Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur a los EE.UU. en comisión de servicios

Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur a los EE.UU., en comisión de servicios

UNIVERSIDAD NACIONAL

TECNOLÓGICA DE LIMA SUR

RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO

Nº 143-2024-UNTELS-CU

Villa El Salvador, 20 de agosto de 2024

VISTO: El Acuerdo adoptado en Sesión Ordinaria de Consejo Universitario de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur de fecha 19 de agosto de 2024, mediante el cual acordaron por unanimidad AUTORIZAR el viaje al exterior del país en comisión de servicio a favor del docente ordinario MARK DONNY CLEMENTE ARENAS Ph. D. en su calidad de Coordinador del Proyecto PROCIENCIA, Contrato Nº PE5801078456, con la finalidad de participar en la pasantía en la Universidad de Penn State en Pensilvania – Estados Unidos de América, en cumplimiento de las actividades planificadas en el marco del Proyecto de Investigación financiado por PROCIENCIA denominado “Análisis de las funcionalidades de las Metasuperficies multicontrolables y su sintonización dinámica con materiales complejos en bandas THz, NIR y ópticas para aplicaciones de comunicación”, a desarrollarse del 26 al 30 de agosto de 2024, asimismo, APROBAR el otorgamiento de viáticos a favor de MARK DONNY CLEMENTE ARENAS Ph. D. en razón a lo resuelto precedentemente, por el monto ascendente a S/ 7,000.00 (Siete Mil con 00/100 Soles), el mismo que se afectará en la secuencia funcional 0025, clasificador 23.21.12 (viáticos y asignaciones por Comisión de Servicios, fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 18º de la Constitución Política del Perú, en su cuarto párrafo establece: Cada Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las Universidades se rigen por la Ley Universitaria Nº 30220 y sus propios estatutos en el marco de la constitución y de las leyes;

Que, mediante Ley Nº 27431, el 10 de enero de 2001 fue creada la Universidad Nacional Tecnológica del Cono Sur, con sede en el Distrito de Villa El Salvador, Provincia y Departamento de Lima y mediante la Ley Nº 30184, de fecha 6 de mayo de 2014, pasó a denominarse Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur;

Que, conforme al artículo 8º de la Ley Universitaria Nº 30220, establece: “El Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la constitución la presente Ley y demás normativa aplicable (…)”; la misma que el Tribunal Constitucional (TC), en su sesión del 15 de agosto de 2023, ha respaldado de manera definitiva la Ley Nº 31520, esta ley restablece la autonomía y el funcionamiento de las universidades en Perú; asimismo, el artículo 58 establece que el “Consejo Universitario es el máximo órgano de gestión, dirección y ejecución académica y administrativa de la universidad (…)”;

Que, mediante Resolución Nº 002-2023-CEU-UNTELS, de fecha 02 de mayo de 2023, el Comité Electoral Universitario de la UNTELS reconoce a la Dra. Gladys Marcionila Cruz Yupanqui como Rectora, Dra. Marina Vilca Cáceres - Vicerrectora Académica y Dr. Angel Fernando Navarro Raymundo - Vicerrector de Investigación de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur;

Que, mediante Ley Nº 27619 se regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, que irroguen gasto al Tesoro Público. Asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM (Modificado por el D.S. Nº 056-2013-PCM), se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, señalando lo siguiente: - “Sobre el Ámbito de la Aplicación de dichas normas, se tiene que el Art. 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, indica que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado y que irrogue algún gasto al Tesoro Público, se otorgará de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y de acuerdo a las disposiciones contenidas en el presente Reglamento. - Contenido del Acto de Autorización; conforme al Art. 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, la Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…) Sin perjuicio de lo expuesto, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad. - Publicidad; conforme al Art. 4º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, las Resoluciones de autorización de viaje, deberán publicarse en el Diario Oficial el Peruano, con anterioridad al viaje. (…). - Obligación de Presentar informe, conforme al Art. 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario o servidor público, deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.”;

Que, mediante Contrato Nº PE501078456-2022-PROCIENCIA, Esquema Financiero E041-2022-02, el Programa Nacional de Investigación Científica y Estudios Avanzados – PROCIENCIA y la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur celebraron el referido contrato sobre “Proyectos de Investigación Aplicada”, con el objeto de que PROCIENCIA otorgue a favor de la UNTELS un cofinanciamiento en calidad de recursos monetarios para la ejecución del proyecto denominado “Análisis de las funcionalidades de las Metasuperficies multicontrolables y su sintonización dinámica con materiales complejos en bandas THz, NIR y ópticas para aplicaciones de comunicación”, cuyo objetivo es contribuir al incremento de nuevos conocimientos científicos y/o tecnologías, que respondan a las necesidades de la sociedad y los sectores productivos del país;

