Autorizan viaje de oficial de la Fuerza Aérea del Perú a Brasil, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
N° 00898-2024-DE
Lima, 27 de agosto del 2024
VISTOS:
El Oficio Extra FAP N° 002600-2024-SECRE/FAP de la Secretaría de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el Oficio N° 02350-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01428- 2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante OF. RE (DSL) Nº 2-20-C/9 el Encargado de la Dirección General de Soberanía Límites y Asuntos Antárticos del Ministerio de Relaciones Exteriores solicita al Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú, la designación de un representante para que participe en la 35 Reunión de Administradores de Programas Antárticos Latinoamericanos (35 RAPAL), a realizarse en la ciudad de Brasilia, República Federativa de Brasil, del 3 al 5 de setiembre de 2024;
Que, a través del Informe Legal COAL N° 043-2024 el Asesor Jurídico de la Comandancia de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú opina que es viable la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del Mayor FAP Raúl Otto VELA CÁRDENAS para que participe en la referida actividad, en el lugar y fecha programada;
Que, conforme a lo señalado en la Exposición de Motivos anexada al expediente, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Mayor FAP Raúl Otto VELA CÁRDENAS para que participe en la 35 Reunión de Administradores de Programas Antárticos Latinoamericanos (35 RAPAL), porque permitirá viabilizar y estrechar alianzas estratégicas, convenios e intercambios de personal que beneficiarán a la Institución Armada;
Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos Nº 089 DGVCME/SIAF-RP, suscrita por el Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, se autorizan los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos que se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 de la Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, concordante con lo establecido en el inciso b) del artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG;
Que, asimismo, conforme a las Certificaciones de Crédito Presupuestario N° 0000000003 y N° 0000000732, emitidas por el Jefe del Departamento de Ejecución Presupuestal de la Fuerza Aérea del Perú, se garantiza el financiamiento del presente viaje al exterior;
Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;
Que, con Oficio Extra FAP N° 002600-2024-SECRE/FAP la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicita autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Mayor FAP Raúl Otto VELA CÁRDENAS para que participe en la 35 Reunión de Administradores de Programas Antárticos Latinoamericanos (35 RAPAL), a realizarse en la ciudad de Brasilia, República Federativa de Brasil, del 3 al 5 de setiembre de 2024, así como autorizar su salida del país el 2 de setiembre y su retorno el 6 de setiembre de 2024;
Que, mediante Oficio N° 02350-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN la Dirección General de Relaciones Internacionales remite el Informe Técnico N° 030-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN-LLLU, que contiene la opinión técnica favorable de la mencionada Dirección General respecto a la autorización del viaje al exterior, en comisión de servicio, del referido personal militar;
Que, mediante el Informe Legal N° 01428-2024-MINDEF/SG-OGAJ la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa considera legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Mayor FAP Raúl Otto VELA CÁRDENAS, identificado con NSA Nº 97451 y DNI Nº 44377178, para que participe en la 35 Reunión de Administradores de Programas Antárticos Latinoamericanos (35 RAPAL), a realizarse en la ciudad de Brasilia, República Federativa de Brasil, del 3 al 5 de setiembre de 2024, así como autorizar su salida del país el 2 de setiembre y su retorno el 6 de setiembre de 2024.
Artículo 2.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional de la Unidad Ejecutora 005: Fuerza Aérea del Perú, Año Fiscal 2024, de acuerdo a los siguientes conceptos:
Pasajes aéreos: Lima - ciudad de Brasilia (República Federativa de Brasil) - Lima
Clase económica
US$ 1,828.92 x 1 persona (incluye TUUA) US$ 1,828.92
Viáticos
US$ 370.00 x 3 días x 1 persona US$ 1,110.00
Total a pagar en dólares americanos: US$ 2,938.92
Artículo 3.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.
Artículo 4.- El Oficial Superior comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria.
Artículo 5.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ
Ministro de Defensa
2319344-1