Modifican el Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 010-2024/MDSMP
San Martín de Porres, 13 de agosto de 2024
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES
VISTO; El Acta de Acuerdo del Equipo Técnico del Presupuesto Participativo 2025 del distrito de San Martín de Porres de fecha 08 de agosto de 2024; Informe Nº 154-2024-OGPP/MDSMP de fecha 09 de agosto de 2024 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 498-2024-OGAJ/MDSMP de fecha 12 de agosto de 2024 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; Memorándum Nº 1206-2024-MDSMP/GM de fecha 12 de agosto de 2024 de la Gerencia Municipal;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que se encuentra reconocida en la Constitución Política del Perú y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente;
Que, el artículo 1 de la Ley Nº 28056-- Ley Marco del Presupuesto Participativo, señala que, “El Proceso de Presupuesto Participativo como un mecanismo de asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos que fortalece las relaciones Estado-Sociedad Civil (…)”;
Que, mediante Ordenanza Nº 563/MDSMP de fecha 14 de marzo de 2024, se aprobó el Reglamento del Proceso Participativo Basado en Resultados del distrito de San Martín de Porres;
Que, el artículo 3º de la Ordenanza Nº 563/MDSMP, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las normas reglamentarias para la aplicación de la presente Ordenanza, así como la modificación de las fechas correspondiente al Cronograma del Proceso y la fecha de aporte de cofinanciamiento;
Que, el Equipo Técnico del Presupuesto Participativo 2025, con fecha 08 de agosto del 2024, llevó a cabo la reunión donde contó con la participación de sus miembros según el artículo 10º de la Ordenanza Nº 563/MDSMP, aprobando de manera unánime la modificación del plazo de pago de cofinanciamiento de los proyectos priorizados del Presupuesto Participativo 2025, hasta el 13 de setiembre de 2024;
Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto mediante Informe Nº 0154-2024-OGPP/MDSMP de fecha 09 de agosto de 2024, señala que estando a lo acordado por el Equipo Técnico aprobando de manera unánime la ampliación de plazo de pago de cofinanciamiento de los proyectos priorizados del Presupuesto Participativo 2025, considera necesario la modificación del tercer párrafo del artículo 12 del Reglamento del Proceso Participativo aprobado por la Ordenanza Nº 563/MDSMP, concediéndose hasta el 13 de setiembre de 2024 como fecha máxima para que los Agentes Participantes realicen efectivo el aporte de cofinanciamiento, el mismo que tiene que aplicarse con eficacia anticipada a partir del 01 de agosto de 2024;
Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica a través del Informe Nº 498-2024/MDSMP-OGAJ de fecha 09 de agosto de 2024, emite opinión legal favorable para que mediante Decreto de Alcaldía se apruebe modificar el artículo 12 de la Ordenanza Nº 563/MDSMP, Ordenanza que aprueba el Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres con eficacia anticipada al 01 de agosto de 2024 en el extremo de conceder la fecha máxima para el aporte del cofinanciamiento de los agentes participantes hasta el 13 de setiembre de 2024, de los proyectos priorizados de Presupuesto Participativo 2025 en concordancia al artículo 3 de la Ordenanza Nº 563/MDSMP;
Que, la Gerencia Municipal a través del Memorándum Nº 1206-2024-MDSMP/GM de fecha 12 de agosto de 2024, remite a la Secretaría General a fin de que en el marco de sus competencias se sirva emitir el Decreto de Alcaldía que prorroga el plazo de aportes de cofinanciamiento del Presupuesto Participativo 2025 de acuerdo a la facultad establecida por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades – 27972;
Que, en uso de las atribuciones conferidas en virtud de lo dispuesto en el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo Primero.- MODIFICAR con eficacia anticipada al 01 de agosto de 2024, el tercer párrafo del artículo 12 del Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, aprobado por Ordenanza Nº 563/MDSMP concediéndose como fecha máxima para el aporte de cofinanciamiento el 13 de setiembre de 2024, para el pago del pago del cofinanciamiento de los proyectos priorizados del Presupuesto Participativo 2025.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, Oficina General de Asesoría Jurídica y a todas las áreas competentes, el estricto cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía.
Artículo Tercero.- DEROGAR toda norma que se oponga a la presente disposición municipal.
Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación del presente Decreto de alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
HERNAN TOMAS SIFUENTES BARCA
Alcalde
2317438-1