Autorizan licencia por capacitación a docentes de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno, para la realización de pasantía en México, Brasil, España y Colombia
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO
RESOLUCIÓN RECTORAL
N° 1922-2024-R-UNA
Puno, 17 de julio del 2024
VISTOS:
El OFICIO N° 313-2024-VRI-UNA-PUNO (28-06-2024), cursado por el Vicerrector de Investigación de esta Casa Superior de Estudios; y, el MEMORANDUM N° 754-2024-SG-UNA-PUNO (16-07-2024) emitido por Secretaría General de esta Casa Superior de Estudios, referidos a la propuesta y aprobación para realización de PASANTÍA DOCENTE en Universidades TOP del mundo;
CONSIDERANDO:
Que, conforme se encuentra prescrito en el Estatuto de la UNA-PUNO, aprobado por RAU N° 008-2023-AU-UNA, art. 66 y art. 67 numeral 67.11, el Vicerrectorado de Investigación es el órgano de más alto nivel, en el ámbito de la investigación; está encargado de orientar, coordinar y organizar los proyectos y actividades de investigación que se desarrollan a través de las diversas unidades académicas; entre sus atribuciones, se encuentra la de promover el intercambio, estancias, pasantías y movilidad de docentes, investigadores y estudiantes de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno con otras universidades y entidades de investigación o empresariales, nacionales e internacionales, en colaboración con el Vicerrectorado Académico;
Que, en el marco de la normativa invocada, lo establecido en el Reglamento de Pasantía Semestral Docente de la UNA-PUNO aprobado por RESOLUCIÓN RECTORAL N° 2936-2022-R-UNA y acorde con los actuados, el Vicerrectorado de Investigación de esta Universidad, ha implementado la realización de la PASANTÍA DOCENTE en Universidades TOP del mundo, durante el periodo del Segundo Semestre del Año Académico 2024, a partir del 29 de julio al 20 de diciembre del 2024; por lo que, mediante el documento descrito en la parte de vistos del presente acto administrativo, se hace alcance la lista de docentes de las diferentes Escuelas Profesionales, seleccionados para dicho fin, autorizadas con las respectivas Resoluciones de Decanato, para su correspondiente aprobación;
Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto a través de la Unidad de Presupuesto ha emitido su opinión técnica contenida en el INFORME N° 1621-2024-UP-OPP-UNA (02-07-2024), del cual se infiere que existe disponibilidad de marco presupuestal en la Meta 0037 9002 3999999 5000650 DESARROLLO DE ESTUDIOS, INVESTIGACIÓN Y ESTADÍSTICA, Genérica del Gasto 2.5 Otros Gastos, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, hasta por el importe total de S/. 408,000.00 Soles; por lo que resulta la posibilidad de autorizar las bolsas de viaje, materia de la presente;
Que, la Ley N° 27619, tiene como objetivo regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la ley de presupuesto del sector público; y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM mediante el cual se aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; normativa que entre otros, establece que dichas autorizaciones deben ser publicadas en el diario oficial El Peruano, con anterioridad al viaje. En cuya observancia, los viajes al exterior de los funcionarios y servidores de las universidades públicas deben ser autorizados mediante Resolución de la más alta autoridad respectiva de la entidad;
Que, la Universidad Nacional del Altiplano - Puno se rige por las disposiciones contenidas en la Ley Nº 30220 - Ley Universitaria, el Estatuto y normas administrativas internas; goza de autonomía en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, que debe ser ejercida de acuerdo a lo previsto en el art. 18° de la Constitución Política del Estado y Leyes de la República, para el cumplimiento de los fines y objetivos institucionales; asimismo, la Ley N° 31520, Ley que restablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas;
Estando a los documentos sustentatorios que forman parte de la presente Resolución; en el marco de las atribuciones conferidas por la Ley N° 30220 - Ley Universitaria, el Estatuto y la Resolución de Asamblea Universitaria N° 009-2021-AU-UNA; y,
