Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan viaje de Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur y de Jueza Superior de la Corte Superior de Justicia de Lima para que participen en curso especializado a realizarse en Puerto Rico

Autorizan viaje de Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur y de Jueza Superior de la Corte Superior de Justicia de Lima, para que participen en curso especializado a realizarse en Puerto Rico

Presidencia del Consejo Ejecutivo

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

N° 000103-2024-P-CE-PJ

Lima, 8 de agosto del 2024

VISTO:

El Oficio N° 000955-2024-GG-PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial, por el cual remite el cálculo de gastos por seguro de viaje del señor Marco Antonio Angulo Morales, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur; y de la señora Josefa Izaga Pellegrín, Jueza Superior de la Corte Superior de Justicia de Lima, para que participen en una capacitación en la ciudad de San Juan, Puerto Rico.

CONSIDERANDO:

Primero. Que la Presidencia del Poder Judicial mediante Resolución Corrida N° 000200-2024-P-PJ designó al señor Marco Antonio Angulo Morales, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur; y a la señora Josefa Izaga Pellegrín, Jueza Superior de la Corte Superior de Justicia de Lima, para que participen de manera presencial en el Módulo III “Curso especializado juzgamiento con perspectiva de género”, que se realizará del 26 al 30 de agosto del presente año, en la ciudad de San Juan, Puerto Rico.

Segundo. Que, asimismo, en la citada resolución se dispuso que la Gerencia General del Poder Judicial cubra los gastos de seguro de viaje internacional; y estando a la información remitida por la mencionada dependencia administrativa, es menester emitir el acto de administración respectivo.

Tercero. Que resulta de interés para este Poder del Estado participar en certámenes en el que jueces y juezas puedan adquirir conocimientos; así como intercambiar experiencias e información, lo que contribuirá a mejorar el servicio de administración de justicia.

En consecuencia, la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de conformidad con el Memorando N° 000986-2024-GAF-GG-PJ; y en mérito a las facultades delegadas mediante Resolución Administrativa número cero cero tres guion dos mil nueve guion CE guion PJ:

RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Marco Antonio Angulo Morales, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur; y de la señora Josefa Izaga Pellegrín, Jueza Superior de la Corte Superior de Justicia de Lima, del 25 al 31 de agosto del año en curso, para que participen de manera presencial en el Módulo III “Curso especializado juzgamiento con perspectiva de género”, que se llevará a cabo en la ciudad de San Juan, Puerto Rico; concediéndoseles licencia con goce de haber del 26 al 30 de los corrientes.

Artículo Segundo.- La Unidad Ejecutora de la Gerencia General sufragará los gastos por concepto de seguro de viaje internacional, conforme al siguiente detalle:

• Marco Antonio Angulo Morales US$ 49.00 dólares americanos

• Josefa Izaga Pellegrín US$ 49.00 dólares americanos.

Artículo Tercero.- El citado juez y jueza deberán presentar un informe a este despacho de forma individual y en un plazo no mayor a diez días posteriores a la conclusión de la citada actividad académica, que deberá contener: i) Fotocopia del documento que acredite la participación o aprobación, según corresponda; ii) Material bibliográfico en físico o digital, para remitirlo al Centro de Investigaciones Judiciales del Poder Judicial; iii) Ponencia realizada en la actividad de capacitación, para su difusión a través del mencionado Centro de Investigaciones, en caso sea pertinente; iv) Propuestas y recomendaciones generadas a partir de la capacitación recibida; y v) Realizar réplicas y difundir, de ser necesario, a través del Centro de Investigaciones Judiciales y la Unidad Administrativa de cada Corte Superior, con conocimiento del referido Centro de Investigaciones.

Artículo Cuarto.- El cumplimiento de la presente resolución no exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo Quinto.- Notificar a la Presidencia del Poder Judicial, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Lima Sur y Lima, Centro de Investigaciones, Oficina de Cooperación Técnica Internacional del Poder Judicial, jueces participantes; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para conocimientos y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y, cúmplase.

JAVIER ARÉVALO VELA

Presidente

2318429-1