Autorizan viaje de Directora General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos y de Especialista en Medio Ambiente a Brasil, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
N° 0660-2024-RE
Lima, 29 de agosto de 2024
VISTOS:
El Memorándum N° DSL008182024 de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, de 23 de agosto de 2024; la Hoja de Trámite (GAC) N° 3509 del Despacho Viceministerial, de 26 de agosto de 2024; el Memorándum N° OPP026982024 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 27 de agosto de 2024, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje; y, el Memorándum N° OAP026752024 de la Oficina de Administración de Personal, de 28 de agosto de 2024;
CONSIDERANDO:
Que, el Perú se adhirió al Tratado Antártico el 10 de abril de 1981 y, en 1989, fue aceptado como Parte Consultiva del mismo al demostrar su interés científico en la Antártida a través de las expediciones científicas ANTAR I y ANTAR II y el establecimiento de la Estación Científica Antártica “Machu Picchu” (ECAMP);
Que, el Perú es miembro pleno de la Reunión de Administradores de Programas Antárticos Latinoamericanos (RAPAL), organismo perteneciente al Sistema del Tratado Antártico, encargado de propiciar la cooperación y el apoyo mutuo en aspectos científicos, técnicos, logísticos y ambientales de los países latinoamericanos con actividades antárticas, a fin de aunar y coordinar esfuerzos, optimizando el empleo de los recursos, en concordancia con los principios y objetivos establecidos en el Sistema del Tratado Antártico, así como el intercambio de puntos de vista y, según sea apropiado, colaboración a nivel educativo, socio-cultural y comunicacional de relevancia en el área antártica;
Que, corresponde al Perú, en su condición de Parte Consultiva del Tratado Antártico, participar en las reuniones internacionales de las organizaciones vinculadas a la temática antártica;
Que, mediante el Decreto Supremo 075-2024-PCM se ha dispuesto la inclusión en el Eje 10 de los Lineamientos de la Política General de Gobierno denominado: “Conducción de una política exterior reforzada al servicio de los intereses permanentes del Perú”, el numeral 10.3 referido a “Cautelar y promover los intereses y derechos del Perú en la región antártica, fortaleciendo la participación y el cumplimiento de los compromisos del Estado peruano en el marco del Sistema del Tratado Antártico, orientados a asegurar la paz y la cooperación en dicho continente”;
Que, la Trigésima Quinta Reunión de Administradores de Programas Antárticos Latinoamericanos “XXXV RAPAL” en la que el Perú entregará la Presidencia de la RAPAL a la República Federativa del Brasil, se celebrará en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, del 3 al 5 de setiembre de 2024;
Que, por lo expuesto, se estima importante la participación, en el referido evento, de la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República María Elvira Velásquez Rivas Plata, Directora General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos; y, de la señora Karla Pamela Córdova Morales, Contratada Administrativo de Servicios, Especialista en medio ambiente de la Dirección de Asuntos Antárticos de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos;
Que, por cuestiones de itinerario, las citadas comisionadas viajarán a la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, del 3 al 6 de setiembre de 2024; y,
De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo N° 135-2010-RE; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; el Decreto Legislativo N° 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM; la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del régimen especial del Decreto Legislativo N° 1057, Contratación Administrativa de Servicios y otorga derechos laborales; y, la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de las siguientes comisionadas, a la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, del 3 al 6 de setiembre de 2024, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución:
• Embajadora en el Servicio Diplomático de la República María Elvira Velásquez Rivas Plata, Directora General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos; y,
• Señora Karla Pamela Córdova Morales, Contratada Administrativo de Servicios, Especialista en Medio Ambiente de la Dirección de Asuntos Antárticos de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Metas: (303) 0137175: “Representación diplomática y defensa de los intereses nacionales en el exterior”; y, Códigos POI AOI00004500024: “Gestión de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos y AOI00004500066: “Fortalecimiento de la Presencia del Perú en el Sistema del Tratado Antártico; Gestión de la Dirección de Asuntos Antárticos”, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos |
Pasaje Aéreo Clase Económica USD |
Viáticos por día USD |
Número de días |
Total viáticos USD |
María Elvira Velásquez Rivas Plata |
203.52 |
370.00 |
3+1 |
1,480.00 |
Karla Pamela Córdova Morales |
795.81 |
370.00 |
3+1 |
1,480.00 |
Conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y atendiendo al itinerario de viaje a la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, se ha adicionado un (1) día de viáticos por concepto de gastos de instalación y traslado, todo lo cual formará parte de la rendición de viáticos que corresponda.
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, las citadas comisionadas deberán presentar al Ministro de Relaciones Exteriores un informe de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAVIER GONZÁLEZ-OLAECHEA FRANCO
Ministro de Relaciones Exteriores
2320166-1