Que, mediante Informe Nº 10-2024-UNTELS-VRI-II-MDCA, del 19 de julio de 2024, el Ph.D. Mark Donny Clemente Arenas en su calidad de Coordinador del Proyecto PROCIENCIA, Contrato Nº PE5801078456 solicita al Vicerrector de Investigación autorización para el otorgamiento de viáticos por comisión de servicios para la realización de una pasantía en la Universidad de Penn State en Pensilvania, en cumplimiento de las actividades planificadas en el marco del Proyecto de Investigación financiado por PROCIENCIA denominado “Análisis de las funcionalidades de las Metasuperficies multicontrolables y su sintonización dinámica con materiales complejos en bandas THz, NIR y ópticas para aplicaciones de comunicación”, que se llevará a cabo del 26 al 30 de agosto de 2024, el requerimiento de viáticos corresponde al monto total de 1, 750.00 US$ o su equivalente en moneda local a S/ 7, 000.00 (Siete Mil con 00/100 Soles) con un tipo de cambio de S/ 4.00, precisando que dicho gasto se deberá afectar al presupuesto del proyecto financiado por PROCIENCIA, con el tipo de Donaciones y Transferencias. (Rubro 4-13 meta 25 del VRI);

Que, mediante Oficio Nº 0459-2024-UNTELS-VRI, del 22 de julio de 2024, el Vicerrector de Investigación deriva al Rectorado con opinión favorable el otorgamiento de viáticos por comisión de servicio del Ph.D. Mark Donny Clemente Arenas, conforme al informe sustentatorio descrito en el parágrafo precedente;

Que, mediante Oficio Nº 01721-2024-UNTELS-R-OPP, del 08 de agosto de 2024, el jefe de la Oficina de Planificación y Presupuesto informa al Director (e) General de Administración que otorga disponibilidad presupuestal, en la secuencia funcional 0025, clasificador 23.21.12 (viáticos y asignaciones por Comisión de Servicios, el monto de S/ 7,000.00, fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias, para la atención del referido requerimiento;

Que, mediante Oficio Nº 1348-2024-UNTELS-R-DGA, del 09 de agosto de 2024, el Director (e) General de Administración remite al Rectorado el requerimiento de otorgamiento de viáticos por comisión de servicio a favor del Ph.D. Mark Donny Clemente Arenas, el mismo que cuenta con opinión favorable del Vicerrectorado de Investigación y la Oficina de Planificación y Presupuesto;

Que, en tal sentido los miembros del Consejo Universitario de la UNTELS, en su Sesión Ordinaria de fecha 19 de agosto de 2024, acordaron por unanimidad AUTORIZAR el viaje al exterior del país en comisión de servicio a favor del docente ordinario MARK DONNY CLEMENTE ARENAS Ph. D. en su calidad de Coordinador del Proyecto PROCIENCIA, Contrato Nº PE5801078456, con la finalidad de participar en la pasantía en la Universidad de Penn State en Pensilvania – Estados Unidos de América, en cumplimiento de las actividades planificadas en el marco del Proyecto de Investigación financiado por PROCIENCIA denominado “Análisis de las funcionalidades de las Metasuperficies multicontrolables y su sintonización dinámica con materiales complejos en bandas THz, NIR y ópticas para aplicaciones de comunicación”, a desarrollarse del 26 al 30 de agosto de 2024, asimismo, APROBAR el otorgamiento de viáticos a favor de MARK DONNY CLEMENTE ARENAS Ph. D. en razón a lo resuelto precedentemente, por el monto ascendente a S/ 7,000.00 (Siete Mil con 00/100 Soles), el mismo que se afectará en la secuencia funcional 0025, clasificador 23.21.12 (viáticos y asignaciones por Comisión de Servicios, fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias;

Que, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 30220, de fecha 09 de julio de 2014, la Resolución Nº 002-2023-CEU-UNTELS, de fecha 12 de mayo de 2023, y el Estatuto de la UNTELS al Consejo Universitario;

RESUELVE:

Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior del país en comisión de servicio a favor del docente ordinario MARK DONNY CLEMENTE ARENAS Ph. D. en su calidad de Coordinador del Proyecto PROCIENCIA, Contrato Nº PE5801078456, con la finalidad de participar en la pasantía en la Universidad de Penn State en Pensilvania – Estados Unidos de América, en cumplimiento de las actividades planificadas en el marco del Proyecto de Investigación financiado por PROCIENCIA denominado “Análisis de las funcionalidades de las Metasuperficies multicontrolables y su sintonización dinámica con materiales complejos en bandas THz, NIR y ópticas para aplicaciones de comunicación”, a desarrollarse del 26 al 30 de agosto de 2024.

Artículo Segundo.- APROBAR el otorgamiento de viáticos a favor de MARK DONNY CLEMENTE ARENAS Ph. D. en razón a lo resuelto precedentemente, por el monto ascendente a S/ 7,000.00 (Siete Mil con 00/100 Soles), el mismo que se afectará en la secuencia funcional 0025, clasificador 23.21.12 (viáticos y asignaciones por Comisión de Servicios, fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección General de Administración y quienes corresponda, realizar todas aquellas gestiones administrativas pertinentes, para que el comisionado dé cumplimiento de forma satisfactoria a lo resuelto precedentemente, en beneficio de nuestra institución y salvaguarda del profesional.

Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

GLADYS MARCIONILA CRUZ YUPANQUI

Rectora – UNTELS

MARLY KARINA URIBE ALLAUCA

Secretaria General – UNTELS

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