Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Ordenanza que amplía listado de ordenanzas no vigentes de la Municipalidad Metropolitana de Lima

Ordenanza que amplía listado de ordenanzas no vigentes de la Municipalidad Metropolitana de Lima

ORDENANZA N° 2645

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

POR CUANTO:

El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión extraordinaria del 9 de agosto de 2024;

En uso de las facultades previstas según artículos 9 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales, en su Dictamen N° 121-2024-MML-CMAL; el Concejo Metropolitano de Lima, por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente:

ORDENANZA

QUE AMPLÍA LISTADO DE ORDENANZAS NO VIGENTES DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

Artículo Primero.- Ampliar, en aplicación de la Ley N° 29477 que inicia el proceso de consolidación del espectro normativo peruano, el siguiente listado de ordenanzas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, periodo agosto de 2016 a diciembre de 2023, que no se encuentran vigentes:

Ordenanzas Derogadas (84)

1978

2058

2118

2271

2422

1982

2059

2120

2284

2425

1984

2064

2123

2285

2426

1997

2065

2137

2286

2513

2011

2067

2138

2321

2514

2012

2072

2139

2322

2525

2013

2074

2153

2327

2526

2016

2075

2159

2341

2527

2018

2076

2162

2345

2529

2019

2078

2164

2355

2554

2024

2080

2187

2364

2560

2032

2085

2201

2390

2587

2036

2090

2202

2393

2037

2107

2203

2395

2041

2108

2208

2415

2045

2109

2214

2416

2049

2110

2259

2417

2054

2115

2270

2418

Artículo Segundo.- Declarar que las obligaciones y derechos que pudieran haber generado las ordenanzas listadas en el artículo precedente, mientras hubieren estado vigentes, se sujetan a lo establecido en los artículos 62 y 103 de la Constitución Política del Perú. Lo señalado en el artículo anterior, no acarrea necesariamente la nulidad, insubsistencia o derogación implícita de las normas posteriores que fueron expedidas a consecuencia o por mandato de las ordenanzas listadas, ni implica rehabilitación de normas derogadas expresamente.

El listado que se incluye en el artículo que antecede, se ampliará y consolidará progresivamente a través de ordenanza, incluyendo normas de diferente naturaleza no consideradas en la presente.

Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina General de la Secretaría del Concejo comunicar la presente norma al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, así como su publicación en el diario oficial “El Peruano”; y encargar a la Oficina de Gobierno Digital, su publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.transparencia.munlima.gob.pe.

POR TANTO:

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase

Lima, 9 de agosto de 2024

RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA

Alcalde

2319688-1