Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan gastos a la APCI para el desplazamiento de beneficiarios extranjeros que recibirán asistencia técnica y capacitación en el marco de la ejecución de actividades en las ciudades de Lima y Ayacucho República del Perú

Autorizan gastos a la APCI para el desplazamiento de beneficiarios extranjeros que recibirán asistencia técnica y capacitación en el marco de la ejecución de actividades en las ciudades de Lima y Ayacucho, República del Perú

Resolución Ministerial

N° 0644-2024-RE

Lima, 23 de agosto de 2024

VISTOS:

El Memorándum N° APC003432024, de 25 de julio de 2024, de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI; el Memorándum N° DCI008462024, de 30 de julio de 2024, de la Dirección de Cooperación Internacional; el Memorándum N° LEG018722024, de 2 de agosto de 2024, de la Oficina General de Asuntos Legales; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con la Ley N° 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, la referida Agencia es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, que ejecuta, programa y organiza la cooperación técnica internacional, también llamada cooperación internacional no reembolsable, la cual se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo, y por consiguiente, goza de los beneficios tributarios que la ley establece;

Que, el literal c) del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 719, Ley de Cooperación Técnica Internacional, establece que la Cooperación Técnica Internacional es el medio por el cual el Perú brinda preparación técnica, científica y cultural a peruanos en el país o en el extranjero, y a los extranjeros en el Perú;

Que, la Sexagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, prorrogada en su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024 por el numeral v. de la Sexagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, autoriza a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, a financiar, con cargo a su presupuesto institucional y en el marco de lo señalado por el Decreto Legislativo N° 719, la adquisición de pasajes, viáticos y seguros personales que permita el desplazamiento de cooperantes peruanos al exterior, para brindar asistencia técnica y capacitación, así como también para facilitar el desplazamiento de beneficiarios extranjeros hacia el Perú para recibir capacitación, ambos de corta duración. Los gastos que se efectúen en el marco de la citada disposición deberán contar previamente con una autorización aprobada mediante resolución del titular del Ministerio de Relaciones Exteriores;

Que, la cooperación entre la República del Perú y la República Oriental del Uruguay se enmarca en el Convenio Básico de Cooperación Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Oriental del Uruguay, suscrito el 23 de marzo de 1983, a través del cual se estableció que ambos países se reunirán periódicamente, en principio cada año, y en forma alternada;

Que, en la V Reunión de la Comisión Mixta de Cooperación Técnica entre la República Oriental del Uruguay y la República del Perú, se aprobó el Programa de Cooperación Técnica 2023-2025 entre la República Oriental del Uruguay y la República del Perú, el cual está conformado, entre otros, por el Proyecto denominado “Rescate de Un Siglo: segunda fase”;

Que, en el marco del mencionado Proyecto se han programado las actividades denominadas “Taller teórico práctico sobre elaboración de proyecto de organización y descripción documental a realizarse en la sede del AGN”, “Taller teórico-práctico sobre proyección cultural en Archivos y elaboración de exposiciones documentales”, “Taller teórico-práctico sobre conservación documental a realizarse en la sede del AGN, Perú” y “Pasantía en un archivo regional en Perú para conocer un modelo de gestión”, las mismas que se realizarán en las ciudades de Lima y Ayacucho, República del Perú, del 1 al 6 de setiembre de 2024; y cuyas instituciones ejecutoras son el Archivo General de la Nación (AGN) de la República del Perú y la Intendencia de Colonia (IC) de la República Oriental del Uruguay;

Que, mediante el Informe N° 0084-2024-APCI/DGNI, de 19 de julio de 2024, la Dirección de Gestión y Negociación Internacional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, ha señalado que en las referidas actividades del Proyecto participarán los beneficiarios extranjeros Aneliese Couto Souza, Solange María Bermúdez y Mónica Valeria Mello López, quienes recibirán asistencia técnica y capacitación en las ciudades de Lima y Ayacucho, República del Perú, con el objetivo de elaborar un plan de acción que contemple las nuevas potencialidades y necesidades de la situación actual del Museo de Colonia; concluyendo que resulta necesario proceder con la autorización de gasto por concepto de pasajes aéreos, seguros personales y viáticos para el desplazamiento de los tres (3) funcionarios de la Intendencia de Colonia (IC) de la República Oriental del Uruguay, en calidad de beneficiarios extranjeros;

