Autorizan viaje de personal policial a Argentina, en misión de estudios
Resolución Ministerial
Nº 1099-2024-IN
Lima, 29 de agosto de 2024
VISTOS, los Oficios Nºs. 1639-2024-COMOPPOL/DIRASINT-DIVABI y 1642-2024-COMOPPOL/DIRASINT- DIVABI de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú; y el Informe Nº 001543-2024-IN-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Oficio RE (DGM) Nº 2-10-C/903, de fecha 8 de agosto de 2024, el Embajador Director General para Asuntos Multilaterales y Globales del Ministerio de Relaciones Exteriores traslada al Director de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú la invitación extendida por el Comisario Inspector, Jefe de la División de Equipo de Negociadores (F.O.E.) de la Superintendencia de Fuerzas de Operaciones Especiales del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, mediante la Carta s/n, de fecha 5 de agosto de 2024, con el propósito de que dos (2) representantes de la Policía Nacional del Perú participen en el “Curso de Negociador Policial en Situaciones de Crisis y Resolución de Conflictos (FOE)”, a desarrollarse del 2 de septiembre al 4 de octubre de 2024, en las instalaciones de la Dirección Halcón Norte, ubicada en la ciudad de Ezeiza de la Provincia de Buenos Aires de la República Argentina;
Que, a través del Informe Nº 067-2024-REGPOL LIM/DIVSEESP-UA-OPyB, la División de Servicios Especiales de la Región Policial Lima de la Policía Nacional del Perú, sustenta la importancia y viabilidad de la designación del Capitán de la Policía Nacional del Perú ANDERSON PORTOCARRERO RODRIGUEZ y del Capitán de la Policía Nacional del Perú CESAR ANTONIO ROSALES CHUMPITAZ, para que participen en el citado evento;
Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 267-2024-COMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú estima conveniente se prosiga con el trámite de expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en misión de estudios, del 1 de septiembre al 5 de octubre de 2024, del Capitán de la Policía Nacional del Perú ANDERSON PORTOCARRERO RODRIGUEZ y del Capitán de la Policía Nacional del Perú CESAR ANTONIO ROSALES CHUMPITAZ, a fin de que participen en el “Curso de Negociador Policial en Situaciones de Crisis y Resolución de Conflictos (FOE)”, que se desarrollará en la ciudad de Ezeiza de la Provincia de Buenos Aires de la República Argentina; por cuanto, permitirá al personal policial recibir capacitación en resolución y negociación de conflictos, para el mejor desarrollo en las intervenciones policiales presentadas en diversos escenarios como toma de rehenes, situaciones de suicidio, delitos comunes y otras situaciones de criminalidad, basándose en el Manual de Derechos Humanos aplicados a la función policial; de este modo, se fortalecerá y optimizará la labor policial, permitiendo al mismo tiempo que el personal se convierta en un elemento difusor dentro de la División de Servicios Especiales de la PNP;
Que, la participación del mencionado personal policial en el evento antes indicado, se encuentra en el ámbito de las competencias de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto hospedaje y alimentación, son asumidos por la División Equipo de Negociadores F.O.E. de la Superintendencia de Fuerzas de Operaciones Especiales del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto en la Carta s/n, del 5 de agosto de 2024 y en el Oficio RE (DGM) Nº 2-10-C/903; asimismo, los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno) son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme se indica en la Hoja de Estudio y Opinión Nº 51-2024-COMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI, en el Informe Nº 440-2024-DIRADM-PNP/DIVECO-DPTO.RYV-S.PYV. y en la Certificación de Crédito Presupuestario Nota Nº 0000002894;
Que, conforme al artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, “El personal policial tiene los siguientes derechos: (…) 3) Formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente. (…)”;
Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter oficial comprenden las modalidades siguientes: Misión de estudios (…)”;
Que, el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN, en su artículo 1, dispone “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG (…)”;
Que, la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, en su artículo 10 establece que “10.1. Durante el Año Fiscal 2024, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)”;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”;
Que, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, en su artículo 1, establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley Nº 27619 y el presente Reglamento”;
Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (…)”;
Que, a través del informe de Vistos, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable tramitar el proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior, en misión de estudios, del Capitán de la Policía Nacional del Perú ANDERSON PORTOCARRERO RODRIGUEZ y del Capitán de la Policía Nacional del Perú CESAR ANTONIO ROSALES CHUMPITAZ, del 1 de septiembre al 5 de octubre de 2024, en la ciudad de Ezeiza de la Provincia de Buenos Aires de la República Argentina;
Con el visado de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,
De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, mediante el cual se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Capitán de la Policía Nacional del Perú ANDERSON PORTOCARRERO RODRIGUEZ y del Capitán de la Policía Nacional del Perú CESAR ANTONIO ROSALES CHUMPITAZ, del 1 de septiembre al 5 de octubre de 2024, a la ciudad de Ezeiza de la Provincia de Buenos Aires de la República Argentina, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), incluyendo la tarifa de uso de aeropuerto, del personal policial mencionado en el artículo precendente, son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Importe |
Personas |
Total |
|
Pasajes aéreos |
US$ 779,00 |
2 |
US$ 1 558,00 |
Artículo 3.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza, presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Juan José Santiváñez Antúnez
Ministro del Interior
2320353-1