Disponen la ampliación del plazo de implementación del Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC, aprobado mediante la R.J. Nº 000061-2024/JNAC/RENIEC
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 000129-2024/JNAC/RENIEC
Lima, 23 de agosto del 2024
VISTOS:
La Hoja de Elevación Nº000292-2024/OPP/RENIEC (22AGO2024) de la Oficina de Planificación y Presupuesto (hoy Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización); el Informe Nº000202-2024/OPP/URM/RENIEC (22AGO2024) elaborado por la Unidad de Racionalización y Modernización de la Oficina de Planificación y Presupuesto (hoy Unidad de Modernización Organizacional de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización); el Informe Nº001075-2024/OAJ/RENIEC (22AGO2024) de la Oficina de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo, encargado de manera exclusiva y excluyente, de las funciones de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil, asimismo, de emitir los documentos que acreditan la identidad de las personas; para tal fin, desarrollará técnicas y procedimientos automatizados que permitan un manejo integrado y eficaz de la información;
Que la Ley Nº27658 Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y sus modificatorias, establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, con el objetivo de alcanzar un Estado, entre otros, al servicio de la ciudadanía y transparente en su gestión;
Que los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados mediante Decreto Supremo Nº054-2018-PCM y sus modificatorias, regulan los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado y establece que el Reglamento de Organización y Funciones es un documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad, contiene las competencias y funciones generales de la entidad, las funciones específicas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia;
Que a través de la Resolución Jefatural Nº 000061-2024/JNAC/RENIEC (08ABR2024), se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC, estableciendo un plazo de 90 (noventa) días calendarios para que los órganos y unidades orgánicas de la entidad implementen su organización y funciones para el cabal cumplimiento del referido Reglamento;
Que mediante los documentos de vistos, Oficina de Planificación y Presupuesto (hoy Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización) sustenta la necesidad de ampliar, hasta por 120 (ciento veinte) días calendarios, el plazo de implementación del referido Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante la Resolución Jefatural Nº000061-2024/JNAC/RENIEC (08ABR2024), con el objeto que los órganos y unidades orgánicas de la entidad implementen de forma integral la organización y funciones para su cabal cumplimiento;
Que conforme a lo señalado, a través de los documentos de vistos, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión favorable respecto a la propuesta presentada por la Oficina de Planificación y Presupuesto (hoy Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización), advirtiendo que, del cómputo efectuado respecto al plazo de implementación dispuesto mediante Resolución Jefatural Nº000061-2024/JNAC/RENIEC, éste concluyó el 10JUL2024, por lo cual resulta necesario emitir la ampliación del plazo de implementación con eficacia anticipada al 11JUL2024;
Que conforme a lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº004-2019-JUS, la autoridad administrativa podrá disponer en el mismo acto administrativo que éste tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto, el supuesto de hecho justificativo para su adopción; y,
Conforme a las facultades conferidas por la Ley Nº26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado con Resolución Jefatural Nº000061-2024/JNAC/RENIEC (08ABR2024) y de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº001-2009- JUS, modificado por el Decreto Supremo Nº014-2012-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Disponer, con eficacia anticipada al 11JUL2024, la ampliación del plazo de implementación del Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC, aprobado mediante la Resolución Jefatural Nº000061-2024/JNAC/RENIEC (08ABR2024), hasta por 120 (ciento veinte) días calendarios.
Artículo Segundo.- Encargar a la Oficina de Planificación y Presupuesto (hoy Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización) realizar el seguimiento para la debida implementación del Reglamento de Organización y Funciones institucional.
Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional www.reniec.gob.pe
Regístrese, publíquese y cúmplase.
CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN
Jefa Nacional
2318542-1