Aprueban reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la Universidad Nacional Ciro Alegría
Universidad Nacional Ciro Alegría
RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA
Nº 267-2024-CO-UNCA
Huamachuco, 13 de agosto de 2024
VISTO: El Acta de Sesión Extraordinaria de Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Ciro Alegría Nº 027-2024, de fecha 13 de agosto de 2024, Informe Nº 188-2024-URRHH-DGA-UNCA, de fecha 13 de agosto de 2024, Informe Nº 130-2024-OPP-UNCA/E, de fecha 13 de agosto de 2024;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 18º de la Constitución Política del Perú, establece que, cada Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las Universidades se rigen por sus propios estatutos y reglamentos en el marco de la Constitución y de las leyes, el mismo que es concordante con el artículo 8º de la Ley Universitaria Nº 30220;
Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 081-2024-MINEDU de fecha 16 de julio de 2024, reconforman la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Ciro Alegría, integrada por: Dra. DENESY PELAGIA PALACIOS JIMENEZ como Presidenta, Dr. RIGO FELIX REQUENA FLORES como Vicepresidente Académico y Dra. CARMEN YUDEX BALTAZAR MEZA como Vicepresidenta de Investigación;
Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 062-2022-UNCA/P, de fecha 18 de octubre de 2022, se aprobó el Manual de Clasificador de Cargos de la Universidad Nacional Ciro Alegría;
Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 065-2022-UNCA/P, de fecha 18 de octubre de 2022, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la Universidad Nacional Ciro Alegría;
Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 008-2024-UNCA-P, de fecha 30 de enero de 2024, se aprueba el reordenamiento de cargos y la actualización del CAP Provisional de la Universidad Nacional Ciro Alegría;
Que, de conformidad al literal b) del numeral 6.2.7 de las “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobado mediante Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU, sobre las funciones de la Comisión Organizadora, establece que una de las funciones es Aprobar y velar por el adecuado cumplimiento del Estatuto, Reglamentos y documentos de gestión de la universidad;
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR-PE, se formaliza el acuerdo de Consejo Directivo mediante el cual se aprueba la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, a través del cual se establece y precisa las normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria que las entidades públicas deben seguir para la administración de cargos y posiciones, entre ellas, la elaboración, aprobación y administración del Cuadro para Asignación de Personal Provisional;
Que, el literal b) del numeral 5.1 de la citada Directiva, define al CAP Provisional como el documento de gestión de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones (ROF) o Manual de Operaciones (MOP), según corresponda, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante la etapa de tránsito al régimen previsto en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, y en tanto se reemplace junto con el Presupuesto Analítico de Personal (PAP), por el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE);
Que, el numeral 6.4.1.1 de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH, dispone los supuestos permitidos para la actualización del CAP Provisional, precisándose en el numeral 6.4.1.3 que ningún ajuste realizado en el marco del numeral 6.4.1.1 puede modificar el total de cargos y posiciones del CAP Provisional aprobado, siendo que la actualización del CAP Provisional no implica en ningún caso la eliminación de cargos en situación de ocupado, salvo que hubieran devenido en situación de previsto en el transcurso del tiempo;
Que, el numeral 6.4.1.2 de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH establece que los ajustes que se realicen en el marco de la administración del CAP Provisional se aprueban mediante resolución de la oficina de recursos humanos, o la que haga las veces, de la entidad, previo informe de la oficina de planeamiento y presupuesto, o la que haga la veces;
Que, mediante Informe Nº 188-2024-URRHH-DGA-UNCA, de fecha 13 de agosto de 2024, la Unidad de Recursos Humanos de la UNCA, propone el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la Universidad Nacional Ciro Alegría, a fin de realizar las acciones de reordenamiento por la modificación de denominación y clasificación de cargos, por haberse modificado el Manual de Clasificador de Cargos de la entidad, en concordancia a lo dispuesto en el numeral 6.4 de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH - Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional, la Ley Nº 31419 - Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción y el Decreto Supremo Nº 084-2016-PCM, Decreto Supremo que precisa la designación y los límites de empleados de confianza en las entidades públicas;
Que, mediante Informe Nº 130-2024-OPP-UNCA/E, de fecha 13 de agosto de 2024, el Jefe (e) de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable a la propuesta de reordenamientos de cargos del CAP Provisional de la Universidad Nacional Ciro alegría;
Que, en Sesión Extraordinaria de Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Ciro Alegría Nº 027-2024, de fecha 13 de agosto de 2024, los miembros de la Comisión Organizadora, acordaron por unanimidad, APROBAR el reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la Universidad Nacional Ciro Alegría;
Que, en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Ciro Alegría, contenidas en la Ley Universitaria Nº 30220, el Estatuto de la UNCA y Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU, modificada por Resolución Viceministerial Nº 055-2022-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR el reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la Universidad Nacional Ciro Alegría; el mismo que como Anexo forma parte de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- NOTIFICAR al Despacho de Presidencia, Vicepresidencia Académica, Vicepresidencia de Investigación, Dirección General de Administración, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Unidad de Recursos Humanos y Responsable de Actualización del Portal de Transparencia, para su conocimiento y acciones pertinentes.
Artículo Tercero.- PUBLÍQUESE la presente Resolución en el diario Oficial el Peruano y su anexo (Cuadro para Asignación de Personal Provisional - Actualizado) en el portal de transparencia de la página web institucional de la Universidad Nacional Ciro Alegría (www.unca.edu.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DENESY PELAGIA PALACIOS JIMÉNEZ
Presidenta
JEAN EBERE CRUZ IGLESIAS
Secretario General
2317320-2