Que, de conformidad con lo establecido en la Sexagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, prorrogada en su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024 por el numeral v. de la Sexagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, los gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y seguros personales que irrogue el desplazamiento de los citados beneficiarios extranjeros serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI;

Que, la participación de los beneficiarios extranjeros se inscribe en el marco de lo dispuesto en la “Directiva que establece el procedimiento de adquisición de pasajes, asignación de viáticos y rendición de cuentas en el marco de la gestión de la Oferta Peruana de Cooperación Técnica Internacional”, aprobada por la Resolución Directoral Ejecutiva N° 080-2019/APCI-DE;

Que, mediante la Memoranda N° 0086-2024-APCI/OPP, N° 0144-2024-APCI/OPP, N° 0300-2024-APCI/OPP y N° 0301-2024-APCI/OPP, de 16 de febrero de 2024, 25 de marzo de 2024, 4 de julio de 2024 y 8 de julio de 2024, respectivamente, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI ha emitido las Notas N° 0000000043, N° 0000000068, N° 00000000137 y N° 0000000093, otorgando la certificación de crédito presupuestario y las ampliaciones que permitirán atender el citado gasto;

Que, luego de la revisión de los requisitos, de las disposiciones establecidas en la normativa sobre la materia y sus directivas internas, la Oficina de Asesoría Jurídica de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, mediante el Informe N° 0154-2024-APCI/OAJ, de 24 de julio de 2024, ha emitido opinión favorable respecto a la autorización de gasto;

Que, a través del Memorándum N° DCI008462024, de 30 de julio de 2024, la Dirección de Cooperación Internacional de la Dirección General para Asuntos Económicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, ha verificado que lo requerido por la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI se encuentra en consonancia con el objetivo estratégico del sector relacionado con el fortalecimiento de la Cooperación Sur-Sur y del rol del Perú como oferente de cooperación;

De conformidad con la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo N° 135-2010-RE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley N° 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI; y, el Decreto Supremo N° 028-2007-RE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorización de gasto

Se autoriza a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, el gasto por concepto de adquisición de pasajes aéreos, seguros personales y viáticos para el desplazamiento de los beneficiarios extranjeros Aneliese Couto Souza, Solange María Bermúdez y Mónica Valeria Mello López, quienes recibirán asistencia técnica y capacitación en el marco de la ejecución de las actividades denominadas “Taller teórico práctico sobre elaboración de proyecto de organización y descripción documental a realizarse en la sede del AGN”, “Taller teórico-práctico sobre proyección cultural en Archivos y elaboración de exposiciones documentales”, “Taller teórico-práctico sobre conservación documental a realizarse en la sede del AGN, Perú” y “Pasantía en un archivo regional en Perú para conocer un modelo de gestión” del Proyecto denominado “Rescate de Un Siglo: segunda fase”; a realizarse en las ciudades de Lima y Ayacucho, República del Perú, del 1 al 6 de setiembre de 2024, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y apellidos

Pasajes aéreos internacionales

Montevideo-Lima-Montevideo

(USD)

Pasajes aéreos nacionales

Lima-Ayacucho-Lima

(USD)

Seguros personales

(USD)

Viáticos

por día

(USD)

Número

de días

Total de

viáticos

(USD)

Aneliese Couto Souza

1,210.00

227.50

69.74

84.45

6

506.70

Solange María Bermúdez

1,210.00

227.50

69.74

84.45

6

506.70

Mónica Valeria Mello López

1,210.00

227.50

69.74

84.45

6

506.70

Artículo 2.- Remisión de informe

La Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI remite al Ministerio de Relaciones Exteriores un informe detallado, con posterioridad al cierre de las actividades, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como el detalle de los gastos efectuados, en base a la presente autorización.

Artículo 3.- Pago de impuestos o derechos aduaneros

La presente resolución ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAVIER GONZÁLEZ-OLAECHEA FRANCO

Ministro de Relaciones Exteriores

2318445-1