Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

FE DE ERRATA

FE DE ERRATAS

RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA

Nº 115-2024/APCI-DE

A solicitud de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional, se publica Fe de Erratas de la Resolución Directoral Ejecutiva N° 115-2024/APCI-DE, publicada en la edición del día 21 de agosto de 2024.

- En el párrafo 9 del considerando;

DICE:

“Que, con Resolución Directoral Ejecutiva N° 040-2019/APCI-DE de fecha 27 de marzo de 2019 se aprobó el Manual de Perfiles de Puestos (MPP) de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI; el cual fue modificado mediante Resolución Directoral Ejecutiva N° 118-2022/APCI-DE de fecha 04 de noviembre de 2022; en el que se establece que el puesto de Asesor/a pertenece al grupo de servidores de directivos públicos, familia de puestos dirección institucional y rol de dirección estratégica; perfil que fue adecuado considerando los parámetros establecidos en la ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; y, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM;”

DEBE DECIR:

“Que, con Resolución Directoral Ejecutiva N° 040-2019/APCI-DE de fecha 27 de marzo de 2019 se aprobó el Manual de Perfiles de Puestos (MPP) de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI; el cual fue modificado mediante Resolución Directoral Ejecutiva N° 118-2022/APCI-DE de fecha 04 de noviembre de 2022; en el que se establece que el puesto de Asesor/a de la Dirección Ejecutiva pertenece al grupo de servidores civiles: Servidor de Actividades Complementarias, familia de puestos y rol: Asesoría; la cual fue realizada en el marco de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; y, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM;”

- En el párrafo 10 del considerando;

DICE:

“Que, mediante la Resolución Directoral Ejecutiva N° 113-202024/APCI-DE, de fecha 14 de agosto de 2024, se aceptó la renuncia presentada por la señora María Helena Saravia Benavides al cargo de confianza de Asesora de la Dirección Ejecutiva de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional, considerando su último día de labores el 14 de agosto de 2024;”

DEBE DECIR:

“Que, mediante la Resolución Directoral Ejecutiva N° 113-2024/APCI-DE, de fecha 14 de agosto de 2024, se aceptó la renuncia presentada por la señora María Helena Saravia Benavides al cargo de confianza de Asesora de la Dirección Ejecutiva de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional, considerando su último día de labores el 14 de agosto de 2024;”

- En el párrafo 11 del considerando;

DICE:

“Que, con Informe N° 103-2024-APCI/OGA de fecha 19 de agosto de 2024, la Oficina General de Administración en señal de conformidad eleva el Informe N° 0543-2024-APCI/OGA-UAP de fecha 15 de agosto de 2024, por el cual la Unidad de Administración de Personal comunica que, tras evaluar el perfil del señor César Díaz Díaz, este cumple con los requisitos para el puesto de Asesor de la Dirección Ejecutiva de la APCI y no se encuentra impedido o inhabilitado para el ejercicio de la función pública;”

DEBE DECIR:

“Que, con Informe N° 103-2024-APCI/OGA de fecha 19 de agosto de 2024, la Oficina General de Administración en señal de conformidad eleva el Informe N° 0543-2024-APCI/OGA-UAP de fecha 15 de agosto de 2024, por el cual la Unidad de Administración de Personal comunica que, tras evaluar el perfil del señor César Eduardo Díaz Díaz, este cumple con los requisitos para el puesto de Asesor de la Dirección Ejecutiva de la APCI y no se encuentra impedido o inhabilitado para el ejercicio de la función pública;”

- En el párrafo 12 del considerando;

DICE:

“Que, teniendo en cuenta lo informado por la Unidad de Administración de Personal de la Oficina General de Administración y perteneciendo el puesto de Asesor/a de la Dirección Ejecutiva al grupo de servidores de directivos públicos, familia de puestos dirección institucional y rol de dirección estratégica, presupuestado y vacante, resulta necesario emitir la resolución correspondiente; precisándose que los derechos y obligaciones del servidor civil se encuentran regulados en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, y demás normas complementarias;”

DEBE DECIR:

“Que, teniendo en cuenta lo informado por la Unidad de Administración de Personal de la Oficina General de Administración y perteneciendo el puesto de Asesor/a de la Dirección Ejecutiva al grupo de servidores civiles: Servidor de Actividades Complementarias, familia de puestos y rol: Asesoría, el que se encuentra presupuestado y vacante, resulta necesario emitir la resolución correspondiente; precisándose que los derechos y obligaciones del servidor civil se encuentran regulados en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, y demás normas complementarias;”

- En el Artículo 1;

DICE:

Articulo 1.- Disponer la incorporación y designación del señor César Díaz Díaz, en el puesto de Asesor de la Dirección Ejecutiva de la APCI, cargo de confianza que pertenece al grupo de Directivos Públicos, familia de puestos de Dirección Institucional, rol de Dirección Estratégica, con código del puesto en el Cuadro de Perfil de Puestos (CPE) CO0401002, bajo el régimen de la Ley del Servicio Civil. El vínculo se inicia el 20 de agosto de 2024.”

DEBE DECIR:

Articulo 1.- Disponer la incorporación y designación del señor César Eduardo Díaz Díaz, en el puesto de Asesor de la Dirección Ejecutiva de la APCI, cargo de confianza que pertenece al grupo de servidores civiles: Servidor de Actividades Complementarias, familia de puestos y rol: Asesoría, con Código del puesto en el Cuadro de Perfil de Puestos (CPE) N° CO0401002, bajo el régimen de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil. El vínculo se inicia el 20 de agosto de 2024.”

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