Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2024 modificado versión 03 de la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE

Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2024, modificado versión 03, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE

RESOLUCIÓN JEFATURAL

N° 000140-2024-JN/ONPE

Lima, 20 de agosto de 2024

VISTOS: El Informe n° 0000084-2024-GG/ONPE, de la Gerencia General; Informe n° 000225-2024-GPP/ONPE, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; Informe N° 000293-2024-SGPL-GPP/ONPE, de la Subgerencia de Planeamiento; Informe N° 000155-2024-JAP-SGPL-GPP/ONPE, de la Jefatura de Área de Planeamiento; así como el Informe N° 000381-2024-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), es un organismo constitucionalmente autónomo y es la máxima autoridad en la organización y ejecución de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular, de acuerdo con el artículo 1 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la ONPE;

El numeral 12 del artículo 2 del Decreto Legislativo n° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que la Programación Multianual consiste en que el Presupuesto del Sector Público tiene una perspectiva multianual orientada al logro de resultados a favor de la población, en concordancia con las reglas fiscales establecidas en el Marco Macroeconómico Multianual y los instrumentos de planeamiento elaborados en el ámbito del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN);

En el marco normativo antes citado, a través de la Resolución Jefatural N° 000108-2024-JN/ONPE, se aprobó el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2024, modificado versión 2;

De conformidad con los artículos 21 y 22 de la Directiva N° 001-2024 - CEPLAN/PCD, “Directiva General de Planeamiento Estratégico del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico-Sinaplan”; aprobada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 00021-2024/CEPLAN/PCD, el Plan Estratégico Institucional (PEI) orienta la gestión estratégica de la entidad para lograr objetivos de nivel de resultado, en el marco de sus funciones, mientras que el POI comprende la programación de las actividades operativas e inversiones necesarias para implementar las acciones estratégicas institucionales establecidas en el PEI durante su horizonte temporal, respectivamente;

Por su parte, con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 0055-2024-CEPLAN/PCD, el CEPLAN aprobó la versión actualizada de la “Guía para el Planeamiento Institucional”, que fuera aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 0033-2017-CEPLAN/PCD, cuyo objeto es establecer pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modificación del Plan Estratégico Institucional y el Plan Operativo Institucional (POI);

El numeral 2.3 del capítulo 3 de la Guía para el Planeamiento Institucional, establece que el POI Anual en ejecución se actualiza, además, cuando se presentan cambios en la programación de metas físicas de las Actividades Operativas e Inversiones, que estén relacionados al mejoramiento continuo de los procesos y/o su priorización; y, por la incorporación o inactivación Actividades Operativas e Inversiones por cambios en el entorno, cumplimiento de nuevas disposiciones normativas dictadas por el Ejecutivo o el Legislativo, entre otros, que contribuyan con la implementación y cumplimiento de la estrategia del PEI. Asimismo, señala que la entidad realiza la actualización del POI con intervención de la Comisión de Planeamiento Estratégico y el apoyo del órgano de planeamiento, previo análisis al seguimiento de la ejecución;

En ese contexto normativo, mediante Informe N° 000084-2024-GG/ONPE, de la Gerencia General que a su vez referencia, el Informe N° 000225-2024-GPP/ONPE de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, en el marco de sus funciones señaladas en el Reglamento de Organización y Funciones1 informó que, la Subgerencia de Planeamiento a través del Informe N° 000293-2024-SGPL-GPP/ONPE comunicó que habiéndose aprobado cambios normativos: i) Ley N° 32058, Ley que modifica la Ley n° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, y la Ley N° 28094, Ley de Organizaciones Políticas, a fin de establecer medidas para la optimización del proceso electoral, y ii) la aprobación de la delegación de las funciones relacionadas al Modelo de Integridad según Resolución Gerencial N° 000034-2024-SG/ONPE, que impacta en las actividades operativas relacionadas a los Procedimientos Administrativos Sancionadores instaurados a candaditos, ejecutadas por la Jefatura de la ONPE, Secretaría General, y Procuraduría Publica de la ONPE y las Gerencias de Supervisión de Fondos Partidarios, de Información y Educación Electoral, de Asesoría Jurídica, y de Administración; así mismo la inclusión de tareas o cambios de metas físicas en tareas existentes por priorizaciones o cambios a nivel del presupuesto asignado a las Gerencias de Gestión Electoral, Gerencia de Recursos Humanos, y Gerencia de Informática y Tecnología Electoral, por tanto sustenta la necesidad y propone la aprobación del POI 2024, versión 3, conforme al procedimiento establecido en la Directiva DI01-GPP/PLAN: Formulación, Modificación, Monitoreo y Evaluación de los Planes Institucionales de la ONPE, versión 3;

Conforme al marco legal vigente y de acuerdo a lo sustentado por la Gerencia General y la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, corresponde emitir el acto resolutivo que apruebe el Plan Operativo Institucional 2024 (POI) versión 03, del Pliego 032: Oficina Nacional de Procesos Electorales;

De conformidad con la normativa antes citada y el literal g) del artículo 5 y el artículo 13 de la Ley n° 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, así como en los literales r) y s) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado con la Resolución Jefatural N° 000125-2024-JN/ONPE;

Con el visado de la Gerencia General, la Secretaría General, y de las Gerencias de: Asesoría Jurídica y de Planeamiento y Presupuesto;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural N° 000108-2024-JN/ONPE, que aprobó el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2024, modificado versión 2; de la Oficina Nacional de Procesos Electorales.

Artículo Segundo.- Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2024, modificado versión 03, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE, el mismo que como anexo forma parte de la presente Resolución.

Artículo Tercero.- Disponer el cumplimiento del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2024 modificada versión 3, por todos los órganos de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, bajo responsabilidad

Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto realizar el seguimiento y evaluación del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2024 modificada versión 3, aprobado mediante la presente Resolución.

Artículo Quinto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano”, asimismo, que dicha resolución y el Plan Operativo Institucional Anual 2024 de la ONPE, modificado versión 3 que se aprueba, se publique en la web oficial de la ONPE alojada en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano, (www.gob.pe/onpe) y en el Portal de Transparencia de la ONPE, dentro del plazo de tres (3) días de su emisión.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

BERNARDO JUAN PACHAS SERRANO

Jefe (e)

1 Literal a) del Artículo 43 del ROF de la ONPE, aprobado Resolución Jefatural n° 000125-2024-JN/ONPE:

“Planear, organizar, dirigir, ejecutar y controlar, en el ámbito institucional, los procesos técnicos de los Sistemas Administrativos de Presupuesto Público, Planeamiento Estratégico, Inversión Pública y Modernización”.

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