Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan viaje de servidoras de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno a Bolivia en comisión de servicios

Autorizan viaje de servidoras de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno a Bolivia, en comisión de servicios

UNIVERSIDAD NACIONAL

DEL ALTIPLANO DE PUNO

RESOLUCIÓN RECTORAL

N° 1648-2024-R-UNA

Puno, 18 de junio del 2024

VISTOS:

El OFICIO N° 0560-2024-J-OCRI-UNA (05-06-2024), cursado por el Jefe de la Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales de la UNA-PUNO; y, el MEMORANDUM N° 666-2024-SG-UNA-PUNO (18-06-2024) emitido por Secretaría General de esta Casa Superior de Estudios, referidos al requerimiento y aprobación de viaje a la ciudad de COCHABAMBA - BOLIVIA, de las servidoras administrativas Lic. MILAGROS SARDÓN QUISPE y CPC. MARIZA ANGÉLICA AMPUERO AYLLÓN, con fines de asistir a la 48ava convocatoria del PME-CRISCOS;

CONSIDERANDO:

Que, el Consejo de Rectores por la Integración de la Subregión Centro Oeste de Sudamérica (CRISCOS), ha comunicado la realización de la Reunión de Coordinadores del Programa de Movilidad Estudiantil – CRISCOS, 48ava Convocatoria, programado para los días 23 al 24 de mayo del 2024, con sede en la ciudad de COCHABAMBA - BOLIVIA;

Que, por consiguiente, siendo la Universidad Nacional del Altiplano de Puno – Perú, parte integrante del Programa de Movilidad Estudiantil del Consejo de Rectores por la Integración de la Subregión Centro Oeste de Sudamérica (CRISCOS), se hace necesaria la participación de esta Casa Superior de Estudios, representado por las servidoras administrativas de la Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales – UNA-PUNO: Lic. MILAGROS SARDÓN QUISPE y CPC. MARIZA ANGÉLICA AMPUERO AYLLÓN;

Que, la Universidad Nacional del Altiplano – Puno se rige por las disposiciones contenidas en la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto y normas administrativas internas; goza de autonomía en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, que debe ser ejercida de acuerdo a lo previsto en el art. 18° de la Constitución Política del Estado y Leyes de la República, para el cumplimiento de los fines y objetivos institucionales; asimismo, la Ley N° 31520, Ley que restablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas;

Que, la Ley N° 27619, tiene como objetivo regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la ley de presupuesto del sector público; y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM mediante el cual se aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; normativa que entre otros, establece que dichas autorizaciones deben ser publicadas en el diario oficial El Peruano, con anterioridad al viaje. En cuya observancia, los viajes al exterior de los funcionarios y servidores de las universidades públicas deben ser autorizados mediante Resolución de la más alta autoridad respectiva de la entidad;

Que, se tiene a la vista las opiniones técnicas emitidas por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto: el INFORME N° 1094-2024-UP-OPP-UNA-PUNO de la Unidad de Presupuesto, del cual se infiere la existencia de disponibilidad de marco presupuestal para atender los gastos de viaje, en la Meta SIAF 0055: 5.000717 Difusión de Imagen y Promoción de Relaciones Institucionales – Oficina de Cooperación Interinstitucional, en la Genérica del Gasto 2.3 Bienes y Servicios, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, debiendo afectarse al centro de costo de la OCRI; y el INFORME N° 0899-2024-UPM-OPP-UNA-P de la Unidad de Planeamiento y Modernización, sobre el registro de la Actividad Operativa: “CAPACITACIÓN DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO – RO”, conforme a la ficha CEPLAN que trae anexo. Asimismo, la Oficina de Asesoría Jurídica ha emitido la OPINIÓN LEGAL N° 501-2024-OAJ-UNA-PUNO (21-05-2024), de la que se desprende que es viable autorizar el viaje al extranjero, materia de la presente, conforme al requerimiento formulado para el efecto;

Que, el art. 93, numeral 93.16 del Estatuto – UNA-PUNO (RAU N° 008-2023-AU-UNA), establece que son atribuciones del Consejo Universitario, entre otras: “Autorizar los viajes fuera del país en comisión de servicio del Rector y Vicerrectores, Decanos, Director de la Escuela de Posgrado, docentes, funcionarios y estudiantes; así también recibir los informes correspondientes.”;

Estando a los documentos sustentatorios que forman parte de la presente Resolución; en el marco de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria, el Estatuto y la Resolución de Asamblea Universitaria N° 009-2021-AU-UNA; y,

De conformidad con lo aprobado por el Pleno del Honorable Consejo Universitario en Sesión Ordinaria del 21 de mayo del 2024;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- AUTORIZAR, en vía de regularización, el viaje a la ciudad de COCHABAMBA – BOLIVIA, de las servidoras administrativas de la Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno – Perú: Lic. MILAGROS SARDÓN QUISPE y CPC. MARIZA ANGÉLICA AMPUERO AYLLÓN, del 22 al 25 de mayo del 2024, para participar en la Reunión de Coordinadores del Programa de Movilidad Estudiantil del Consejo de Rectores por la Integración de la Subregión Centro Oeste de Sudamérica (PME-CRISCOS), 48ava Convocatoria; disponiéndose para el efecto, se les otorgue una bolsa de viaje por S/. 3,225.00 Soles a cada una, con cargo a la Meta SIAF 0055: 5.000717 Difusión de Imagen y Promoción de Relaciones Institucionales – Oficina de Cooperación Interinstitucional, en la Genérica del Gasto 2.3 Bienes y Servicios, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios; acorde con los fundamentos descritos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- La Dirección General de Administración, la Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales, Unidad de Recursos Humanos y demás dependencias correspondientes de la entidad, quedan encargados del cumplimiento de la presente Resolución.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

PAULINO MACHACA ARI

Rector

LEILA ROSMERY FLORES BUSTINZA

Secretaria General

2307248-1