Aprueban el Manual de Perfiles de Puestos (MPP) del Instituto Nacional de Calidad (INACAL)
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA
Nº 056-2024-INACAL/PE
Lima, 23 de agosto de 2024
VISTO:
El Informe Nº 098-2024-INACAL/OA-RRHH del Equipo Funcional de Recursos Humanos, la Nota Nº 218-2024-INACAL/OA de la Oficina de Administración, la Nota Nº 188-2024-INACAL/GG y el Memorando Nº 282-2024-INACAL/GG de la Gerencia General, el Oficio Nº 213-2024-INACAL/PE de la Presidencia Ejecutiva, el Informe Técnico Nº 000244-2024-SERVIR-GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, el Oficio Nº 000597-2024-SERVIR-PE de la Presidencia Ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, y el Informe Nº 180-2024-INACAL/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, dispone que el Instituto Nacional de Calidad – INACAL es un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y financiera; además, constituye Pliego Presupuestal y es el ente rector y máxima autoridad técnico normativa del Sistema Nacional para la Calidad;
Que, la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, tiene por objeto establecer un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, con la finalidad que las entidades públicas alcancen mayores niveles de eficacia y eficiencia, y presten efectivamente servicio de calidad a la ciudadanía a través de un mejor servicio civil;
Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria, “Etapas del proceso de implementación” del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado con Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, modificada por el Decreto Supremo Nº 085-2021-PCM, dispone que, para la implementación del régimen del Servicio Civil, por parte de las entidades públicas, se deben seguir las siguientes etapas: a) Análisis situacional respecto a los recursos humanos y al desarrollo de sus funciones, b) Propuesta de reorganización respecto a la estructura de recursos humanos y c) Valorización de los puestos de la entidad pública. Las etapas del proceso de implementación son desarrolladas mediante Directivas emitidas por la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR;
Que, a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000018-2024-SERVIR-PE, se formalizó el acuerdo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, adoptado en la Sesión Nº 002-2024-CD, mediante el cual se aprueba la Directiva Nº 003-2024-SERVIR-GDSRH, Diseño de perfiles de puestos y elaboración, aprobación, administración y modificación del Manual de Perfiles de Puestos (en adelante, la Directiva), la cual tiene por finalidad que las entidades públicas cuenten con reglas que les permitan elaborar perfiles de puestos y/o cargos de los distintos regímenes laborales para gestionar los procesos de selección, vinculación, inducción, periodo de prueba, desplazamiento, evaluación del desempeño, capacitación y, en los casos que corresponda, progresión en la carrera, en el marco del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos (SAGRH);
Que, mediante la Nota Nº 188-2024-INACAL/GG, la Gerencia General remite la Nota Nº 218-2024-INACAL/OA de la Oficina de Administración y el Informe Nº 098-2024-INACAL/OA-RRHH del Equipo Funcional de Recursos Humanos, a través de los cuales se sustenta y propone el Manual de Perfiles de Puestos (MPP) del Instituto Nacional de Calidad (INACAL), que contiene los perfiles de (14) puestos de la Sección Nº 1 del MPP, que comprenden a su vez un (01) funcionario público, once (11) directivos públicos y dos (02) puestos de actividades complementarias de la familia de asesoría; elaborados bajo los lineamientos establecidos en la Directiva concordantes con la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil;
Que, a través del Oficio Nº 213-2024-INACAL/PE, la Presidencia Ejecutiva del INACAL remite a SERVIR la propuesta de Manual de Perfiles de Puestos (MPP) del Instituto Nacional de Calidad (INACAL), para la revisión y opinión favorable correspondiente, conforme al artículo 26 de la Directiva;
Que, en respuesta a lo señalado en el párrafo anterior, mediante Oficio Nº 000597-2024-SERVIR-PE, el Presidente Ejecutivo de SERVIR remite el Informe Técnico Nº 000244-2024-SERVIR-GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, mediante el cual se emite opinión favorable a la propuesta de Manual de Perfiles de Puestos (MPP) del Instituto Nacional de Calidad (INACAL), en el marco de lo establecido en los incisos 27.2 y 27.3 del artículo 27 de la Directiva, recomendándose continuar con las acciones necesarias para su aprobación mediante resolución del titular de la entidad y publicación en el Diario Oficial El Peruano y el portal de transparencia de la entidad;
Que, en atención a lo dispuesto en los incisos 27.8 y 27.9 del artículo 27 de la Directiva, una vez notificada la opinión técnica favorable de SERVIR, la entidad pública que elabora y presenta la propuesta de Manual de Perfiles de Puestos, la aprueba mediante resolución del titular. Dicha aprobación se realiza en un plazo no mayor a los cinco (5) días hábiles, contabilizados desde la fecha de recepción de la opinión técnica de SERVIR. La mencionada resolución se publica en el diario oficial El Peruano; y el Manual de Perfiles de Puestos, así como la citada resolución, se publican en el portal de transparencia de la entidad pública en la misma fecha en que se publica el citado dispositivo legal en el diario oficial El Peruano;
Que, de otro lado, de acuerdo con lo establecido en el literal j) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, se entiende que, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, el titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública;
Que, el numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, señala que la Presidencia Ejecutiva del INACAL está a cargo de un presidente ejecutivo, a dedicación exclusiva y remunerada, quien es la máxima autoridad administrativa de la Entidad y ejerce la titularidad del pliego presupuestal;
Que, mediante Informe Nº 180-2024-INACAL/OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión favorable en el marco de sus funciones, respecto de la aprobación, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva, de la propuesta del Manual de Perfiles de Puestos (MPP) del Instituto Nacional de Calidad (INACAL);
Que, de conformidad con lo anteriormente señalado, corresponde aprobar el Manual de Perfiles de Puestos (MPP) del Instituto Nacional de Calidad (INACAL);
Con las visaciones de la Oficina de Administración, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General;
De conformidad con la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; el Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM que aprueba el Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; el Decreto Supremo Nº 009-2019-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba la Sección Única del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Calidad – INACAL; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000018-2024-SERVIR-PE que aprueba la Directiva Nº 003-2024-SERVIR-GDSRH, Diseño de perfiles de puestos y elaboración, aprobación, administración y modificación del Manual de Perfiles de Puestos;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Manual de Perfiles de Puestos (MPP) del Instituto Nacional de Calidad (INACAL), el cual forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y del Manual de Perfiles de Puestos (MPP) del Instituto Nacional de Calidad (INACAL) aprobado en el artículo 1 precedente, en el portal de transparencia del Instituto Nacional de Calidad – INACAL, en la misma fecha de la publicación de la citada resolución en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CÉSAR JOSÉ BERNABÉ PÉREZ
Presidente Ejecutivo
Instituto Nacional de Calidad
2318486-1