Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú y de empleado civil a Uruguay en comisión de servicios

Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú y de empleado civil a Uruguay, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 00880-2024-DE

Lima, 22 de agosto del 2024

VISTOS:

El Oficio Nº 6139/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el Oficio N° 02282-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal N° 01407-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Oficio N° 254/42 el Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en la República Argentina, concurrente en la República Oriental del Uruguay, remite al Comandante General de la Marina de Guerra del Perú la Nota Nº 115/23 a través de la cual el Comandante en Jefe de la Armada Nacional de la República Oriental del Uruguay hace extensiva una invitación para que una delegación de la Escuela Superior de Guerra Naval de la Marina de Guerra del Perú, en el marco del Juego de Guerra Interamericano en su Edición N° 50, participe en la Reunión Final y Crítica de la Fase III del citado Juego de Guerra, a realizarse en las instalaciones de la Escuela de Guerra Naval en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 2 al 6 de setiembre de 2024, considerando la participación de dos (2) delegados por Institución;

Que, con Oficio Nº 0328/42 el Comandante General de la Marina de Guerra del Perú comunica al Comandante en Jefe de la Armada Nacional de la República Oriental del Uruguay la designación del Capitán de Fragata Hernán Alberto COSTA LÓPEZ y del Empleado Civil (CAS) Eduardo Antonio PÉREZ ROMÁN, para que participen en la citada actividad;

Que, a través del Informe Legal Nº 003-2024 el Asesor Legal de la Escuela Superior de Guerra Naval opina que es viable autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del mencionado personal militar y civil, para participar en la Reunión Final y Crítica de la Fase III del Juego de Guerra Interamericano en su Edición N° 50, en el lugar y fecha programada;

Que, en la Exposición de Motivos anexada al expediente se señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por cuanto permitirá establecer lazos de coordinación y promover la cooperación estratégica regional. Asimismo, permitirá incrementar el intercambio académico profesional, la integración entre las Escuelas Superiores de Guerra Naval, así como proveer de un foro donde las instituciones participantes puedan opinar con libertad de cátedra, de manera no vinculante, contribuyendo al intercambio de ideas y conocimiento;

Que, conforme a lo indicado en la Nota Nº 115/23 del Comandante en Jefe de la Armada Nacional de la República Oriental de Uruguay, los gastos de alojamiento, alimentación y pasajes aéreos deberán ser asumidos por cada delegación;

Que, por medio de la Hoja de Gastos Nº 143-2024 suscrita por el Jefe de la División de Pasaportes, Visas y Viáticos de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú y por el Jefe de la Oficina General de Administración de dicha Institución Armada, los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;

Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria Nº 163-2024 el Jefe de la Oficina de Planes, Programas y Presupuestos de la Sub-Unidad Ejecutora 01 “Personal y Bienestar” de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú detalla los recursos que se verán involucrados en la ejecución del presente viaje al exterior, en comisión de servicio; asimismo, con las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000009 y Nº 0000000101, emitidas por la Dirección de Presupuesto de la Dirección General de Economía de la Marina de Guerra del Perú, se garantiza el financiamiento del presente viaje al exterior;

Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que éstos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;

Que, con Oficio Nº 6139/51 la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita la autorización del viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar y civil que participará en la Reunión Final y Crítica de la Fase III del Juego de Guerra Interamericano en su Edición N° 50, a realizarse en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 2 al 6 de setiembre de 2024, así como autorizar su salida del país el 1 de setiembre y su retorno el 7 de setiembre de 2024;

Que, a través del Oficio N° 02282-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 032-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN-LAYC la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes;

Que, mediante el Informe Legal N° 01407-2024-MINDEF/SG-OGAJ la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Capitán de Fragata Hernán Alberto COSTA LÓPEZ, identificado con CIP N° 00914733 y DNI N° 43657289 y del Empleado Civil (CAS) Eduardo Antonio PÉREZ ROMÁN, identificado con CIP N° 00121356 y DNI N° 43345040, para que participen en la Reunión Final y Crítica de la Fase III del Juego de Guerra Interamericano en su Edición N° 50, a realizarse en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 2 al 6 de setiembre de 2024, así como autorizar su salida del país el 1 de setiembre y su retorno el 7 de setiembre de 2024.

Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo a los siguientes conceptos:

Pasajes aéreos: Lima - Montevideo (República Oriental del Uruguay) – Lima

Clase económica

US$ 1,300.00 x 2 personas (Incluye importe TUUA)

US$ 2,600.00

Viáticos:

US$ 370.00 x 2 personas x 5 días

US$ 3,700.00

Total a pagar:

US$ 6,300.00

Artículo 3.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda autorizado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.

Artículo 4.- El personal autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo, el personal designado efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria.

Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ

Ministro de Defensa

2318075-1