Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Designan miembros del Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Interior

Designan miembros del Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Interior

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 1089-2024-IN

Lima, 27 de agosto de 2024

VISTOS, el Acta N° 001-2024 del Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Interior, el Informe N° 000810-2024-IN-OGPP-OPMI de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Memorando N° 000002-2024-IN-OGPP-COPRIP-ST de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 001510-2024-IN-OGAJ de la Oficina General Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 1 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, aprobado con Decreto Supremo Nº 195-2023-EF (en adelante, el TUO del Decreto Legislativo Nº 1362), establece que dicha norma tiene por objeto regular el marco institucional y los procesos para el desarrollo de proyectos de inversión bajo las modalidades de Asociación Público Privadas y de Proyectos en Activos;

Que, el numeral 7.1 del artículo 7 del TUO del Decreto Legislativo Nº 1362 dispone que, las entidades públicas titulares de proyectos que cuenten con proyectos o prevean desarrollar procesos de promoción de la inversión privada, bajo las modalidades reguladas en la citada norma crean el Comité de Promoción de la Inversión Privada;

Que, el numeral 7.2 del artículo 7 del TUO del Decreto Legislativo Nº 1362 señala que, “El Comité de Promoción de la Inversión Privada, según corresponda, asume los siguientes roles: 1. Organismo Promotor de la Inversión Privada, en los procesos de promoción bajo su competencia, conforme a lo establecido en el artículo 8. En este supuesto, el Viceministro, Consejo Regional, Concejo Municipal, o su equivalente, según corresponda, ejerce las funciones del Consejo Directivo de Proinversión. 2. Órgano de coordinación con Proinversión, en los procesos de promoción bajo competencia o encargados a dicha entidad; y con el Ministerio de Economía y Finanzas, en materia de seguimiento y simplificación de la inversión, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11”;

Que, el numeral 7.3 del artículo 7 del TUO del Decreto Legislativo Nº 1362 establece que, “La designación de los miembros del Comité de Promoción de la Inversión Privada se efectúa mediante Resolución Ministerial, Resolución del Gobernador Regional, Resolución de Alcaldía, o resolución del titular, según se trate de Ministerios, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales u otra entidad pública habilitada por ley, respectivamente. Dichas resoluciones se publican en el diario oficial El Peruano y se comunican al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas”;

Que, el numeral 17.1 del artículo 17 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, aprobado por Decreto Supremo Nº 240-2018-EF (en adelante, el Reglamento), establece que el Comité de Promoción de la Inversión Privada (CPIP) de un Ministerio es un órgano colegiado integrado por tres (3) funcionarios de la Alta Dirección o titulares de órganos de línea o asesoramiento de la entidad, los cuales ejercen sus funciones conforme a la Ley y a dicho Reglamento; asimismo, el numeral 17.3 del citado artículo establece que el funcionamiento del CPIP se rige por la normativa del Sistema Nacional de Promoción de la Inversión Privada (SNPIP);

Que, mediante Resolución Ministerial N° 1351-2018-IN, se conforma el Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Interior, en el marco del Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 240-2018-EF, integrado, en calidad de titulares, por el Secretario General, quien lo preside, el Director General de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, y el Director General de la Oficina General de Infraestructura, quien ejerce las funciones de Secretario Técnico; y, como miembros alternos el Asesor del Despacho Ministerial, designado por documento escrito, el Director de la Oficina de Planificación Operativa y Presupuesto de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, y el Director de la Oficina de Obras de la Oficina General de Infraestructura;

Que, con Resolución Ministerial N° 159-2019-IN, se modifica los artículos 1 y 3 de la Resolución Ministerial N° 1351-2018-IN, disponiendo la reconformación del Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Interior, quedando integrado por: el Secretario General, quien lo preside, el Director General de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, y el Director General de la Oficina General de Infraestructura; asimismo, se establece que el Director General de la Oficina General de Planificación y Presupuesto está a cargo de la Secretaría Técnica del Comité, respectivamente;

