Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a Italia, en misión de estudios
Resolución Ministerial
N° 00886-2024-DE
Lima, 22 de agosto del 2024
VISTOS:
El Oficio N° 6598/52 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el Oficio N° 02496-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01418-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Carta s/n de fecha 12 de junio de 2024 el Director de Cirugía General de la Universidad de Pisa invita a la Capitán de Corbeta SN (MC) Nadia Carolina REJAS VARILLAS para que participe en el “Curso de Perfeccionamiento en Cirugía Oncológica Avanzada Mínimamente Invasiva”, a llevarse a cabo en el Hospital Universitario de Pisa, ciudad de Pisa, República Italiana, del 01 de setiembre al 30 de noviembre de 2024;
Que, con Oficio N° 6495/52 el Secretario de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú comunicó al Director de Cirugía General de la Universidad de Pisa, que se ha aceptado la participación de la Capitán de Corbeta SN (MC) Nadia Carolina REJAS VARILLAS, en el citado programa académico;
Que, a través del Informe Legal Nº 054-2024/OAL-DIREDUMAR la Jefatura de la Oficina de Asesoría Legal de la Dirección General de Educación de la Marina opina que es viable autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, de la Oficial Superior, para participar en el “Curso de Perfeccionamiento en Cirugía Oncológica Avanzada Mínimamente Invasiva”, a llevarse a cabo en el Hospital Universitario de Pisa, ciudad de Pisa, República Italiana, del 01 de setiembre al 30 de noviembre de 2024;
Que, conforme a la Exposición de Motivos anexada al expediente, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, de la Capitán de Corbeta SN (MC) Nadia Carolina REJAS VARILLAS para que participe en el “Curso de Perfeccionamiento en Cirugía Oncológica Avanzada Mínimamente Invasiva”, porque permitirá contar con personal capacitado en cirugía oncológica, implementando el Servicio de Cirugía Oncológica en el Centro Médico Naval “Cirujano Mayor Santiago Távara”; asimismo, la profesional contará con capacitación en cirugías convencionales y cirugía robótica, contribuyendo a elevar su nivel profesional en beneficio de su Institución Armada;
Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos Nº 156-2024 suscrita por el Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú y el Director General de Educación de dicha Institución Armada, los gastos por concepto de pasajes aéreos y compensación extraordinaria por servicio en el extranjero se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 7 del Reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;
Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria Nº 177-2024 el Jefe de la Oficina de Planes, Programas y Presupuestos de la Sub-Unidad Ejecutora 01 “Personal y Bienestar” de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú detalla los recursos que se verán involucrados en la ejecución del presente viaje al exterior, en misión de estudios; asimismo, con las Certificaciones de Crédito Nº 0000000101 y Nº 0000000156 emitidas por la Dirección de Presupuesto de la Dirección General de Economía de la Marina de Guerra del Perú, se garantiza el financiamiento del presente viaje al exterior;
Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de garantizar la participación oportuna del personal militar designado durante la totalidad de la actividad programada, resulta necesario autorizar su salida del país con dos (2) días de anticipación, así como su retorno un (1) día después del término de la misma, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al tesoro público;
Que, con Oficio Nº 6598/52, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita la autorización del viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar que participará en el “Curso de Perfeccionamiento en Cirugía Oncológica Avanzada Mínimamente Invasiva”, a llevarse a cabo en el Hospital Universitario de Pisa, ciudad de Pisa, República Italiana, del 01 de setiembre al 30 de noviembre de 2024, autorizando su salida del país el 30 de agosto y su retorno el 01 de diciembre de 2024;
Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú;
Que, a través del Oficio N° 02496-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 040-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN-LLLU, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior;
Que, mediante el Informe Legal N° 01418-2024- MINDEF/SG-OGAJ la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en misión de estudios, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modificado por Decreto Supremo N° 414-2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, de la Capitán de Corbeta SN (MC) Nadia Carolina REJAS VARILLAS, identificada con CIP N° 00099934 y DNI N° 42939834, para que participe en el “Curso de Perfeccionamiento en Cirugía Oncológica Avanzada Mínimamente Invasiva”, a llevarse a cabo en el Hospital Universitario de Pisa, ciudad de Pisa, República Italiana, del 01 de setiembre al 30 de noviembre de 2024, autorizando su salida del país el 30 de agosto y su retorno el 01 de diciembre de 2024.
Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo a los siguientes conceptos:
Pasajes aéreos: Lima - Pisa (República Italiana) - Lima US$ 3,200.00 x 1 persona |
US$ 3,200.00 |
Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: € 5,330.11 x 3 meses (set-nov) x 1 persona |
€ 15,990.33 |
Total a pagar: |
US$ 3,200.00 |
Total a pagar: |
€ 15,990.33 |
Artículo 3.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero se hace por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fiscal correspondiente.
Artículo 4.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.
Artículo 5.- La Oficial Superior designada debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 6.- La mencionada Oficial Superior revistará en la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú por el período que dure la misión de estudios en el exterior.
Artículo 7.- La Oficial Superior designada está impedida de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia.
Artículo 8.- La presente Resolución Ministerial no otorgará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ
Ministro de Defensa
2318480-1