De conformidad con lo aprobado por el Pleno del Honorable Consejo Universitario en Sesión Extraordinaria del 01 de julio del presente año;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR y AUTORIZAR, la licencia por Capacitación Oficializada y la respectiva Bolsa de Viaje a favor de los siguientes docentes de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno - Perú, para la realización de PASANTÍA DOCENTE en Universidades TOP del mundo, durante el Segundo Semestre del Año Académico 2024, a partir del 29 de julio al 20 de diciembre del 2024; cuya nómina se detalla a continuación; acorde con los fundamentos descritos en la parte considerativa del presente acto administrativo y conforme a las respectivas Resoluciones de Decanato que contienen la autorización correspondiente:
N° |
PROGRAMA DE ESTUDIOS |
DOCENTE BENEFICIARIO |
RESOLUCIÓN DECANAL |
UNIVERSIDAD DE DESTINO |
PAÍS |
PRESUPUESTO |
1 |
ANTROPOLOGÍA |
LUIS ENRIQUE RIVERA VELA |
583-2024-D-FCS-UNA |
UNAM |
México |
18,000.00 |
2 |
BIOLOGÍA |
JUAN JOSÉ PAURO ROQUE |
194-2024-D-FCCBB-UNA-PUNO |
UNESP |
Brasil |
16,000.00 |
3 |
CIENCIAS FISICO MATEMÁTICAS: MATEMÁTICAS |
AMERICO BOLIVAR ESPINOZA |
666-2024-D-FICA-UNA-PUNO |
UFMG |
Brasil |
16,000.00 |
4 |
CIENCIAS FISICO MATEMÁTICAS: MATEMÁTICAS |
RICHAR MARLON MOLLINEDO CHURA |
670-2024-D-FICA-UNA-PUNO |
UFMG |
Brasil |
16,000.00 |
5 |
CIENCIAS FISICO MATEMATICAS: FÍSICO |
ROBERTO AUGUSTO DEL CARPIO MINAYA |
670-2024-D-FICA-UNA-PUNO |
UNICAMP |
Brasil |
16,000.00 |
6 |
CIENCIAS FISICO MATEMATICAS: FÍSICO |
JULIO PEDRO QUISPE AYMACHOQUE |
670-2024-D-FICA-UNA-PUNO |
UNICAMP |
Brasil |
16,000.00 |
7 |
CIENCIAS FISICO MATEMATICAS: FÍSICO |
JUAN PERCY MAMANI CUTIPA |
670-2024-D-FICA-UNA-PUNO |
UNICAMP |
Brasil |
16,000.00 |
8 |
EDUCACIÓN INICIAL |
MARTHA TICONA MAMANI |
445-2024-D-FCEDUC-UNA |
USP |
Brasil |
16,000.00 |
9 |
EDUCACIÓN PRIMARIA |
NILTON CESAR MAYTA JARA |
493-2024-D-FCEDUC-UNA |
USP |
Brasil |
16,000.00 |
10 |
EDUCACIÓN SECUNDARIA |
ANDRES ARIAS LIZARES |
452-2024-D-FCEDUC-UNA |
UPM |
España |
22,000.00 |
11 |
INGENIERÍA AGRÍCOLA |
ROBERTO ALFARO ALEJO |
189-2024-D-FIA-UNA-PUNO |
UPC |
España |
22,000.00 |
12 |
INGENIERÍA AGROINDUSTRIAL |
LUIS ALBERTO JIMENEZ MONROY |
309-2024-D-FCA-UNA-PUNO |
UFLA |
Brasil |
16,000.00 |
13 |
INGENIERÍA AGROINDUSTRIAL |
JUAN QUISPE CCAMA |
309-2024-D-FCA-UNA-PUNO |
UNICAMP |
Brasil |
16,000.00 |
14 |
INGENIERÍA AGRONÓMICA |
DANIEL CANAZA MAMANI |
309-2024-D-FCA-UNA-PUNO |
UNC |
Colombia |
16,000.00 |
15 |
INGENIERÍA AGRONÓMICA |
RONY ABEL CIPRIAN CARREON |
309-2024-D-FCA-UNA-PUNO |
UFLA |
Brasil |
16,000.00 |
16 |
INGENIERÍA ECONÓMICA |
ANGEL DAVID AROQUIPA VELASQUEZ |
251-2024-D-FIE-UNA |
UFMG |
Brasil |
16,000.00 |
17 |
INGENIERÍA GEOLÓGICA |
VICTORIANO ROLANDO APAZA CAMPOS |
179-2024-D-FIGIM-UNA-PUNO |
UNICAMP |
Brasil |
16,000.00 |
18 |
INGENIERÍA GEOLÓGICA |
HECTOR RAUL MACHACA CONDORI |
178-2024-D-FIGIM-UNA-PUNO |
UNICAMP |
Brasil |
16,000.00 |
19 |
INGENIERÍA MECÁNICA ELÉCTRICA |
JHIMMY ALBERTH QUISOCALA HERRERA |
361-2024-D-FIMEES-UNA-P |
UNICAMP |
Brasil |
16,000.00 |
20 |
INGENIERÍA MECÁNICA ELÉCTRICA |
FREDY BERNARDO COYLA APAZA |
361-2024-D-FIMEES-UNA-P |
UNAM |
México |
18,000.00 |
21 |
INGENIERÍA METALÚRGICA |
DARSSY ARGELIDA CARPIO RAMOS |
180-2024-D-FIGIM-UNA-PUNO |
UNICAMP |
Brasil |
16,000.00 |
22 |
INGENIERÍA QUÍMICA |
WILFREDO FERNANDO ROQUE VILLANUEVA |
218-2024-D-FIQ-UNA/PUNO |
UNICAMP |
Brasil |
16,000.00 |
23 |
MEDICINA VETERINARIA Y ZOOTECNIA |
OSCAR HENRY ESPEZUA FLORES |
321-2024-D-FMVZ-UNA-PUNO |
UAB |
España |
22,000.00 |
24 |
MEDICINA VETERINARIA Y ZOOTECNIA |
CELSO ZAPATA COACALLA |
321-2024-D-FMVZ-UNA-PUNO |
UNAM |
México |
18,000.00 |
Artículo Segundo.- Los egresos que demande la presente resolución, serán atendidos con cargo a la Meta 0037 9002 3999999 5000650 DESARROLLO DE ESTUDIOS, INVESTIGACIÓN Y ESTADÍSTICA, Genérica del Gasto 2.5 Otros Gastos, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, del Presupuesto Institucional en vigencia.
Artículo Tercero.- Los Vicerrectorados Académico y de Investigación, las respectivas Facultades, la Dirección General de Administración, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Unidad de Recursos Humanos y demás dependencias correspondientes de la institución quedan encargados del cumplimiento de la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
PAULINO MACHACA ARI
Rector
LEILA ROSMERY FLORES BUSTINZA
Secretaria General
2309807-1