Entrada en vigencia del Anexo II del “Memorándum de Entendimiento entre las Autoridades Aeronáuticas Civiles de la República Argentina y de la República del Perú” que modifica el Anexo I del “Acuerdo de Servicios Aéreos entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Argentina”
El “Acuerdo de Servicios Aéreos entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Argentina” fue suscrito el 15 de junio de 2007. El Acuerdo fue aprobado por el Congreso de la República con la Resolución Legislativa N° 31605 de 4 de noviembre de 2022 y ratificado internamente por la Presidenta de la República con el Decreto Supremo N° 063-2022-RE de 22 de diciembre de 2022.
El Acuerdo dispone en su artículo XIX, párrafo 4, que cualquier modificación a sus anexos puede realizarse por acuerdo directo entre las autoridades aeronáuticas de la República Argentina y de la República del Perú, las cuales serán efectivas a partir de la fecha acordada entre estas autoridades.
En virtud del mencionado artículo XIX del Acuerdo, las autoridades aeronáuticas de ambos Estados suscribieron el “Memorándum de Entendimiento entre las Autoridades Aeronáuticas Civiles de la República Argentina y de la República del Perú” el 13 de mayo de 2024. En el artículo 1.1 de este Memorándum, tales entidades acordaron modificar el Anexo I del Acuerdo, detallado en el Anexo II del Memorándum, el cual entró en vigencia el 28 de junio de 2024.
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