichas técnicas de los bienes y servicios a incluirse en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, al que se accede a través del Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE, pudiendo ser objeto de modificación o exclusión, previo sustento técnico;
Que, el Anexo N° 1 de Definiciones del Reglamento señala que, son bienes y servicios comunes aquellos que, existiendo más de un proveedor en el mercado, cuentan con características o especificaciones usuales en el mercado, o han sido estandarizados como consecuencia de un proceso de homogeneización llevado a cabo al interior del Estado, cuyo factor diferenciador entre ellos es el precio en el cual se transan;
Que, el numeral 8.3.7 de las Disposiciones Específicas de la Directiva N° 009-2023-PERÚ COMPRAS, denominada “Disposiciones que regulan la gestión del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC”, aprobada por Resolución Jefatural N° 000178-2023-PERÚ COMPRAS-JEFATURA (en adelante, la “Directiva”), establece que, la Dirección de Estandarización y Sistematización mediante informe recomienda a la Jefatura de PERÚ COMPRAS, la modificación de la Ficha Técnica, en atención a los siguientes supuestos: a) la variación de la información consignada en la Ficha Técnica sustentada en los documentos técnicos o en la homogeneización realizada por las entidades públicas, asegurando que no cambie la condición de bien o servicio común; y, b) mejoras en la presentación de la información contenida en la Ficha Técnica identificada en los procesos de sostenimiento del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, para coadyuvar a una mejor comprensión de dicho instrumento;
Que, el sub numeral 8.3.8 de las Disposiciones Específicas de la Directiva, dispone que, con el informe de la Dirección de Estandarización y Sistematización en el que se recomienda la modificación de la Ficha Técnica, la Jefatura de PERÚ COMPRAS, a través de Resolución Jefatural, aprueba la modificación de la Ficha Técnica del bien o servicio en el Listado de Bienes y Servicios Comunes. Dicho documento resolutivo es publicado en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE y en la sede digital de PERÚ COMPRAS;
Que, mediante Informe N° 000127-2024-PERÚ COMPRAS-DES, la Dirección de Estandarización y Sistematización sustenta la modificación de veintiséis (26) Fichas Técnicas correspondientes al rubro Suministros, componentes y accesorios eléctricos y de iluminación del Listado de Bienes y Servicios - LBSC, basada en la adecuación de las Fichas Técnicas, y en el marco de la implementación de resultados del Proceso de Sostenimiento Programado 2023, lo cual no afecta la condición de bien común de los productos materia de evaluación;
Que, mediante Informe N° 000248-2024-PERÚ COMPRAS-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que, conforme al sustento técnico expuesto por la Dirección de Estandarización y Sistematización, y de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable, resulta legalmente viable la modificación de las Fichas Técnicas referidas, en el Listado de Bienes y Servicios - LBSC;
Con el visto bueno de la Gerencia General, la Dirección de Estandarización y Sistematización, y la Oficina de Asesoría Jurídica, y;
De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1018; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF, y modificatorias; la Directiva N° 009-2023-PERÚ COMPRAS, aprobada por Resolución Jefatural N° 000178-2023-PERÚ COMPRAS-JEFATURA; y, en ejercicio de las atribuciones conferidas por los literales d) e y) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, aprobado por el Decreto Supremo N° 052-2019-EF;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar la modificación de veintiséis (26) Fichas Técnicas correspondientes al rubro Suministros, componentes y accesorios eléctricos y de iluminación del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, de acuerdo al contenido del Anexo, que forma parte integrante de la presente Resolución, conforme al siguiente detalle:
N° |
DENOMINACIÓN DEL BIEN |
VERSIÓN |
1 |
POSTE DE CONCRETO ARMADO CENTRIFUGADO DE 12/200/2/150/330 |
03 |
2 |
POSTE DE CONCRETO ARMADO CENTRIFUGADO DE 12/300/2/150/330 |
03 |
3 |
POSTE DE CONCRETO ARMADO CENTRIFUGADO DE 12/300/2/160/340 |
03 |
4 |
POSTE DE CONCRETO ARMADO CENTRIFUGADO DE 13/300/2/150/345 |
03 |
5 |
POSTE DE CONCRETO ARMADO CENTRIFUGADO DE 13/300/2/160/355 |
03 |
6 |
POSTE DE CONCRETO ARMADO CENTRIFUGADO DE 13/300/2/165/360 |
03 |
7 |
POSTE DE CONCRETO ARMADO CENTRIFUGADO DE 13/300/2/180/375 |
03 |
8 |
POSTE DE CONCRETO ARMADO CENTRIFUGADO DE 13/400/2/160/355 |
03 |
9 |
POSTE DE CONCRETO ARMADO CENTRIFUGADO DE 13/400/2/165/360 |
03 |
10 |
POSTE DE CONCRETO ARMADO CENTRIFUGADO DE 13/400/2/180/375 |
03 |
11 |
POSTE DE CONCRETO ARMADO CENTRIFUGADO DE 14/300/2/150/360 |
03 |
12 |
POSTE DE CONCRETO ARMADO CENTRIFUGADO DE 14/400/2/180/390 |
03 |
13 |
POSTE DE CONCRETO ARMADO CENTRIFUGADO DE 15/400/2/180/405 |
03 |
14 |
POSTE DE CONCRETO ARMADO CENTRIFUGADO DE 15/400/2/210/435 |
03 |
15 |
POSTE DE CONCRETO ARMADO CENTRIFUGADO DE 15/500/2/210/435 |
03 |
16 |
POSTE DE CONCRETO ARMADO CENTRIFUGADO DE 15/600/2/210/435 |
03 |
17 |
POSTE DE CONCRETO ARMADO CENTRIFUGADO DE 8/200/2/120/240 |
03 |
18 |
POSTE DE CONCRETO ARMADO CENTRIFUGADO DE 8/200/2/140/240 |
03 |
19 |
POSTE DE CONCRETO ARMADO CENTRIFUGADO DE 8/300/2/120/240 |
03 |
20 |
POSTE DE CONCRETO ARMADO CENTRIFUGADO DE 8/300/2/150/270 |
03 |
21 |
POSTE DE CONCRETO ARMADO CENTRIFUGADO DE 8/400/2/180/300 |
03 |
22 |
POSTE DE CONCRETO ARMADO CENTRIFUGADO DE 9/200/2/120/255 |
03 |
23 |
POSTE DE CONCRETO ARMADO CENTRIFUGADO DE 9/200/2/140/275 |
03 |
24 |
POSTE DE CONCRETO ARMADO CENTRIFUGADO DE 9/300/2/120/255 |
03 |
25 |
POSTE DE CONCRETO ARMADO CENTRIFUGADO DE 9/300/2/150/285 |
03 |
26 |
POSTE DE CONCRETO ARMADO CENTRIFUGADO DE 9/400/2/180/315 |
03 |
*Las Fichas Técnicas podrán ser visualizadas en el siguiente enlace web: https://www.perucompras.gob.pe/subasta-inversa/listado-bienes-servicios-comunes.php.
Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección de Estandarización y Sistematización que realice la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE.
Artículo Tercero.- Disponer que la Oficina de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución y su Anexo en la sede digital de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS (www.gob.pe/perucompras), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE ALBERTO ZAPATA GALLO
Jefe de la Central de Compras Públicas -
PERÚ COMPRAS
2320223-1