Que, a través de la Resolución Ministerial N° 0725-2022-IN, se modifica los artículos 1 y 3 de la Resolución Ministerial N° 1351-2018-IN, modificada con Resolución Ministerial N° 159-2019-IN, reconformando el Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Interior, quedando integrado por: el Secretario General, quien lo preside, el Director de la Secretaría Ejecutiva de la Policía Nacional del Perú, y el Director General de la Oficina General de Infraestructura; y, disponiendo que, el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto está a cargo de la Secretaría Técnica del Comité, respectivamente;

Que, mediante Acta N° 001-2024 del 8 de agosto de 2024, el Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Interior acuerda, por unanimidad, que se reconforme dicho Comité y se deje sin efecto la Resolución Ministerial N° 1351-2018-IN;

Que, a través del Informe N° 000810-2024-IN-OGPP-OPMI, la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto señala que, en atención a lo acordado mediante Acta N° 001-2024 y considerando que el Comité de Promoción de la Inversión Privada es un órgano colegiado integrado por tres (3) funcionarios, los cuales rigen su funcionamiento por la normativa del Sistema Nacional de Promoción de la Inversión Privada constituida por el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1362, su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 240-2018-EF, la Política Nacional de Promoción de la Inversión Privada en Asociación Público Privada y Proyectos en Activos, así como los lineamientos técnico normativos que emita la Dirección General de Política de Promoción de la Inversión Privada del Ministerio de Economía y Finanzas, no debiendo incluirse entre sus funciones aquellas establecidas en marcos normativos de otros sistemas, tales como el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, recomienda que se deje sin efecto la Resolución Ministerial N° 1351-2018-IN y sus modificatorias; y que se disponga la reconformación del Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Interior en los términos establecidos en el proyecto de Resolución Ministerial que remite;

Que, por medio del Memorando N° 000002-2024-IN-OGPP-COPRIP-ST, el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en calidad de Secretario Técnico del Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Interior, solicita que se deje sin efecto la Resolución Ministerial N° 1351-2018-IN y sus modificatorias, y se disponga la reconformación del referido Comité, conforme a lo propuesto por la Oficina de Programación Multianual de Inversiones;

Que, con Informe N° 001510-2024-IN-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable la tramitación de la Resolución Ministerial que deje sin efecto la Resolución Ministerial N° 1351-2018-IN y sus modificatorias, y se disponga la reconformación del Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Interior, conforme a lo propuesto por la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;

Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, aprobado con Decreto Supremo Nº 195-2023-EF; el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, aprobado por Decreto Supremo Nº 240-2018-EF; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y la Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Designación de miembros del Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Interior

Designar a los miembros del Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Interior, según el siguiente detalle:

- El/La Jefe/a de Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial, quien lo preside.

- El/La Secretario/a General del Ministerio del Interior.

- El/La Director/a General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto.

Artículo 2.- Funciones

El Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Interior, designado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, ejerce sus funciones de conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, aprobado con Decreto Supremo Nº 195-2023-EF; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 240-2018-EF, y normas complementarias.

Artículo 3.- Equipo de Asesoramiento

El Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Interior, designado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, cuenta con un Equipo de Asesoramiento de Promoción de la Inversión Privada conformado por el Secretario Ejecutivo de la Policía Nacional del Perú y el Jefe del Comando de Asesoramiento General de la Policía Nacional del Perú.

Artículo 4.- Dejar sin efecto

Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 1351-2018-IN y sus modificatorias, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 5.- Notificación

Notificar la presente Resolución Ministerial a los miembros designados del Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Interior, a su Equipo de Asesoramiento y al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas del Ministerio de Economía y Finanzas.

Artículo 6.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN JOSÉ SANTIVÁÑEZ ANTÚNEZ

Ministro del Interior

2319251-1